O 299-2022-MDP/CO_299_2022_MDP/C

ORDENANZA MUNICIPAL N° 299-2022-MDP/C

Ordenanza para la prevención, sanción y erradicación del acoso político contra las mujeres en el distrito de Pachacámac

[+] Datos Generales
20221204Legislacion
Fecha de Promulgación :29/11/2022
Fecha de Publicación :04/12/2022
Entrada en vigencia :05/12/2022
Página El Peruano:88
Estado :

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Pachacámac, 29 de noviembre del 2022

EL CONCEJO DISTRITAL DE PACHACAMAC EN SESIÓN ORDINARIA

VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen N° 008-2022 de la Comisión de Desarrollo Humano, Programas Sociales, Salud, Educación y Deporte, el Informe Nº 089-2022-MDP/GM/GDH de la Gerencia de Desarrollo Humano, el Informe Nº 223-2022-MDP/OAJ de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 522-2022-MDP/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 194° de la Constitución Política del Perú precisa que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía, económica y administrativas en los asuntos de su competencia.

Que, la Política Nacional de Igualdad de Género, dispuesta en el Decreto Supremo Nº 008-2019-MIMP, establece entre sus objetivos prioritarios: i) Reducir la violencia hacia las mujeres; (…) iii) Garantizar el acceso y participación de las mujeres en espacios de toma de decisiones; y (…) vi) Reducir la incidencia de los patrones socioculturales discriminatorios en la población.

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 237-2020-MDP/C se aprueba la Creación de la Instancia Distrital de Concertación del Distrito de Pachacámac, para erradicar la violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar del Distrito de Pachacámac.

Que, el Artículo 5º de la Ley que previene y sanciona el acoso contra las mujeres en la vida política, Ley N° 31155, prevé las acciones institucionales para prevenir y erradicar el acoso a las mujeres en la vida política; y señala en su numeral 5.5, las acciones que los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben efectuar: “a) Formular normas y políticas en el ámbito de sus competencias para identificar, prevenir, atender y sancionar el acoso contra las mujeres en la vida política; y b) Adecuar o actualizar su normativa mediante ordenanzas, resoluciones, reglamentos y manuales de organización y funciones o cualquier otro instrumento legal incorporando los actos que constituyen faltas administrativas de acoso contra las mujeres en la vida política”.

Que, mediante Informe N°089-2022-MDP/GM/GDH la Gerencia de Desarrollo Humano remite a la Gerencia Municipal el proyecto de Ordenanza para la prevención, sanción y erradicación del acoso político contra la mujer en el distrito de Pachacámac, la misma que se alinea con los presupuestos legales establecidos en la Ley Nº 31155- Ley que previene y sanciona el acoso contra las mujeres en la vida política.

La Oficina de Planeamiento y Presupuesto, con Informe Nº223-2022-MDP/GM/OPP indica que el proyecto de ordenanza propuesto, resulta favorable por contribuir con los objetivos estrategicos OEI.03 “Promover el desarrollo Humano, Social y Habitos Saludables en la poblacion del distrito, asi como el AEI.03.01 dirigido a Programas Sociales integrales con calidad y oportunidad a la poblacion vulnerable, previsto en el Plan Estrategico Institucional PEI-2019-2025 ampliado.

La Oficina de Asesoría Jurídica, con Informe Nº 522-2022-MDP/OAJ, opina favorablemente sobre la aprobación del proyecto de Ordenanza propuesto por la Gerencia de Desarrollo Humano, debiéndose elevar al Pleno del Concejo Municipal para su correspondiente debate y/o aprobación.

La Comisión de Desarrollo Humano, Programas Sociales, Salud, Educación y Deporte mediante Dictamen N° 008-2022, con voto por unanimidad recomienda al pleno de Concejo Municipal aprobar el proyecto de Ordenanza propuesto.

Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 9º y Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal con el voto por UNANIMIDAD de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprueba la siguiente:


ORDENANZA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR EL ACOSO POLÍTICO CONTRA LAS MUJERES EN EL DISTRITO DE PACHACÁMAC

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Artículo Primero.- APROBAR la ORDENANZA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR EL ACOSO POLÍTICO CONTRA LAS MUJERES EN EL DISTRITO DE PACHACÁMAC el cual consta de 04 (Cuatro) Artículos y 03 (Tres) Disposiciones Complementarias Finales.

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Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Humano a través de la Subgerencia de Programas Sociales y la DEMUNA, así como a las áreas que conforme a sus atribuciones intervienen.

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Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de la publicación de su aprobación en el Diario Oficial “El Peruano”.

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Artículo Cuarto.- DISPONER que la Secretaría General gestione la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano; del mismo modo dispóngase la publicación como Anexo Especial del texto íntegro de la “Ordenanza para prevenir, sancionar y erradicar el Acoso Político contra las Mujeres en el Distrito de Pachacámac”, en el Portal Web de la Municipalidad Distrital de Pachacámac www.munipachacamac.gob.pe.

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Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

GUILLERMO ELVIS POMEZ CANO

Alcalde


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