RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000269-2022-CE-PJ
Aprueban el “Cuadro de Antigüedad de Jueces Titulares de la Corte Suprema de Justicia de la República”
20221118Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 20/07/2022 |
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Fecha de Publicación : | 18/11/2022 |
Entrada en vigencia : | 19/11/2022 |
Estado : |
Consejo Ejecutivo
Lima, 20 de julio del 2022
VISTO:
El Oficio Nº 000016-2022-CR-CNMA-CE-PJ cursado por el señor Vicente Paúl Espinoza Santillán, Consejero Responsable de la Coordinación Nacional de Meritocracia y Antigüedad del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, el artículo 219º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modificado por la Única Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 29277, Ley de la Carrera Judicial, establece que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial organiza el Cuadro de Antigüedad de Jueces Supremos, y los actualiza permanentemente.
Segundo. Que, al respecto, el señor Consejero Responsable de la Coordinación Nacional de Meritocracia y Antigüedad del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, remite a este Órgano de Gobierno el Cuadro de Antigüedad de Jueces Titulares de la Corte Suprema de Justicia de la República del año 2021.
Tercero. Que el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 853-2022 de la vigésima sétima sesión descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 30 de junio de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el “Cuadro de Antigüedad de Jueces Titulares de la Corte Suprema de Justicia de la República” al 31 de diciembre de 2021, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Disponer la publicación en el Portal Institucional del Poder Judicial la presente resolución administrativa y el documento aprobado, para su difusión y cumplimiento.
Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Jueces Titulares de la Corte Suprema de Justicia de la República, Junta Nacional de Justicia, Oficina de Control de la Magistratura, Academia de la Magistratura, Coordinación de Meritocracia y Antigüedad del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
ELVIA BARRIOS ALVARADO
Presidenta
Los votos en discordia del señor Arias Lazarte y la señora Consejera Medina Jiménez, son como sigue:
VOTO EN DISCORDIA DE LOS SEÑORES CONSEJEROS CARLOS GIOVANI ARIAS LAZARTE Y JESSICA VANESSA MEDINA JIMÉNEZ
Con el debido respeto al criterio de los señores Consejeros del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, los Consejeros Carlos Giovani Arias Lazarte y Jessica Vanessa Medina Jiménez proceden a emitir el presente VOTO EN DISCORDIA en los siguientes términos:
VISTO:
El Oficio Nº 00016-2022-CR-CNMA-CE-PJ, del 20 de julio de 2022, cursado por el señor Vicente Paul Espinoza Santillán, Consejero Responsable de la Coordinación Nacional de Meritocracia y Antigüedad del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
CONSIDERANDO:
Primero: Que, el artículo 219º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modificado por la Única Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 29277, Ley de la Carrera Judicial, establece que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial organiza el Cuadro de Antigüedad de Jueces Supremos, y los actualiza permanentemente.
Segundo: Que, al respecto, el señor Consejero Responsable de la Coordinación Nacional de Meritocracia y Antigüedad del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, remite a este Órgano de Gobierno, el Cuadro de Antigüedad de Jueces Titulares de la Corte Suprema de Justicia de la República del año 2021.
Tercero: Que, el artículo 82º, inciso 26) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
Cuarto: Para la elaboración del Cuadro de Antigüedad de Jueces Supremos Titulares se realizó el siguiente procedimiento:
a) Depuración de Jueces Supremos en el Cuadro de Antigüedad de acuerdo con el estado actual al 31/12/2021, informado por el área correspondiente.
b) Verificar la información respecto a la Fecha de Juramento como Jueces Supremos Titulares, para determinar el tiempo total en el cargo hasta la fecha de valoración (31/12/2021)
c) Revisar las fechas y tiempos establecidos para cada uno de los tres criterios a aplicarse para el caso de empate en el tiempo total como Juez Titular entre dos o más jueces con la finalidad de establecer la precedencia, los cuales son:
– Primer criterio, fecha de juramentación en el cargo de Juez Titular (Juez Supremo), considerando además la hora de la juramentación.
– Segundo criterio, precederá quien se haya desempeñado durante mayor tiempo en el cargo judicial anterior como titular (en este caso como Juez Superior)
– Tercer criterio, precederá quien haya desempeñado durante mayor tiempo la provisionalidad en el mismo cargo (en este caso como Juez Supremo)
– Cuarto criterio, precederá aquel que tenga más tiempo como abogado.
d) Utilizando los criterios señalados en el punto G.7 de los Lineamientos para el Proceso de Valoración de Méritos de Jueces y Juezas Titulares del Poder Judicial, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 000045-2022-CE-PJ, se procedió con la elaboración del Cuadro de Antigüedad de Jueces Supremos correspondiente al año 2021.
En ese sentido, con el debido respeto al criterio de los señores Consejeros del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial del Perú, los Consejeros Carlos Giovani Arias Lazarte y Jessica Vanessa Medina Jiménez proceden a emitir el presente
VOTO EN DISCORDIA en los siguientes términos:
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el “Cuadro de Antigüedad de Jueces Titulares de la Corte Suprema de Justicia de la República” al 31 de diciembre de 2021, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución, debiendo considerar como primer criterio la fecha y hora de la juramentación en el cargo de Juez Titular (Juez Supremo).
Artículo Segundo. - Disponer la publicación en el Portal Institucional del Poder Judicial de la presente resolución administrativa y el documento aprobado, para su difusión y cumplimiento.
Artículo Tercero. - Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Jueces Titulares de la Corte Suprema de Justicia de la República, Junta Nacional de Justicia, Oficina de Control de la Magistratura, Academia de la Magistratura, Coordinación de Meritocracia y Antigüedad del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes.
Lima, 20 de julio de 2022
JESSICA VANESSA MEDINA JIMENEZ
Consejera
CARLOS GIOVANI ARIAS LAZARTE
Consejero