RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL N° D000243-2022-SUTRAN-GG
Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran
20221103Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 25/10/2022 |
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Fecha de Publicación : | 03/11/2022 |
Entrada en vigencia : | 04/11/2022 |
Estado : |
Lima, 25 de octubre del 2022
VISTOS: Los Informes Nº D000150-2022-SUTRAN-UR, Nº D000308-2022-SUTRAN-UR y Nº D000336-2022-SUTRAN-UR y el Memorando Nº D001711-2022-SUTRAN-UR de la Unidad de Recursos Humanos, los Informes Nº D000085-2022-SUTRAN-UPM, Nº D000103-2022-SUTRAN-UPM y Nº D000148-2022-SUTRAN-UPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, los Memorandos Nº D000607-2022-SUTRAN-OPP, N° D000764-2022-SUTRAN-OPP y Nº D001478-2022-SUTRAN-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y los Informe Nº D000267-2022-SUTRAN-OAJ, N° D000348-2022-SUTRAN-OAJ y N° D000556-2022-SUTRAN-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29380, se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran, adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, encargada de normar, supervisar, fiscalizar y sancionar las actividades del transporte de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional y las actividades vinculadas con el transporte de mercancías en el ámbitonacional;
Que, por Resolución de Gerencia General N° D000088-2020-SUTRAN-GG se aprueba el Clasificador de Cargos de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran;
Que, de acuerdo al artículo 6 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, las oficinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector, teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por Servir y por la entidad; supervisar, desarrollar y aplicar iniciativas de mejora continua en los procesos que conforman el Sistema de Gestión de Recursos Humanos; así como gestionar los perfiles de puestos;
Que, por otro lado, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y sus modificatorias, señala como uno de los subsistemas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el de Organización del trabajo y su distribución, que define las características y condiciones de ejercicio de las funciones, así como los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas, y que comprende los procesos de diseño de los puestos y administración de puestos;
Que, a través de la de la Ley N° 31419 se establecen disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y señala, en su Segunda Disposición Complementaria Final, que las entidades públicas, cuando corresponda, formulan o adecúan, de manera gradual, sus instrumentos de gestión en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, conforme a lo dispuesto en la referida ley; debiendo culminar la implementación integral de estas disposiciones en un plazo no mayor de ciento ochenta días calendario contados a partir de la publicación de su reglamento;
Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 31419, aprobada por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, estipula que, cuando corresponda, las entidades actualizan o modifican sus instrumentos de gestión de recursos humanos, en el marco de los lineamientos aprobados por SERVIR para la elaboración, aprobación, actualización y modificación del CAP Provisional o el CPE y el Manual de Clasificador de Cargos o el Manual de Perfiles de Puestos, según corresponda, en un plazo no mayor a ciento ochenta (180) días calendario contados a partir de la entrada en vigencia de la presente norma;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, conteniendo las reglas mínimas para que las entidades puedan elaborar, aprobar, modificar y actualizar su Manual de Clasificador de Cargos - MCC; así como habilitar la posibilidad de observar el contenido del MCC, a fin de asegurar consistencia entre clasificación, denominación, funciones y requisitos de los cargos;
Que, el literal c. del numeral 5.1 de la Directiva define el Manual de Clasificador de Cargos como el documento de gestión institucional en el que se describe de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad;
Que, el numeral 6.1.7 de la Directiva, dispone que la Oficina de Recursos Humanos o la que haga las veces, elabora la propuesta de Manual de Clasificador de Cargos, así como el informe técnico sustentatorio; por su parte, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, emite opinión sobre dicha propuesta en lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas del ROF vigente; mientras que el/la Titular de la entidad aprueba el citado documento, y gestiona la publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad; siendo que para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el Titular de la entidad corresponde a la máxima autoridad administrativa;
Que, con Informes Nº D000150-2022-SUTRAN-UR, Nº D000308-2022-SUTRAN-UR y Nº D000336-2022-SUTRAN-UR y el Memorando Nº D001711-2022-SUTRAN-UR, la Unidad de Recursos Humanos sustenta y propone la aprobación del Manual de Clasificador de Cargos de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran, conforme a los parámetros establecidos en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM;
Que, con Informes Nº D000085-2022-SUTRAN-UPM, Nº D000103-2022-SUTRAN-UPM y Nº D000148-2022-SUTRAN-UPM, la Unidad de Planeamiento y Modernización emite opinión favorable sobre la aprobación del Manual de Clasificador de Cargos de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran, toda vez que permitirá determinar, clasificar y ordenar los cargos estructurales de la Sutran en función a sus objetivos y necesidades institucionales, estableciendo sus funciones y requisitos mínimos para cada cargo, a fin de facilitar la ejecución de los procesos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y la gestión institucional en general; opinión que es compartida por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, mediante Memorandos Nº D000607-2022-SUTRAN-OPP, N° D000764-2022-SUTRAN-OPP y Nº D001478-2022-SUTRAN-OPP;
Que, a través de los Informe Nº D000267-2022-SUTRAN-OAJ, N° D000348-2022-SUTRAN-OAJ y N° D000556-2022-SUTRAN-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta viable la aprobación del Manual de Clasificador de Cargos de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran, el cual constituye un instrumento técnico normativo que establece la descripción de los cargos que requiere la entidad para el cumplimiento de sus objetivos, competencias y funciones asignadas; y recomienda que su aprobación se dé mediante resolución de Gerencia General. Asimismo, refiere que se deje sin efecto la Resolución de Gerencia General N° D000088-2020-SUTRAN-GG;
Que, en mérito de lo dispuesto en el artículo 10 de la Reglamento de Organización y Funciones de la Sutran, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2015-PCM, en donde se indica que el Gerente General es la máxima autoridad administrativa de la entidad; así como, lo recomendado por la Oficina de Asesoría Jurídica; corresponde a la Gerencia General la aprobación del Manual de Clasificador de Cargos de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran;
Que, contando con los vistos buenos de la Unidad de Recursos Humanos, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, la Ley N° 29380, Ley de Creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran, su Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado por Decreto Supremo N° 006-2015-MTC, la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 053-2022-PCM y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE que aprobó la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución de Gerencia General N° D000088-2020-SUTRAN-GG, que aprobó el Clasificador de Cargos de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran.
Artículo 2.- Aprobar el Manual de Clasificador de Cargos de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran, el mismo que como Anexo forma parte de la presente resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el portal institucional de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran (www.gob.pe/sutran), en el Diario Oficial “El Peruano”, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal de Transparencia (www.transparencia.gob.pe).
Regístrese y comuníquese.
JULIO JORGE IVÁN ZAVALETA VARGAS
Gerente de la Gerencia General