ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 126-2022-CR/GR CUSCO
Autorizan transferencia financiera de recursos públicos del Gobierno Regional de Cusco a diversos Gobiernos Locales Provinciales y Distritales para la ejecución de Proyectos de Inversión priorizados en el marco del Tinkuy Regional Multianual
20220824Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 27/07/2022 |
---|---|
Fecha de Publicación : | 24/08/2022 |
Entrada en vigencia : | 25/08/2022 |
Página El Peruano: | 102 |
Estado : |
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en la Vigésima Sesión Extraordinaria de fecha veintisiete de junio del año dos mil veintidós, ha debatido y aprobado emitir el presente Acuerdo de Consejo Regional;
CONSIDERANDO:
Qué, la Constitución Política del Perú en su Artículo 191º modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 30305, publicada el 10 de marzo de 2015, reconoce que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Autonomía que es delimitada, por el Artículo 80º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, como el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia;
Qué, los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos 2º, 5º y 6º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establecen que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público, que tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal, que promueve el desarrollo económico regional, fomenta las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo, con la misión de organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región, implicando que el desarrollo regional que promueven comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfica, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el medio ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres en igualdad de oportunidades;
Qué, de otro lado la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su Artículo 2º señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, administrativa y económica en asuntos de su competencia y constituye un pliego presupuestal para su administración económica y financiera; y el Artículo 13º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modificada por el Artículo Único de la Ley Nº 29053 establece que, el Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas.(...);
Qué, el Artículo 13º de Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala: El Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (…); el Literal i) del Artículo 15º establece que es atribución de Consejo Regional autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional;
Qué, el Numeral 88.1 del Artículo 88º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General establece que las entidades están facultadas para dar estabilidad a la colaboración interinstitucional mediante conferencias entre entidades vinculadas, convenios de colaboración u otros medios legalmente admisibles. Así mismo, el precitado cuerpo normativo en el Numeral 88.3 establece que, por los convenios de colaboración, las entidades a través de sus representantes autorizados, celebran dentro de la Ley acuerdos en el ámbito de su respectiva competencia, de naturaleza obligatoria para las partes y con cláusula expresa de libre adhesión y separación;
Qué, cada uno de los expedientes técnicos de inversión pública que forman parte de la estrategia regional TINKUY, que presentaron los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales cuentan con opinión de pertinencia favorable emitida por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; así como, con opinión favorable de los contenidos mínimos del expediente técnico del proyecto de inversión, emitido por el Evaluador de Proyecto y aprobado a su vez por la Gerencia Regional de Supervisión y Liquidación de Inversiones; y, opinión favorable de cierre de brechas emitido por la Sub Gerencia de Programación Multianual de Inversiones de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Gobierno Regional de Cusco;
Qué, cada uno de los expedientes técnicos de proyecto de inversión y/o actividad cuentan con el respectivo informe legal, suscrito por la Directora de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Cusco, quien concluye y se pronuncia por la procedencia de la transferencia financiera de recursos públicos a favor de los Gobiernos Locales y posterior suscripción del Convenio propuesto;
Qué, mediante Oficio Nº 245-2022-GR CUSCO/GR de fecha 15 de junio del 2022 y Oficio Nº 254-2022-GR CUSCO/GR de fecha 22 de junio del 2022, suscrito por el Gobernador Regional del Cusco, se solicita al Consejo Regional la aprobación del Acuerdo de Consejo Regional que autorice la transferencia financiera de recursos públicos a favor de los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales en el marco de la estrategia regional TINKUY y la posterior suscrición de los respectivos Convenios de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional de Cusco y los Gobiernos Locales beneficiados con el Presupuesto Participativo;
Qué, la Ordenanza Regional Nº 119-2016-CR/GRC.CUSCO, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de octubre del 2017, aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco, en su Artículo 101º establece que el Acuerdo Regional “Es una Norma Jurídica interno, que permite orientar y normar procedimientos administrativos del Gobierno Regional del Cusco, en asuntos de interés público, declarar la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una norma institucional. También es promovida por un Consejero o por el Ejecutivo; que una vez debatida, aprobada y publicada en un medio judicial de circulación local es de cumplimiento.”.
Qué, la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su Artículo 15º Literal a) establece como atribuciones del Consejo Regional: “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; concordante con lo estipulado por el Artículo 17º Numeral 1) del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco del Gobierno Regional del Cusco, aprobado por Ordenanza Regional Nº 119-2016-CR/GRC.CUSCO que establece: “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional”; así como con lo previsto el Numeral 23 que establece: “Proponer y desarrollar acciones de integración con otros Gobiernos Regionales”;
Qué, en fecha 25 de junio del 2022, la Comisión Ordinaria de Planificación, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Administración del Consejo Regional Cusco, emite el Dictamen Nº 012-2022-GR CUSCO-CRC-COPPATA, por el cual se aprueba por MAYORIA el proyecto de Acuerdo Regional que propone “AUTORIZAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA DE RECURSOS PÚBLICOS DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO A LOS GOBIERNOS LOCALES PROVINCIALES Y DISTRITALES PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PRIORIZADOS EN EL MARCO DEL TINKUY REGIONAL MULTIANUAL”;
Que, mediante Oficio Nº 62-2022-GRC-CRC/COPPATA de fecha 27 de junio del 2022, la Presidenta de la Comisión Ordinaria de Planificación, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Administración del Consejo Regional Cusco ING. AGRON. JHEIDI HANCCO MAHUANTIARI, presenta ante la Presidencia del Consejo Regional la Moción de Orden del Día remitiendo el Dictamen Nº 012-2022-GR CUSCO-CRC-COPPATA sobre el proyecto de Acuerdo Regional que propone “AUTORIZAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA DE RECURSOS PÚBLICOS DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO A LOS GOBIERNOS LOCALES PROVINCIALES Y DISTRITALES PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PRIORIZADOS EN EL MARCO DEL TINKUY REGIONAL MULTIANUAL”, el mismo que ha sido admitido como pate de la agenda de la Vigésima Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Cusco - Periodo Legislativo 2022, desarrollada de manera virtual; a tal efecto, en su oportunidad el referido dictamen ha sido sustentado y expuesto por la Presidenta de la Comisión Ordinaria de Planificación, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Administración, sometida luego a debate, evaluación y votación del Pleno del Consejo Regional.
Por lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, la Ordenanza Regional Nº 119-2016-CR/GRC CUSCO; de conformidad con el Dictamen Nº 012-2022-GR CUSCO-CRC-COPPATA de la Comisión Ordinaria de Planificación, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Administración, sustentada en las normas precedentemente enunciadas, y, el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, con la dispensa del trámite de lectura de acta y aprobación de acta, y por mayoría de votos de los Consejeros Regionales presentes:
ACUERDA:
Artículo Primero.- AUTORIZAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA DE RECURSOS PÚBLICOS DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO A LOS GOBIERNOS LOCALES PROVINCIALES Y DISTRITALES PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PRIORIZADOS EN EL MARCO DEL TINKUY REGIONAL MULTIANUAL, de conformidad con el siguiente cuadro:
N | MUNICIPALIDAD | PROYECTO DE INVERSION | CUI | DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA |
1 | MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ | “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS INTEGRALES PARA LA PRIMERA INFANCIA Y MADRES GESTANTES EN LA PREVENCIÓN DE ANEMIA Y DCI, DISTRITO DE WANCHAQ – PROVINCIA DE CUSCO - DEPARTAMENTO DE CUSCO” | 2519494 | S/ 1´500,000.00 |
2 | MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO | “MEJORAMIENTO DE LAS CAPACIDADES PRODUCTIVAS QUE CONTRIBUYEN A LA SEGURIDAD ALIMENTARIA DE LAS FAMILIAS DEL DISTRITO DE SAN JERÓNIMO - PROVINCIA DE CUSCO – DEPARTAMENTO DE CUSCO” | 2541818 | S/ 1´000,000.00 |
3 | MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YUCAY | “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE CAPACITACIÓN EN SEGURIDAD ALIMENTARIA MEDIANTE BIOHUERTOS FAMILIARES HORTOFRUTÍCOLAS EN EL DISTRITO DE YUCAY, PROVINCIA DE URUBAMBA, REGIÓN CUSCO | CÓDIGO GENÉRICO 2009064 | S/ 690,917.00 |
4 | MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ACOMAYO | “MEJORAMIENTO DE LA SALUD DEL NIÑO MENOR DE 5 AÑOS PARA DISMINUIR LA DESNUTRICION INFANTIL Y ANEMIA DISTRITO DE ACOMAYO - PROVINCIA DE ACOMAYO - DEPARTAMENTO DE CUSCO” | 2335469 | S/ 500,000.00 |
5 | MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TINTA | “MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD PRODUCTIVA DE HORTALIZAS Y FRUTÍCOLA CON FINES DE SEGURIDAD ALIMENTARIA EN POBLACIÓN ETAREA IDENTIFICADA DEL DISTRITO DE TINTA - PROVINCIA DE CANCHIS - DEPARTAMENTO DE CUSCO” | 2542786 | S/ 1`500,000.00 |
6 | MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PISAC | “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LA ATENCIÓN INTEGRAL CUNA MÁS PARA NIÑAS Y NIÑOS MENORES DE 36 MESES DE EDAD DEL DISTRITO DE PISAC - PROVINCIA DE CALCA - DEPARTAMENTO DE CUSCO” | 2483392 | S/1´475,992.00 |
7 | MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MOLLEPATA | “AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE SANEAMIENTO BÁSICO DE LOS SECTORES DE CHIRIBAMBA, RETIRO Y MALLAO, DEL DISTRITO DE MOLLEPATA - PROVINCIA DE ANTA - DEPARTAMENTO DE CUSCO” | 2541972 | S/ 1´000,000.00 |
8 | MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUARO | "MEJORAMIENTO Y FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES PRODUCTIVAS EN LA CRIANZA DE GALLINAS DE DOBLE PROPÓSITO COMO ESTRATEGIA PARA LA DISMINUCIÓN DE LA ANEMIA EN NIÑOS MENORES DE TRES AÑOS EN LAS COMUNIDADES DEL DISTRITO DE HUARO, PROVINCIA DE QUISPICANCHI - CUSCO" | CÓDIGO GENÉRICO 2009064 | S/ 342,601.00 |
9 | MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUARO | “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE SANEAMIENTO BASICO RURAL PALLPA CALLA DEL DISTRITO DE HUARO - PROVINCIA DE QUISPICANCHI - DEPARTAMENTO DE CUSCO” | 2521350 | S/ 626,327.00 |
10 | MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAYLLABAMBA | “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE SANEAMIENTO BASICO EN EL SECTOR DE HUANDAR EN LA COMUNIDAD DE HUYCHO DEL DISTRITO DE HUAYLLABAMBA - PROVINCIA DE URUBAMBA - DEPARTAMENTO DE CUSCO” | 2532226 | S/ 499,999.44 |
11 | MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHERO | “MEJORAMIENTO DE LA ATENCION EN LA PRIMERA INFANCIA Y LA MADRE GESTANTE EN LAS COMUNIDADES DEL DISTRITO DE CHINCHERO - URUBAMBA – CUSCO” | 2318451 | S/ 500,000.00 |
12 | MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OCOBAMBA | “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE PROTECCIÓN DE LA SALUD Y NUTRICIÓN DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE CINCO AÑOS, GESTANTES Y POBLACIÓN VULNERABLE DEL DISTRITO DE OCOBAMBA - PROVINCIA DE LA CONVENCION - DEPARTAMENTO DE CUSCO” | 2448226 | S/ 1´000,000.00 |
13 | MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INKAWASI | “MEJORAMIENTO DEL ESTADO NUTRICIONAL DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 05 AÑOS Y MADRES GESTANTES DISTRITO DE INKAWASI - PROVINCIA DE LA CONVENCION - DEPARTAMENTO DE CUSCO” | 2505427 | S/ 967,000.00 |
14 | MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LLUSCO | “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE EN EL BARRIO NUEVO PERÚ DE LA COMUNIDAD DE SAN SEBASTIAN DEL DISTRITO DE LLUSCO - PROVINCIA DE CHUMBIVILCAS - DEPARTAMENTO DE CUSCO” | 2541615 | S/ 500,000.00 |
15 | MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ANTA | “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN EL ANEXO MAYOHUAYLLA DE LA COMUNIDAD DE SAN NICOLAS DE BARI DISTRITO DE ZURITE - PROVINCIA DE ANTA - DEPARTAMENTO DE CUSCO” | 2523790 | S/ 1´000,000.00 |
16 | MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ECHARATE | “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE SANEAMIENTO BASICO INTEGRAL EN EL SECTOR DE SAN LUIS EN LA ZONAL PALMA REAL, DISTRITO DE ECHARATE - PROVINCIA DE LA CONVENCION - DEPARTAMENTO DE CUSCO” | 2504426 | S/ 900,000.00 |
17 | MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUYKUTAMBO | “MEJORAMIENTO DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LA PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN DE LA SALUD EN NIÑOS, MADRES GESTANTES Y PERSONAS VULNERABLES EN EL DISTRITO DE SUYCKUTAMBO - PROVINCIA DE ESPINAR - DEPARTAMENTO DE CUSCO” | 2541968 | S/ 962,529.08 |
18 | MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHAYPUJIO | “MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE LETRINAS EN LOS SECTORES DE PUMAMARCA Y SAMANCA DE LA COMUNIDAD DE PANTIPATA – DISTRITO DE CHINCHAYPUJIO – PROVINCIA DE ANTA - REGIÓN DEL CUSCO” | CODIGO GENERICO 2007751 | S/ 500,000.00 |
Artículo Segundo.- El presente Acuerdo de Consejo Regional se aprueba bajo responsabilidad del Proponente sobre la base de los 18 expedientes de transferencia precisados precedentemente.
Artículo Tercero.- DISPONER que, el ejecutivo del Gobierno Regional remita el Expediente de Transferencia de Recursos Financieros a la Contraloría General de la República y al Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de Cusco para que realice el control simultáneo y posterior.
Artículo Cuarto.- AUTORIZAR al órgano ejecutivo que corresponda del Gobierno Regional, la suscripción de los Convenios de Cooperación Interinstitucional para la Transferencia Financiera de Recursos Públicos del Gobierno Regional de Cusco a los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales para la Ejecución de Proyectos de Inversión Priorizados en el Marco del Tinkuy Regional Multianual.
Artículo Quinto.- DISPONER al Ejecutivo del Gobierno Regional de Cusco, canalice los procedimientos orientados a la suscripción de los convenios de manera previa a la trasferencia de presupuesto dentro del marco normativo qué los regulen, bajo responsabilidad.
Artículo Sexto.- PRECISAR que en virtud del Principio de Buena Fe y Presunción de Veracidad, este Consejo Regional debe asumir que los estamentos de esta Entidad Pública le proporcionan Información que se ajusta a la realidad y que es correcta, debiendo proceder conforme a ella. Sin embargo, se prescribe que dicha información, es de naturaleza iuris tantum por tratarse de una presunción que admite prueba en contrario y por tanto, podrá ser objeto de fiscalización posterior.
Artículo Séptimo.- DISPONER que, el presente acuerdo de Consejo Regional entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en la página web del Gobierno Regional del Cusco.
Dado en la ciudad del Cusco, a los veintisiete días del mes de junio del año 2022.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
GERARDO ARENAS MONGE
Presidente del Consejo Regional Período 2022