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RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 188-2022-GRA/GGR

Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos – MCC del Gobierno Regional de Ancash

[+] Datos Generales
20220811Legislacion
Fecha de Promulgación :05/08/2022
Fecha de Publicación :11/08/2022
Entrada en vigencia :12/08/2022
Página El Peruano:63
Estado :

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Huaraz, 5 de agosto de 2022

VISTO: El Informe N° 053-2022-GRA/SGRH de fecha 06 de mayo de 2022, de la Subgerencia de Recursos Humanos, el Memorándum N° 449-2022-GRA/GRAD de fecha 10 de mayo de 2022, de la Gerencia Regional de Administración, el Informe N° 038-2022-GRA/GRPPAT/SGMDI-038 de fecha 11 de mayo de 2022, de la Subgerencia de Modernización y Desarrollo Institucional, el Informe Legal N° 364-2022-GRA/GRAJ de fecha 16 de mayo de 2022 de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, Informe N° 052-2022-GRA/GRPPAT/SGDMI-0052 de fecha 26 de julio de 2022 de la Subgerencia de Modernización y Desarrollo Institucional, Informe Legal N° 0649-2022-GRA/GRAJ de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo 31° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos y, cuyo objetivo es alcanzar un Estado al servicio de la ciudadanía, con canales efectivos de participación ciudadana, descentralizado y desconcentrado, transparente en su gestión, con servidores públicos calificados y adecuadamente remunerados, y fiscalmente equilibrado;

Que, el artículo 6 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece que las oficinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector, teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil y por la entidad;

Que, el 13 de junio de 2014, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano”, el Reglamento General de la Ley N° 30057 Ley del Servicio Civil aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, en cuya Décima Tercera Disposición Complementaria Transitoria señala que el Clasificador de Cargos de las Entidades Públicas se encontrará vigente hasta que se implemente el Manual de Puesto Tipo;

Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 0932-2013-REGIÓN ANCASH/PRE de fecha 11 de diciembre de 2013, se aprobó el Manual de Clasificación de Cargos del Gobierno Regional de Ancash, teniendo como base legal el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Ordenanza Regional N° 011-2011-REGIÓN ANCASH/CR, de fecha 21 de junio de 2011, y la Ordenanza Regional N° 019-2011-REGIÓN ANCASH/CR, de fecha 15 de diciembre de 2011, que aprueba el Cuadro de Asignación de Personal del Gobierno Regional de Ancash;

Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 100-2015-SERVIR-PE se formalizó la aprobación de la Directiva N° 001-2015-SERVIR/GPGSC “Familias de puestos y roles y Manual de Puesto Tipo (MPT) aplicables al régimen del servicio civil” así como el “Catálogo de Puestos Tipo” documentos modificados por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 308-2017-SERVIR-PE;

Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE, se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” (en adelante la Directiva), la misma que contiene, entre otras, las reglas que permitan a las entidades públicas, elaborar, aprobar, modificar y actualizar su Manual de Clasificador de Cargos;

Que, el literal c) del numeral 5.1 de la Directiva, define el Manual de Clasificador de Cargos como el documento de gestión institucional en el que se describen, de manera ordenada, todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad;

Que, así mismo el numeral 5.2.2 de la citada Directiva expresa: Que el (la) titular de la Entidad cumple y promueve el cumplimiento de la presente directiva. - Aprueba el MCC, y sus modificaciones, según lo dispuesto en la presente directiva (…);

Que, el numeral 6.1.7 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “ELABORACIÓN DEL MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS y del CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL, señala que:

“6.1.7 La ORH o la que haga sus veces debe elevar la propuesta de MCC al (la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la OPP o la que haga sus veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia. De obtener la validación, el (la) titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona la publicación de la Resolución en el Diario Oficial el Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad, dependiendo del nivel de gobierno de la entidad”;

Que, la Ley N° 31419 Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, tiene por objeto establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fin de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función; y señala en su Segunda Disposición Complementaria Final, que las entidades públicas, cuando corresponda, formulan o adecuan, de manera gradual, sus instrumentos de gestión en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, conforme a lo dispuesto en la referida Ley, debiendo culminar la implementación integral de estas disposiciones en un plazo no mayor de ciento ochenta días calendario contados a partir de la publicación de su reglamento;

Que, mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 18 de mayo de 2022 se aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419 y otras disposiciones, con el objeto de establecer disposiciones para la adecuada aplicación de la Ley en mención, estableciendo la responsabilidad de la oficina de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces en las entidades públicas, de verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puesto de funcionarios/as y directivos/as públicos/as de libre designación y remoción;

Que, en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 31419, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, se establece que para el cumplimiento de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31419, cuando corresponda, las entidades actualizan o modifican sus instrumentos de gestión de recursos humanos, en el marco de los lineamientos aprobados por SERVIR para la elaboración, aprobación, actualización y modificación del CAP Provisional o el CPE y el Manual de Clasificador de Cargos o el Manual de Perfiles de Puestos, según corresponda, en un plazo no mayor a ciento ochenta (180) días calendario contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento en cuestión;

Que, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley N° 30057 Ley del Servicio Civil establece como uno de los subsistemas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el proceso de “Organización del trabajo y su distribución”, el cual involucra el diseño y administración de puestos a fin de establecer las funciones y los requisitos de idoneidad para que una persona se desempeñe;

Que, el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, señala que, a efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el Titular de la Entidad es la máxima autoridad administrativa de la misma, cargo que ostenta de acuerdo a lo establecido en el artículo 49° del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ancash aprobado con Ordenanza Regional N° 008-2017-GRA/CR, y sus modificatorias, entre ellas la aprobada por Ordenanza Regional N° 007-2021-GRA/CR;

Que, a través de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” - 5. DISPOSICIONES GENERALES 5.1. Definiciones. – literal h) establece que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa para efectos del Sistema de Administración Gestión de Recursos Humanos.

Que, mediante el Informe N° 053-2022-GRA/SGRH de fecha 06 de mayo de 2022, la Subgerencia de Recursos Humanos remite a la Gerencia Regional de Administración el Manual de Clasificador de Cargos debidamente revisados por la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, no encontrando ninguna observación adicional según correos electrónicos cursados por servidores de la citada entidad, a fin que se requiera el informe técnico de aprobación de la Subgerencia de Modernización y Desarrollo Institucional dependiente de la Gerencia Regional de Planificación, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial;

Que, a través del Informe N° 038-2022-GRA/GRPPAT/SGMDI-038 de fecha 11 de mayo de 2022, la Subgerencia de Modernización y Desarrollo Institucional concluye que el Manual de Clasificador de Cargos - MCC, de la Sede Central así como de sus órganos desconcentrados que no cuentan con Resolución de reconocimiento como entidad de tipo B, tales como Dirección Regional de Producción, Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, Dirección Regional de Energía y Minas, Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Gerencia Sub Regional de Conchucos Alto y Gerencia Sub Regional de Conchucos Bajo, que conforman el Gobierno Regional de Ancash, se encuentra elaborado en el marco de la normatividad vigente, por lo que la citada unidad funcional opina favorablemente por su aprobación;

Que, mediante Informe Legal N° 0364-2022-GRA/GRAJ de fecha 16 de mayo de 2022, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica recomienda: “Otorgar la viabilidad para la aprobación del Manual de Clasificador de Cargos – MCC del Gobierno Regional de Ancash, por lo que remite los actuados a la Gerencia Regional de Administración para la prosecución del trámite correspondiente para la emisión del respectivo acto resolutivo;

Que, asimismo con Informe N° 063-2022-GRA/GRAD de fecha 17 de mayo de 2022, la Gerencia Regional de Administración traslada a la Gerencia General Regional los actuados para su correspondiente aprobación de considerarlo pertinente;

Que, frente a ello, la Gerencia General Regional mediante Memorando N° 0419-2022-GRA/GGR, de fecha 19 de mayo de 2022, devolvió a la Gerencia Regional de Administración el Manual de Clasificador de Cargos para que dicho manual sea elaborado de acuerdo al marco de los lineamientos aprobados por el SERVIR, como también respetando del Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, denominado Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otros disposiciones;

Que, seguidamente mediante Informe N° 052-2022-GRA/GRPPAT/SGMDI-0052 de fecha 26 de julio de 2022, la Subgerencia de Modernización y Desarrollo Institucional, concluye que ha revisado la propuesta modificada del Manual de Clasificador de Cargos – MCC para verificar que se de cumplimiento a la Ley N° 31419, y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, en atención al trabajo realizado por la Subgerencia de Recursos Humanos con la participación de la Subgerencia de Modernización y Desarrollo Institucional y el acompañamiento de manera virtual por parte de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, por consiguiente opina de manera favorable para su aprobación;

Que, de igual manera a través del Informe Legal N° 0649-2022-GRA/GRAJ de fecha 03 de agosto de 2022, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica concluye ampliar el Informe Legal N° 364-2022-GRA/GRAJ de fecha 16 de mayo de 2022, declarando la viabilidad para la aprobación del Manual Clasificador de Cargo (MCC), del Gobierno Regional de Ancash, precisando en el extremo que el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 18 de mayo de 2022, por ende se hicieron las modificaciones necesarias a la propuesta de Manual de Clasificador de Caros del Gobierno Regional de Ancash, el cual fue validado por la Autoridad Nacional del Servicio Civil;

Que, para precisar este extremo es necesario mencionar que de conformidad con el artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 007-2021-GRA/CR, de fecha 30 de diciembre de 2021, se establece que: “La Gerencia General Regional (GGR), es el órgano de máxima autoridad administrativa del Gobierno Regional de Ancash (…)”

Que, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en la SEXTA DISPOSICIÓN ESPECÍFICA 6.1. Elaboración y aprobación del Manual de Clasificador de Cargos. - 6.1.7. La ORH o la que haga las veces debe elevar la propuesta de MCC al (la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la OPP o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia. De obtener la validación, el(la) titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona la publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad.

Que, por tales consideraciones, a fin de cumplir con la adecuación a los lineamientos dispuestos en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, corresponde la aprobación del Manual de Clasificador de Cargos del Gobierno Regional de Ancash, propuesto por la Subgerencia de Recursos Humanos, en coordinación con la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a través de la Subgerencia de Modernización y Desarrollo Institucional, conforme a sus competencias funcionales, debiendo dejarse sin efecto la Resolución Ejecutiva Regional N° 932-2013-REGIÓN ANCASH/PRE de fecha 11 de diciembre de 2013, que aprueba el Manual de Clasificación de Cargos del Gobiernos Regional de Ancash,

Estando a lo expuesto, y con la visación de la Gerencia Regional de Administración, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencial Regional de Asesoría Jurídica y en uso de las atribuciones conferidas por el literal d) del artículo 16° del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Ordenanza Regional N° 008-2017-GRA/CR, y sus modificatorias entre ellas la Ordenanza Regional N° 007-2021-GRA/CR, y la Resolución Ejecutiva Regional N° 022-2022-GRA/GR;

SE RESUELVE:

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Artículo Primero.- APROBAR, el Manual de Clasificador de Cargos – MCC del Gobierno Regional de Ancash que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

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Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto la Resolución Ejecutiva Regional N° 0932-2013-REGIÓN ANCASH/PRE, de fecha 11 de diciembre de 2013, que aprueba el Manual de Clasificación de Cargos del Gobierno Regional de Ancash, por los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes.

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Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente Resolución a los órganos competentes del Gobierno Regional de Ancash.

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Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaria General la publicación de la presente Resolución y el Anexo que contiene el Manual de Clasificador de Cargos del Gobierno Regional de Ancash en el Portal de la entidad www.regionancash.gob.pe, así como en el diario oficial El Peruano, y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe), y en el Portal de Transparencia (www.transparencia.gob.pe).

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Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

VÍCTOR ALEJANDRO SICHEZ MUÑOZ

Gerente General Regional


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