O 416-2022-MDPPO_416_2022_MDPP

ORDENANZA Nº 416-MDPP

Ordenanza que declara de interés público la creación del Museo Municipal del distrito de Puente Piedra

[+] Datos Generales
20220728Legislacion
Fecha de Promulgación :21/07/2022
Fecha de Publicación :28/07/2022
Entrada en vigencia :29/07/2022
Página El Peruano:105
Estado :

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Puente Piedra, 21 de julio de 2022

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE PUENTE PIEDRA

VISTO: En sesión ordinaria de la fecha ha dado la siguiente Ordenanza;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú y modificatorias, señala que: “Los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son patrimonio cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública. Están protegidos por el Estado.

ORDENANZA QUE DECLARA DE INTERÉS

PÚBLICO LA CREACIÓN DEL MUSEO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PUENTE PIEDRA

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Artículo Primero: APROBAR la Ordenanza que Declara de Interés Público la Creación del Museo Municipal del Distrito de Puente Piedra.

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Artículo Segundo: SEÑALAR: la ubicación del museo Municipal: Palacio de la Cultura Primer Piso, situado en Av. Juan Lecaros 426B – Puente Piedra.

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Artículo Tercero: DISPONER que, el museo Municipal del Distrito de Puente Piedra será dependiente de la Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Social, la Dirección y Administración del mismo, estará a cargo de la gerencia respectiva, quien tendrá a su cargo exclusivo todos los aspectos relacionados con la planificación, programación y conducción institucional del Museo.

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Artículo Cuarto: ENCARGAR a la Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Social, para que en el marco de sus competencias y atribuciones realice coordinaciones con el Ministerio de Cultura para el registro de Museo Municipal al Sistema Nacional de Museos del Estado.

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Artículo Quinto: ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Social, a la Subgerencia de Secretaría General su publicación en el Diario Oficial “El Peruano” y su difusión, a la Gerencia de Administración su publicación en el Portal Web Institucional.

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Regístrese, comuníquese y cúmplase.

RENNAN SANTIAGO ESPINOZA VENEGAS

Alcalde


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