RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0803-2022-IN
Autorizan viaje de oficial de la Policía Nacional del Perú a la República Argentina, en comisión de servicios
20220629Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 28/06/2022 |
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Fecha de Publicación : | 29/06/2022 |
Entrada en vigencia : | 30/06/2022 |
Página El Peruano: | 28 |
Estado : |
Lima, 28 de junio de 2022
VISTOS, el Oficio Nº 820-2022-COMASGEN-CO PNP/DIRASINT-DIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe Nº 001043-2022/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta S/N de fecha 13 de junio de 2022, la Jefatura de la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Buenos Aires, cursa invitación a la Jefatura de la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Lima para invitarlos a participar en la ceremonia por el “60 Aniversario de la Ratificación de Adhesión de la República Argentina a la Organización Internacional de Policía Criminal (OIPC) - INTERPOL” y “Ceremonia en Conmemoración de los Policías Federales Caídos en Cumplimiento del Deber”, a llevarse cabo los días 1 y 2 de julio de 2022, respectivamente, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, eventos que serán precedidos de un conversatorio el día 30 de junio del presente año;
Que, con Informe Nº 290-2022-COMASGEN CO PNP/DIRASINT PNP/OCN INTERPOL L-DEPICJE de fecha 25 de junio de 2022, la Jefatura de la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Lima de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, comunica la participación del Coronel de la Policía Nacional del Perú Julio Oscar Mariño Ripa, sustentando la importancia y viabilidad de su participación en los eventos antes mencionados;
Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 158-2022-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI de fecha 25 de junio de 2022, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Julio Oscar Mariño Ripa, del 29 de junio al 3 de julio de 2022, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para que participe en los eventos antes indicados, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, por cuanto el personal policial designado estará representando a la institución policial, lo que permitirá fortalecer las relaciones interinstitucionales con sus similares en la Región. Asimismo, tendrá la oportunidad de intercambiar experiencias e información con relación a casos vigentes de ámbito transnacional, que sirvan de apoyo para el logro de resultados satisfactorios en las diversas operaciones policiales de carácter reservado desarrolladas a nivel internacional, en beneficio de la Oficina Central Nacional de INTERPOL - Lima de la Policía Nacional del Perú;
Que, en ese sentido, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada, se encuentra en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de viáticos parciales (alimentación) y pasajes aéreos (ida y vuelta) del citado personal policial, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme se precisa en el Informe Nº 290-2022-COMASGEN CO PNP/DIRASINT PNP/OCN INTERPOL L-DEPICJE, mientras que la Oficina Central Nacional de INTERPOL - Buenos Aires asumirá los gastos por concepto de hospedaje y traslados internos, conforme lo precisa en la Carta S/N de fecha 13 de junio de 2022, antes mencionada;
Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”;
Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN en su artículo 1 dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002- 2004-DE/SG (…)”;
Que, la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, en su artículo 11 establece que “11.1. Durante el Año Fiscal 2022, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”;
Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento”;
Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (…)”;
Que, a través del informe de Vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución ministerial que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal policial antes mencionado, del 29 de junio al 3 de julio de 2022, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina;
Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Julio Oscar Mariño Ripa, del 29 de junio al 3 de julio de 2022, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2. Los gastos por concepto de pasajes aéreos, incluyendo la tarifa de uso de aeropuerto y viáticos (parciales) que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Moneda | Importe | Días | Personas | Total | |
Viáticos (40%) | US$ | 148,00 | 3 | 1 | 444,00 |
Pasajes | US$ | 1 229,00 | 1 | 1 229,00 |
Artículo 3. Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados.
Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DIMITRI NICOLÁS SENMACHE ARTOLA
Ministro del Interior