ACUERDO REGIONAL Nº 051-2022-GRA/CR-AREQUIPA
Aprueban la propuesta de iniciativa legislativa “Ley que modifica el Art. 2 del Decreto de Urgencia N° 013-2022”
20220624Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 20/06/2022 |
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Fecha de Publicación : | 24/06/2022 |
Entrada en vigencia : | 25/06/2022 |
Página El Peruano: | 84 |
Estado : |
Arequipa, 20 de junio del 2022
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo.
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo, conforme lo prescriben los artículos 191 y 192 de la Constitución Política del Perú.
Que, son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales, entre otros, proponer normas y acuerdos regionales; en tanto que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme a las reglas contenidas en los artículos 16 y 39 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2022-MIDAGRI se declara en emergencia el Sector Agrario y de Riego a nivel nacional por el periodo de ciento veinte (120) días calendario, por los efectos generados por la COVID-19, el incremento de los precios de los insumos agrarios a nivel internacional y agravado por los conflictos internacionales que impactan negativamente en el agro peruano, en la economía nacional y en la seguridad alimentaria.
Que, mediante Decreto de Urgencia N° 013-2022 se dicta medidas extraordinarias y urgentes, en materia económica y financiera, a fin de facilitar y garantizar la adquisición y entrega del fertilizante nitrogenado Urea a favor de los productores agrarios a nivel nacional, a fin de contrarrestar el impacto negativo de su escasez y altos precios en la Campaña Agrícola 2022-2023, orientadas a continuar con la recuperación de la economía nacional.
Que, mediante Informe N° 010-2022-GRA/GRAG-SGPA la Sub-Gerencia de Promoción Agraria del Gobierno Regional de Arequipa brindó información obtenida respecto al abastecimiento de los fertilizantes minerales convencionales y guano de islas en la Región Arequipa, así como las hectáreas sembradas en la presente campaña agrícola y la proyección para la próxima Campaña Agrícola 2022-2023.
Que, la agricultura peruana tiene un alto grado de dependencia en la importación de fertilizantes inorgánicos. Durante el año 2021 la actividad agrícola estuvo expuesta al incremento sostenido del precio internacional de los fertilizantes inorgánicos, los mismos que, a su vez, dependen del comportamiento del precio internacional de los hidrocarburos (petróleo crudo y gas natural).
Que, el volumen de fertilizantes que llegaría al país es insuficiente para la demanda a nivel nacional y equivale al requerimiento solo de la región Arequipa, es decir lograría cubrir el 25% de la demanda interna total y no sería distribuido a tiempo para el inicio de la campaña agrícola en la región.
Que, debido a la importante participación de los fertilizantes químicos importados dentro de la oferta de dicho insumo a nivel nacional y la particular relevancia de la urea dentro de la oferta de los fertilizantes nitrogenados de preferencia del productor agrario, su escasez y la variación de su precio de venta impacta de forma directa en el desarrollo de la agricultura arequipeña, trayendo como consecuencia que los productores agrarios vean reducidas las posibilidades de manejo óptimo de sus cultivos ante las limitaciones para cumplir con las condiciones mínimas que demanda su manejo agronómico.
Que, teniendo en cuenta la situación antes descrita, es necesario dictar disposiciones de carácter extraordinario, con la finalidad de cautelar el interés regional, salvaguardando la sostenibilidad de la Campaña Agrícola 2022-2023, minimizando así el impacto negativo que la escasez y el incremento de precios de los fertilizantes químicos y particularmente la urea, tienen en la actividad del pequeño productor agrario, garantizando la seguridad alimentaria de la Región.
Por estas consideraciones y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, así como la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA y sus modificatorias
ACUERDA:
Primero.- APROBAR la propuesta de iniciativa legislativa “Ley que modifica el Art. 2 del Decreto de Urgencia N° 013-2022” en el extremo siguiente:
2.1 Autorízase, excepcionalmente y de manera extraordinaria hasta el 15 de agosto de 2022, al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI, a través del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, para adquirir en el mercado internacional el fertilizante nitrogenado Urea, y garantizar su entrega a nivel nacional, a las organizaciones de productores agrarios y productores agrarios individuales durante el inicio de la campaña agrícola 2022-2023, hasta por la suma de S/ 348 887 735,00 (TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), durante el inicio de la Campaña Agrícola 2022-2023. Las adquisiciones referidas en el párrafo precedente se realizan de acuerdo con los usos y costumbres internacionales y las condiciones establecidas por el mercado para ello.
2.2 El MIDAGRI, a través de AGRO RURAL, queda facultado a realizar la entrega del fertilizante adquirido conforme al numeral 2.1 de la presente norma, a las organizaciones de productores agrarios y productores agrarios individuales que cumplan con las condiciones establecidas en la presente norma, aprovechando las capacidades operativas de sus unidades zonales a nivel nacional.
2.3. Autorízase, excepcionalmente y de manera extraordinaria hasta el 31 de diciembre de 2022, a los Gobiernos Regionales, para adquirir en el mercado internacional el fertilizante nitrogenado Urea, fosfórico y potásico; y garantizar su entrega a nivel regional, a las organizaciones de productores agrarios y productores agrarios individuales durante el inicio de la campaña agrícola 2022-2023.
Segundo.- PROPONER al Congreso de la República, de conformidad al inciso l, del artículo 15 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la iniciativa legislativa descrita en el punto anterior.
Tercero.- ALCANZAR el presente Acuerdo Regional a la Presidencia del Congreso de la República del Perú, con la respectiva iniciativa legislativa que contiene la fórmula legal y la exposición de motivos para efectos del trámite parlamentario correspondiente.
Cuarto.- ENCARGAR la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial “El Peruano”.
POR TANTO:
Regístrese y cúmplase.
JOSÉ LUIS HANCCO MAMANI
Presidente del Consejo Regional de Arequipa
Consejo Regional