RA 345-2022-MPU-ARA_345_2022_MPU-A

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 345-2022-MPU/A

Delegan facultades en el Gerente Municipal para el otorgamiento de Certificados de Posesión en el marco de lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 001-2022-MPU/BG

[+] Datos Generales
20220622Legislacion
Fecha de Promulgación :01/06/2022
Fecha de Publicación :22/06/2022
Entrada en vigencia :23/06/2022
Página El Peruano:99
Estado :

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Bagua Grande, 1 de junio del 2022

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DE UTCUBAMBA.

VISTO:

La Ordenanza Municipal Nº 01-2022-MOU/BG, Carta Nº 014-2022-MPU/A, Informe Legal Nº 234-2022-GAJ/MPU-BG sobre la necesidad de delegar las facultades administrativas con la finalidad de dotar de mayor agilidad a la prosecución de los procedimientos administrativos; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú señala en su artículo 194º que las Municipalidades son órgano de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo previsto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el numeral 20) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala como atribución del Alcalde, la facultad de delegar sus atribuciones administrativas en el Gerente Municipal;

Que, el numeral 85.1 y 85.3 del artículo 85º del TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, estipula que la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentran en otros órganos de la entidad, siguiendo los criterios establecidos en la presente Ley. Asimismo, que a los órganos jerárquicamente dependientes se les transfiere competencia para emitir resoluciones, con el objeto de aproximar a los administrados las facultades administrativas que conciernan a sus intereses;

Que, a través de la Ordenanza Municipal Nº 001-2022-MPU/BG se aprobó la Ordenanza Municipal que regula el otorgamiento de Certificados de Posesión a los posesionarios de lotes ubicados en asentamientos Humanos y posesiones informales en el ámbito del Distrito de Bagua Grande, Provincia de Utcubamba, Departamento de Amazonas; estableciéndose en el Artículo 5.1 que el Alcalde es el responsable de suscribir los Certificados de posesión al término del procedimiento administrativo;

Que, con la finalidad de optimizar, agilizar y dar celeridad a los procedimientos administrativos que siguen los administrados para el otorgamiento de certificados de Posesión, a través de la presente se procede a delegar las funciones contempladas en el Artículo 5.1. de la Ordenanza Municipal Nº 001-2022-MPU/BG al Gerente Municipal

En ese sentido, teniendo en cuenta que la actual Gestión Municipal se ha trazado como objetivo el dotar de mayor celeridad a la tramitación de los procedimientos administrativos, es que resulta necesario delegar las facultades administrativas a la Gerencia Municipal que por su especial competencia funcional podrían asumirlo con la debida responsabilidad en estricta observancia de los principios de legalidad y de debido procedimiento;

Estando a lo expuesto, y en uso de la facultad conferida por el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades:

SE RESUELVE:

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Artículo Primero.- APROBAR la delegación de facultades en el Gerente Municipal para el otorgamiento de los Certificados de Posesión en el marco de lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 001-2022-MPU/BG.

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Artículo Segundo.- El Gerente Municipal deberán dar cuenta al Alcalde respecto a los Certificados de Posesión emitidos como producto de la presente delegación, según corresponda, en concordancia con el Principio del Debido Procedimiento, previsto en el numeral 1.2) del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General.

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Artículo Tercero.- Las acciones que realicen y los actos que se expidan en base a la delegación de funciones conferidas en la respectiva Resolución de Alcaldía, deben ser efectuadas con sujeción a las disposiciones legales y administrativas que las rigen, bajo responsabilidad del personal administrativo que interviene en su procesamiento y del funcionario competente que autoriza el acto administrativo pertinente.

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Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, así como la notificación del presente acto resolutivo a las áreas que por competencia corresponda.

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Regístrese, comuníquese y cúmplase.

ALAN GARCÍA PÉREZ

Alcalde


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