RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0387-2022/UNT
Aprueban Fe de Erratas del Estatuto Institucional 2021 de la Universidad Nacional de Trujillo
20220612Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 23/03/2022 |
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Fecha de Publicación : | 12/06/2022 |
Entrada en vigencia : | 13/06/2022 |
Estado : |
UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO
Trujillo, 23 de marzo del 2022
Visto el Documento Nº 134922029 y Expediente Nº 035322029E, promovido por el Despacho Rectoral sobre Fe de Erratas al Estatuto institucional vigente;
CONSIDERANDO:
Que, con Resolución de Asamblea Universitaria Nº 011-2021/UNT (08.11.2021) se modifica la Resolución de Asamblea Universitaria Nº 001-2021/UNT (10.05.2021), que aprueba el Estatuto institucional 2021, quedando con Dieciséis 16 Títulos, cincuenta y cinco (55) Capítulos, doscientos sesenta y tres (263) Artículos, nueve (09) Disposiciones Complementarias, siete (07) Disposiciones Transitorias y cuatro (04) Disposiciones Finales;
Que, con Oficio Nº 200-2022-R/UNT (16.03.2022), el Despacho Rectoral solicita la subsanación del error involuntario en relación al artículo 20º inciso b) del Estatuto institucional vigente 2021 relacionado a la instalación y funcionamiento de la Asamblea Universitaria el cual no coincide con lo dispuesto en el artículo 56º numeral 56.8 de la Ley Universitaria; por lo tanto solicita su rectificación correspondiente;
Que, la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 27444, en su Art. 201.1 regula lo concerniente a los errores material o aritmético en los actos administrativos los mismos que pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no altere la sustancial de su contenido, ni el sentido de su decisión,
Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas al señor Rector, en virtud de lo dispuesto en los artículos 8º, 60º y 62º inciso 62.2 de la Ley Universitaria Nº 30220, concordantes con los artículos 27º y 28º del Estatuto reformado; con cargo de dar cuenta a Asamblea Universitaria;
SE RESUELVE:
1º) APROBAR como FE DE ERRATAS al Estatuto Institucional 2021 de la Universidad Nacional de Trujillo, lo siguiente:
DICE:
Art. 20º.- De la instalación y funcionamiento:
b. La Asamblea Universitaria se reúne en sesión ordinaria trimestralmente y, en forma extraordinaria, por iniciativa del Rector o de más de la mitad de los miembros de la Asamblea Universitaria.
DEBE DECIR:
Art. 20º.- De la instalación y funcionamiento:
b. La Asamblea Universitaria se reúne en sesión ordinaria una vez al semestre, y en forma extraordinaria por iniciativa del Rector, o de quien haga sus veces, o de más de la mitad de los miembros del Consejo Universitario, o de más de la mitad de los miembros de la Asamblea Universitaria.
2º) DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página Web de Transparencia de la Universidad Nacional de Trujillo.
3º) REMITIR la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU y demás organismos de acuerdo a Ley.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
CARLOS ALBERTO VÁSQUEZ BOYER
Rector
STEBAN ALEJANDRO ILICH ZERPA
Secretario General (e)