R 2757-2021-GSFP/ONPER_2757_2021_GSFP/ONPE

RESOLUCIÓN GERENCIAL N° 002757-2021-GSFP/ONPE

Establecen la relación de los partidos políticos con derecho al espacio no electoral que rige hasta las próximas Elecciones Generales

[+] Datos Generales
20210903Legislacion
Fecha de Promulgación :02/09/2021
Fecha de Publicación :03/09/2021
Entrada en vigencia :04/09/2021
Estado :

[+]

Lima, 2 de septiembre de 2021

VISTOS: El Informe N° 006304-2021-JANRFP-SGTN-GSFP/ONPE, de la Jefatura del Área de Normativa y Regulación de Finanzas Partidarias; y

CONSIDERANDO:

Mediante Decreto Supremo N° 122-2020-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 09 de julio de 2020, el Presidente de la República convocó a Elecciones Generales para el día domingo 11 de abril 2021;

El artículo 41° de la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas y, sus modificatoria (LOP), establece que, los medios de comunicación de propiedad del Estado, están obligados a otorgar mensualmente cinco minutos a cada partido político con representación en el Congreso, para la difusión de sus propuestas y planteamientos. La Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios hace la asignación correspondiente;

Por su parte, el artículo 34° del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios aprobado por Resolución Jefatural N° 000436-2020-JN/ONPE y, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el 29 de noviembre de 2020, estipula que, tienen derecho a espacio no electoral los partidos políticos que hayan obtenido representación en el Congreso de la República en las elecciones inmediatamente precedentes a la fecha de asignación de dicho espacio. Precisando, además, que, la renuncia de un congresista al partido político con la que consiguió la representación parlamentaria, no conlleva la pérdida del espacio asignado a dicho partido y, que la incorporación de un congresista renunciante a otro partido político sin representación parlamentaria, no otorga derecho al nuevo partido para la asignación de espacio no electoral;

Así mismo, el artículo 36° del citado Reglamento, regula que, la Gerencia emite y publica la resolución correspondiente, con la relación de los partidos políticos con derecho al espacio no electoral que rige hasta las próximas Elecciones Generales;

En concordancia con el marco normativo antes expuesto, a través de la Resolución N° 602-2021-JNE publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de junio de 2021, se declara que en las elecciones de congresistas de la República del proceso Elecciones Generales 2021, las organizaciones políticas indicadas a continuación son las que superaron la base electoral dispuesta en el artículo 20 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones y, como consecuencia de ello, participan en la distribución del Congreso de la República para el periodo legislativo 2021-2026:

PARTIDO POLITICOVOTOS EMITIDOS NIVEL NACIONAL
1PARTIDO POLITICO NACIONAL PERU LIBRE1,724,303
2FUERZA POPULAR1,457,640
3RENOVACION POPULAR1,199,663
4ACCION POPULAR1,159,707
5ALIANZA PARA EL PROGRESO969,699
6AVANZA PAIS - PARTIDO DE INTEGRACION SOCIAL969,059
7JUNTOS POR EL PERU847,570
8PARTIDO DEMOCRATICO SOMOS PERU788,488
9PODEMOS PERU750,238
10PARTIDO MORADO697,289

En esa misma línea, mediante Resolución N° 0777-2021-JNE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de agosto de 2021, se resuelve declarar concluido el proceso electoral de Elecciones Generales 2021, convocado mediante Decreto Supremo N° 122-2020-PCM;

En consecuencia, al amparo de lo previsto en el artículo 36° del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios antes citado, corresponde establecer la relación de los partidos políticos con derecho al espacio no electoral que rige hasta las próximas Elecciones Generales;

De conformidad con lo dispuesto el literal d) del artículo 78° del Texto Integrado del Reglamento de Organizaciones y Funciones de la ONPE aprobado por Resolución Jefatural N° 000246-2019-JN/ONPE;

Con el visado del Área de Normativa y Regulación de Finanzas Partidarias de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios;

SE RESUELVE:

Artículo Primero. – Establecer la relación de los partidos políticos con derecho al espacio no electoral que rige hasta las próximas Elecciones Generales, de acuerdo al siguiente detalle:

PARTIDO POLITICO
1PARTIDO POLITICO NACIONAL PERU LIBRE
2FUERZA POPULAR
3RENOVACION POPULAR
4ACCION POPULAR
5ALIANZA PARA EL PROGRESO
6AVANZA PAIS - PARTIDO DE INTEGRACION SOCIAL
7JUNTOS POR EL PERU
8PARTIDO DEMOCRATICO SOMOS PERU
9PODEMOS PERU
10PARTIDO MORADO

KEYWORDS:

Artículo Segundo. - DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como, en el portal institucional www.onpe.gob.pe.

KEYWORDS:
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Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARGARITA MARÍA DÍAZ PICASSO

Gerente

Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios


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