OR 6-2021-GRP-CRPOR_6_2021_GRP-CRP

ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2021-GRP-CRP.

Reconocen y declaran de interés regional “La Batalla de Zepita en las pampas de Chua Chua, Símbolo del Patriotismo e Identidad Nacional”

[+] Datos Generales
20210820Legislacion
Fecha de Promulgación :27/04/2021
Fecha de Publicación :20/08/2021
Entrada en vigencia :21/08/2021
Página El Peruano:57
Estado :

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EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO

REGIONAL PUNO

VISTO:

En Sesión Extraordinaria de Consejo Regional, llevada a cabo el día martes veintisiete de abril del año dos mil veintiuno, el Pleno del Consejo Regional ha aprobado la emisión de la Ordenanza Regional siguiente con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme establece el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, texto normativo que señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal.

Que, de conformidad al artículo 13º de la Ley Nº 27867, modificado por el artículo único de la Ley Nº 29053, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, y del literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, se tiene que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el literal a) del artículo 37º del mismo cuerpo normativo que indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos Regionales.

Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, estipula que las Ordenanzas Regionales, del Consejo Regional, norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia.

Que, de acuerdo al artículo 47º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales dentro de sus funciones en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación, tienen la de formular, aprobar, ejecutar, evaluar, y administrar las políticas regionales de educación, cultura, ciencia y tecnología, deporte y recreación de la región, así como las de promover y difundir las manifestaciones culturales, y potenciar las instituciones artísticas y culturales de la región, en coordinación con los Gobiernos Locales, asimismo del mismo cuerpo normativo el literal l) señala como atribución, Proteger y conservar, en coordinación con los Gobiernos Locales y los organismos correspondientes, el patrimonio cultural nacional existente de la región, así como promover la declaración por los organismos competentes de los bienes culturales no reconocidos que se encuentren en la región.

Que, el numeral 2 del artículo 1º de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que integran el Patrimonio Inmaterial de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unitaria o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autóctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural.

Que, mediante Oficio Nº 113-2021-GRP-GRDS, el Gerente Regional de Desarrollo Social, Mg. Leon Isaac Quispe Huaranca, remite Opinión Técnica respecto al Proyecto de Ordenanza Regional que reconoce y declara de Interés regional “La Batalla de Zepita en las pampas de Chua Chua, Símbolo del Patriotismo e Identidad Nacional”, conmemorando el símbolo de patriotismo e identidad nacional registrado en el calendario cívico militar actual mediante la Cuarta Brigada de montaña del Ejército Peruano – región Puno, otorgando Opinión Técnica Favorable al mencionado proyecto de Ordenanza Regional.

Que, mediante Opinión Legal Nº 130-2021-GR-PUNO/ORAJ, el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Abog. Jhon Wilfredo Martinez Molina, concluye que el Proyecto de Ordenanza Regional que reconoce y declara de interés regional “La Batalla de Zepita en las pampas de Chua Chua, Símbolo del Patriotismo e Identidad Nacional” se encuentra dentro de las políticas y atribuciones conferidas en la Ley Nº 27867, por lo que es procedente continuar con el tramite administrativo.

Que, en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional, los consejeros regionales por la provincia de Chucuito, CPC Freddy Efrain Rivera Cutipa y el Lic Domingo Quispe Tancara, presentan y sustentan el Oficio Corporativo Nº 001-2021-GR/CR-PUNO-FERC-DQT, mediante el cual amparados y en aplicación del artículo 117º del Reglamento Interno de Consejo Regional, sobre la exoneración del procedimiento de Ordenanzas Regionales el cual señala, “El Pleno del Consejo Regional puede exonerar del Procedimiento Legislativo y estudio de comisión a las Ordenanzas Regionales siempre y cuando esta Propuesta de Ordenanza Regional cuente con Opinión Legal y Técnica correspondiente (...)” y teniendo ambos documentos, solicitan la aprobación de dicha iniciativa, sustentando que desde tiempos de la colonia e independencia, cada año, los Zepiteños, concurren regocijados y con mucho fervor cívico en el mes de agosto, al tradicional aniversario de la batalla de Zepita en las pampas de Chua Chua, indicando que es una de las festividades más ceremoniales de la Región Puno, debido a que tiene un periodo de duración de más de tres días de actividades costumbristas, con características muy originales de inicio a fin. Constituyendo el aspecto más resaltante de esta fiesta.

Que, el Consejo Regional en Pleno después del respectivo debate y votación; en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Ley Nº 29053, Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926 y la Ley 28961. El Pleno del Consejo Regional, por mayoría legal;

ORDENA:

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Artículo Primero.- RECONOCER Y DECLARAR de Interés regional “La Batalla de Zepita en las pampas de Chua Chua, Símbolo del Patriotismo e Identidad Nacional”.

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Artículo Segundo.- DECLARAR, de Interés y Necesidad publica regional la Elaboración de Expediente Técnico Puesta en Valor de “La Batalla de Zepita en las pampas de Chua Chua, Símbolo del Patriotismo e Identidad Nacional”.

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Artículo Tercero.- INCORPORAR, “La Batalla de Zepita en las pampas de Chua Chua, Símbolo del Patriotismo e Identidad Nacional” en el Calendario Cívico Militar, mediante la Cuarta Brigada de Montaña del Ejército Peruano – Región Puno.

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Artículo Cuarto.- DISPONER, al Comité del Bicentenario Regional Puno, incluir en las Actividades conmemorativas del Bicentenario del País, a “La Batalla de Zepita en las pampas de Chua Chua, Símbolo del Patriotismo e Identidad Nacional”.

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Artículo Quinto.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 42º de la Ley Nº 27867 - Ley orgánica de Gobiernos Regionales, en el Portal Institucional electrónico del Gobierno Regional Puno y en los medios necesarios para el cumplimiento y ejecución de la presente, bajo responsabilidad.

POR TANTO:

Comuníquese al señor Gobernador Regional de Puno para su promulgación.

En Puno, a los 27 días del mes de abril del año dos mil veintiuno.

JORGE ANTONIO ZÚÑIGA PINEDA

Presidente del Consejo Regional

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Mando se publique, registre, cumpla.

Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Puno, a los 17 días del mes de junio del año 2021.

AGUSTIN LUQUE CHAYÑA

Gobernador Regional


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