RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000188-2021-JN/ONPE
Aprueban la conformación de seis (6) Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para la organización y ejecución de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2021
20210719Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 18/07/2021 |
---|---|
Fecha de Publicación : | 19/07/2021 |
Entrada en vigencia : | 20/07/2021 |
Estado : |
Lima, 18 de julio de 2021
VISTOS: El Memorando Nº 002153-2021-GOECOR/ONPE de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional; el Memorando Nº 000888-2021-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral; el Informe Nº 000153-2021-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000095-2021-GG/ONPE de la Gerencia General; así como el Informe Nº 000410-2021- GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Mediante Resolución Nº 0737-2021-JNE publicada en el diario oficial El Peruano el 13 de julio de 2021, el Jurado Nacional de Elecciones convocó a Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2021, para el domingo 10 de octubre de 2021;
El artículo 39 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, dispone que el Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales define el número, la ubicación y la organización de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE), de acuerdo con las circunscripciones electorales que determina la ley;
El artículo 24 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, señala que las ODPE se conformarán para cada proceso electoral de acuerdo a las circunscripciones electorales y tipo de distrito electoral que regirá en el proceso en curso. El Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales establecerá el número, ubicación y organización de las ODPE, de acuerdo con las circunscripciones electorales que determine el Jurado Nacional de Elecciones;
Asimismo, el artículo 27 de la citada norma dispone que las ODPE están a cargo de organizar y ejecutar las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos electorales en sus respectivas circunscripciones;
Por el Informe de vistos, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, propone a la Gerencia General la conformación de seis (6) ODPE para llevar a cabo la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2021, precisando que dicha conformación se ha realizado teniendo en cuenta los criterios geográficos de continuidad espacial, contigüidad, vecindad y accesibilidad, lo cual está de acuerdo al procedimiento “Conformación de la ODPE”, Código: PR01-GPP/COD. Esta propuesta fue consensuada con las Gerencias de Organización Electoral y Coordinación Regional y de Gestión Electoral;
La Gerencia General mediante Informe de vistos, eleva a la Jefatura Nacional la referida propuesta para la conformación de seis (6) ODPE, para llevar a cabo la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2021;
Así, con la finalidad de asegurar las acciones necesarias para el desarrollo de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2021, resulta necesario aprobar la resolución jefatural correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en los literales c) y g) del artículo 5 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, y en los literales f) y s) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones institucional, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias;
Con los vistos de la Secretaría General, de la Gerencia General, así como de las Gerencias de Planeamiento y Presupuesto, Organización y Coordinación Electoral, Gestión Electoral y de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR la conformación de seis (6) Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para la organización y ejecución de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2021, a realizarse el domingo 10 de octubre de 2021; cuya relación en Anexo forma parte de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el contenido de la presente Resolución y su anexo.
Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución, y de su anexo, en el diario oficial “El Peruano” y en el portal Institucional www.onpe.gob.pe, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS
Jefe
OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
CONFORMACION DE ODPE CONSULTA POPULAR DE REVOCATORIAS 2021
ODPE | NOMBRE ODPE | SEDE | UBIGEO | DEPARTAMENTO | PROVINCIA | DISTRITO |
1 | CUSCO | CUSCO | 030217 | APURIMAC | AYMARAES | JUSTO APUSAHUARAURA |
CUSCO | CUSCO | 030503 | APURIMAC | COTABAMBAS | COTABAMBAS | |
CUSCO | CUSCO | 071009 | CUSCO | PARURO | PILLPINTO | |
2 | HUANCAYO | HUANCAYO | 080515 | HUANCAVELICA | TAYACAJA | ÑAHUIMPUQUIO |
HUANCAYO | HUANCAYO | 110120 | JUNIN | HUANCAYO | HUAYUCACHI | |
3 | HUARAZ | HUARAZ | 020107 | ANCASH | HUARAZ | LA LIBERTAD |
HUARAZ | HUARAZ | 090505 | HUANUCO | MARAÑON | SANBUENAVENTURA | |
4 | LIMA | LIMA | 100202 | ICA | CHINCHA | CHAVIN |
LIMA | LIMA | 140611 | LIMA | HUAROCHIRI | LANGA | |
LIMA | LIMA | 140725 | LIMA | YAUYOS | TAURIPAMPA | |
5 | PIURA | PIURA | 190704 | PIURA | TALARA | LOBITOS |
6 | TACNA | TACNA | 201005 | PUNO | YUNGUYO | CUTURAPI |
TACNA | TACNA | 220110 | TACNA | TACNA | SAMA |