ACUERDO DE CONCEJO Nº 81-2018-A/MDNC
Aprueban inmatriculación como primera inscripción de dominio ante la SUNARP de predio ubicado en la ciudad de Nueva Cajamarca, a favor de la Municipalidad (Se publica el presente Acuerdo de Concejo a solicitud de la Municipalidad Distrital de Nueva Cajamarca, mediante Oficio Nº 166-2021-A/MDNC, recibido el 15 de junio de 2021)
20210617Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 31/10/2018 |
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Fecha de Publicación : | 17/06/2021 |
Entrada en vigencia : | 18/06/2021 |
Página El Peruano: | 153 |
Estado : |
NUEVA CAJAMARCA, 31 DE OCTUBRE DE 2018
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
NUEVA CAJAMARCA.
VISTO:
El acta de sesión ordinaria Nº 20-2018, de fecha 20 de octubre de 2018, a convocatoria del señor alcalde Luis Gilberto Nuñez Sanchez, reunidos los señores regidores: Felícita Ruiz de Herrera, Juan Mihuel Moreno Ruiz, José Orlando Vera Villacorta, Reynaldo Maldonado Jara, María Yovany Guevara Pérez, María Elizabeth Cabrera Pérez, Carlos Alberto Hidalgo Sánchez, aprobó el presente acuerdo, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la constitución Política del Estado; dispone; Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa de los asuntos de su competencia. La autonomía que la constitución Política del Estado establece para las municipalidades radica en facultad de ejercer actos de Gobierno administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, en mérito al CONVENIO Nº 012-2014-A//MPR – DELEGACIÓN DE FACULTADES PARA OTORGAMIENTO DE TÍTULOS DE PROPIEDAD, suscrito entre la Municipalidad Provincial de Rioja y la Municipalidad Distrital de Nueva Cajamarca, de fecha 19 de junio del 2014, en la cual la cláusula primera, inciso1.2.3 establece que: Mediante ordenanza Municipal Nº 024 – CM/MPR, de fecha 18 de noviembre del 2013, la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE RIOJA dispone delegar a favor de MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVA CAJAMARCA, sus facultades en materia de SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL de las posesiones informales de predios para viviendas, ubicados en el ámbito de la jurisdicción distrital de su competencia; como también en la cláusula Cuarta del objeto del convenio establece: La delegación de facultades por parte de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE RIOJA a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVA CAJAMARCA para la expedición de Títulos de Propiedad de TERRENOS MUNICIPALES INSCRITOS Y POR INSCRIBIRSE (mediante por la cual se pide aprobar la inmatriculación por ser este un predio por inscribirse), y según la cláusula novena donde especifica la vigencia del convenio de 6 años estaría vigente hasta el 19 de junio del 2019.
Que, el artículo segundo de la ordenanza Nº 024-2013-CM/MPR, de fecha 18 de noviembre de 2013, establece lo siguiente: “En consecuencia por el mérito de la delegación de facultades, la Municipalidad Distrital de Nueva Cajamarca ejercerá atribuciones para el saneamiento físico legal y/o titulación de predios ubicados en su ámbito distrital; a dicho efecto puede realizar: Actos administrativos que conlleve reconocimiento, verificación, titulación, independización, subdivisión, acumulaciones, rectificaciones, recomposiciones, INMATRICULACIÓN, cambio de uso, prescripciones adquisitivas, saneamiento físico lega de posesiones informales y asentamientos humanos, zonificación, catastro urbano y rural, habilitaciones urbanas en todas sus modalidades, según el reglamento Nacional de edificaciones (RNE), acondicionamiento territorial, renovación urbana, infraestructura urbana o rural básica, viabilidad y patrimonio histórico cultural y otras formas de distribuciones del suelo urbano dentro de su jurisdicción. Así como, el saneamiento físico legal de bienes de propiedad privada de la Municipalidad Distrital de Nueva Cajamarca. Del mismo modo, la facultad para recibir donaciones a favor de la Municipalidad. Así mismo, la suscripción de adjudicación de terrenos de propiedad municipal, todos aquellos que inscriban a favor de la misma y se encuentren dentro de la jurisdicción de Nueva Cajamarca.
Que, el artículo 20º numerales 3 y 23 de la Ley Nº 27972 de la ley orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Alcalde ejecutar acuerdos de concejo municipal, bajo responsabilidad y celebrar actos contratos y convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones.
Que, el artículo 56º numeral 1 de la ley 27972 indican que: son bienes de las municipalidades los bienes inmuebles y muebles de uso público destinados a servicios públicos locales; en tanto que el artículo 58º referido a la inscripción de bienes municipales en el registro de la propiedad, concordante con el primer párrafo de la octava disposición complementaria de este mismo dispositivo legal establece que: los predios que correspondan a las municipalidades, se inscriben en los registros públicos, a petición del alcalde y por el mérito del acuerdo de concejo correspondiente, siempre que no se encuentre inscrito a favor de terceros.
Que el artículo 41º concordante con el artículo 17º de la citada ley orgánica de las municipalidades establece que los acuerdos son decisiones que toma el concejo referidos a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, mediante informe Nº 379-2018-JNTG/DdCDUyAT/MDNC, de fecha 16 de octubre de 2018, la División de Catastro, Desarrollo Urbano y Acondicionamiento Territorial de la Municipalidad Distrital de Nueva Cajamarca, da cuenta que ha revisado y analizado el expediente presentado por el señor Euberto Cruz Maldonado, quien solicita aceptación y donación de un predio con un área de 30,110.34 m2, ubicado en el sector Las Palmeras IV etapa, con fines de inmatriculación, a favor de la municipalidad distrital de Nueva Cajamarca. Solicita elevar a sesión de concejo, para lo cual anexa los documentos que acredita la propiedad, certificado de búsqueda catastral, plano de ubicación – localización, plano perimétrico y memoria descriptiva.
Que, el área de 30,110.34 m2 ubicado frente al jirón México, que corresponde al predio urbano sector LAS PALMERAS IV ETAPA, no cuenta con partida registral, tal como lo demuestra el certificado de búsqueda catastral; por lo que es necesario dar las facilidades a los pobladores del sector Las Palmeras IV etapa, para que cuenten con servicios básicos;
Que estando a las consideraciones expuestas en los artículos 39º y 41º de la Ley Orgánica Municipales Nº 27972, la Municipalidad Distrital de Nueva Cajamarca, contando con la opinión de la oficina de Asesoría Jurídica a través del Informe Legal Nº 308-2018-OAJ/MDNC, de fecha 25 de octubre de 2018, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, por mayoría;
SE ACORDÓ:
Artículo 1º.- APROBAR la inmatriculación como primera inscripción de dominio ante la Superintendencia Nacional de los Registro Públicos – SUNARP, del predio ubicado frente al Jr. México del sector Las Palmeras IV Etapa – ciudad de Nueva Cajamarca, distrito de Nueva Cajamarca, provincia de Rioja, región San Martín, con un área de 30,110.34 m2 y un perímetro de 705.75 ml., a favor de la Municipalidad Distrital de Nueva Cajamarca, de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa del presente acuerdo.
Artículo 2º.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo por una sola vez, de conformidad con lo establecido en el Artículo 38º del reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobados por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, sin perjuicio de su publicación en el portal institucional.
Artículo 3º.- DISPONER que la Gerencia de Infraestructura Desarrollo Urbano y Rural en coordinación con la División de Catastro, Desarrollo Urbano y Acondicionamiento Territorial, se encarguen de ejecutar las acciones administrativas necesarias para la inscripción del referido predio urbano ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos – SUNARP.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
LUIS GILBERTO NÚÑEZ SÁNCHEZ
Alcalde