DS 60-2021-PCMDS_60_2021_PCM

DECRETO SUPREMO Nº 060-2021-PCM

Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias del departamento de Junín, por impacto de daños a consecuencia de heladas

[+] Datos Generales
20210401Legislacion
Fecha de Promulgación :31/03/2021
Fecha de Publicación :01/04/2021
Entrada en vigencia :02/04/2021
Estado :

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EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 68.1 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, en concordancia con el numeral 6.4 del artículo 6 y con el numeral 9.1 del artículo 9 de la “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres - SINAGERD”, aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; la solicitud de declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inminente o por la ocurrencia de un desastre es presentada por el Gobierno Regional al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), con la debida sustentación;

Que, mediante el Oficio Nº 21-2021-GRJ/PRDC-PR, de fecha 16 de marzo de 2021, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Junín, solicita al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), la declaratoria del Estado de Emergencia en varios distritos de siete provincias del departamento de Junín, por impacto de daños a consecuencia de heladas;

Que, el numeral 68.2 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, establece que el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) opina sobre la procedencia de la solicitud de declaratoria de Estado de Emergencia, para cuyo fin emite el informe técnico respectivo;

Que, mediante el Oficio Nº 1161-2021-INDECI/5.0 de fecha 29 de marzo de 2021, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) remite el Informe Técnico Nº 00036-2021-INDECI/11.0, de fecha 27 de marzo de 2021, emitido por el Director de Respuesta de dicha Entidad, quien opina por la procedencia de la solicitud de declaratoria de Estado de Emergencia, señalando que, entre el 18 y 20 de febrero se registraron heladas en diversas zonas de la región Junín, afectando de manera significativa a los medios de vida (agrícola y pecuaria) principalmente en las provincias de Huancayo, Concepción, Jauja, Yauli, Chupaca, Junín y Tarma, del departamento de Junín; por lo que se hace necesaria la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación, a cargo de las entidades del nivel nacional;

Que, para la elaboración del Informe Técnico Nº 00036-2021-INDECI/11.0, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), ha tenido en consideración el sustento contenido en: (i) el Informe Técnico N° 003-2021-GRJ/PRDC-ST, de fecha 15 de marzo de 2021, de la Secretaría Técnica de la Plataforma de Defensa Civil del Gobierno Regional de Junín; (ii) el Memorando Nº 323-2021-GRJ/GRPPAT, de fecha 3 de marzo de 2021, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Junín; (iii) el Aviso Meteorológico N° 032-2021/SENAMHI, “Descenso de temperatura nocturna en la sierra”, de fecha 13 de febrero de 2021, emitido por el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI; (iv) el Informe de Emergencia Nº 369-26/3/2021/COEN-INDECI/15:50 Horas (Informe N° 1); (v) el Informe de Emergencia Nº 370-26/3/2021/COEN-INDECI/15:30 Horas (Informe N° 1); (vi) el Informe de Emergencia Nº 372-26/3/2021/COEN-INDECI/17:00 Horas (Informe N° 1); (vii) el Informe de Emergencia Nº 374-26/3/2021/COEN-INDECI/17:30 Horas (Informe N° 1); y, (viii) el Informe de Emergencia Nº 377-26/3/2021/COEN-INDECI/22:30 Horas (Informe N° 1), emitidos por el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN) administrado por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI);

Que, asimismo, en el mencionado informe técnico se señala que para las acciones a desarrollarse durante la declaratoria de Estado de Emergencia, el Gobierno Regional de Junín y los gobiernos locales involucrados, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, y demás instituciones públicas y privadas involucradas, en cuanto les corresponda, ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan. Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentados en los estudios técnicos de las entidades competentes;

Que, estando a lo expuesto, y en concordancia con lo establecido en el numeral 43.2 del artículo 43 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, en el presente caso, se configura una emergencia de nivel 4;

Que, adicionalmente, el Informe Técnico Nº 00036-2021-INDECI/11.0 señala que la capacidad de respuesta del Gobierno Regional de Junín ha sido sobrepasada, por lo que resulta necesaria la intervención técnica y operativa de las entidades del Gobierno Nacional, recomendando se declare el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias del departamento de Junín, por impacto de daños a consecuencia de heladas, que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte del presente decreto supremo, por sesenta (60) días calendario, teniendo en consideración la magnitud de los daños y la complejidad de la solución, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan. Para dicho efecto se cuenta con la opinión favorable del Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 21 de la “Norma Complementaria sobre Declaratoria de Estado de Emergencia, en el marco de la Ley N° 29664, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres - SINAGERD”, aprobada por Decreto Supremo N° 074-2014-PCM, el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, debe efectuar las acciones de coordinación y seguimiento a las recomendaciones y acciones inmediatas y necesarias que se requieran o hayan sido adoptadas por el Gobierno Regional y/o los sectores involucrados, en el marco de la Declaratoria de Estado de Emergencia aprobada, debiendo remitir a la Presidencia del Consejo de Ministros, el informe de los respectivos resultados, así como de la ejecución de las acciones inmediatas y necesarias, establecida durante la vigencia del Estado de Emergencia;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 137 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); el Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; y, la “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres - SINAGERD”, aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República:

DECRETA:

Artículo 1.- Declaratoria del Estado de Emergencia

Declárese el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias del departamento de Junín, por impacto de daños a consecuencia de heladas, que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte del presente decreto supremo, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan.

KEYWORDS:

Artículo 2.- Acciones a ejecutar

El Gobierno Regional de Junín, y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, y demás instituciones públicas y privadas involucradas; ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación en las zonas afectadas. Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.

KEYWORDS:

Artículo 3.- Financiamiento

La implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente.

KEYWORDS:

Artículo 4.- Refrendo

El presente decreto supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Salud, el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, el Ministro del Interior y la Ministra de Defensa.

KEYWORDS:
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Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta y un días del mes de marzo del año dos mil veintiuno.

FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER

Presidente de la República

VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA

Presidenta del Consejo de Ministros

NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ

Ministra de Defensa

FEDERICO TENORIO CALDERÓN

Ministro de Desarrollo Agrario y Riego

SILVANA VARGAS WINSTANLEY

Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

JOSÉ MANUEL ANTONIO ELICE NAVARRO

Ministro del Interior

ÓSCAR UGARTE UBILLUZ

Ministro de Salud

ANEXO

DISTRITOS DECLARADOS EN ESTADO DE EMERGENCIA POR IMPACTO DE DAÑOS A CONSECUENCIA DE HELADAS
DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO
HUANCAYO 1 INGENIO
2 QUICHUAY
3 HUALHUAS
4 PUCARA
5 CHUPURO
6 HUACRAPUQUIO
7 SAN JERÓNIMO DE TUNAN
8 SAPALLANGA
CONCEPCION 9 CONCEPCION
10 ACO
11 HEROINAS TOLEDO
12 MITO
13 MATAHUASI
14 SAN JOSE DE QUERO
15 SANTA ROSA DE OCOPA
JAUJA 16 ACOLLA
17 APATA
18 ATAURA
19 CANCHAYLLO
JUNÍN 20 CURICACA
21 EL MANTARO
22 HUARIPAMPA
23 HUERTAS
24 JANJAILLO
25 MASMA
26 MASMA CHICCHE
27 MOLINOS
28 MUQUI
29 PACA
30 PACCHA
31 PANCAN
32 POMACANCHA
33 RICRAN
34 SAN LORENZO
35 SAN PEDRO DE CHUNAN
36 SINCOS
YAULI 37CHACAPALPA
38 HUAYHUAY
39 PACCHA
CHUPACA 40 HUACHAC
41 YANACANCHA
JUNIN 42 ONDORES
TARMA 43 HUARICOLCA
44 SAN PEDRO DE CAJAS


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