RAD 495-2019-CE-PJRAD_495_2019_CE-PJ

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 495-2019-CE-PJ

Modifican los Anexos N°s. 1 y 3 e incluyen los Anexos N°s. 5 y 6 en la Res. Adm. N° 246-2019-CE-PJ, referidos al Sistema Nacional de Contabilidad, Sistema Nacional de Abastecimiento, Sistema Nacional de Tesorería y Modelo de Informe de Visita Administrativa a Corte Superior de Justicia

[+] Datos Generales
Legislacion
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Lima, 11 de diciembre de 2019

VISTO:

El Oficio N° 002085-2019-GG-PJ, cursado por la Gerencia General del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 246-2019-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el “Protocolo de Visitas Administrativas a las Cortes Superiores de Justicia”, documento que tiene por finalidad coadyuvar al desarrollo de las labores administrativas, respecto del cumplimiento de la normativa administrativa emitida por los órganos rectores de los sistemas administrativos; así como las disposiciones internas emitidas por los órganos de dirección y la Gerencia General del Poder Judicial, mediante acciones de control y supervisión.

Segundo. Que, para efectos de realizar el análisis y evaluación de la gestión administrativa en las Cortes Superiores de Justicia del país, el protocolo considera el uso de Formatos de Verificación de Actividades de Cumplimiento de la Normativa, referidos a los Sistemas Administrativos de Contabilidad (Anexo N° 1), Recursos Humanos (Anexo N° 2), Abastecimiento (Anexo N° 3) y Sistema de Recaudación Judicial (Anexo N° 4).

Tercero. Que, la Gerencia de Administración y Finanzas, órgano de línea de la Gerencia General, encargada de programar, organizar, dirigir, ejecutar y/o supervisar las actividades relacionadas con los procesos técnicos de Contabilidad, Tesorería, Logística y Control Patrimonial del Poder Judicial, a nivel nacional, conforme al Reglamento de Organización y Funciones de la Gerencia General, aprobado por Resolución Administrativa N° 251-2016-CE-PJ, ha realizado el análisis de los mencionados Formatos de Verificación de Actividades de Cumplimiento de la Normativa, concluyendo en la necesidad de su modificación, para que sirva a su finalidad.

Cuarto. Que, la propuesta de modificación considera el cambio de denominación del Anexo 1, de Sistema Administrativo de Contabilidad por el de Sistema Nacional de Contabilidad, así como adicionar a su contenido actividades de verificación de operaciones y procedimientos de registros contables; control previo en las actividades de rendiciones de viáticos, encargos, y devengados; validaciones y análisis de saldos; conciliaciones de saldos contables; integración contable; emisión y presentación de la información financiera; entre otros.

Quinto. Que, respecto al Anexo N° 3, se sugiere el cambio de denominación de Sistema Administrativo de Abastecimiento por el de Sistema Nacional de Abastecimiento; así como adicionar actividades que permitan verificar el cumplimiento de la Ley de Contrataciones; de la Directiva interna de contrataciones de bienes y servicios por importes iguales o inferiores a 8 UIT; administración del almacén; administración de servicios, como alquileres, limpieza, mantenimiento, entre otros; administración de los bienes patrimoniales y vehículos; administración de seguros; combustibles y lubricantes; inventarios, entre otros.

Sexto. Que, la propuesta de la Gerencia de Administración y Finanzas incluye un nuevo formato de verificación de cumplimiento de la normativa, denominado Anexo N° 5, Sistema Nacional de Tesorería, el cual incluye temas de verificación relacionados a la administración de los Recursos Directamente Recaudados; devoluciones de ingresos RDR; actividades de control previo y simultáneo a los importes devengados (pagos a proveedores, planillas de remuneraciones, planillas de pensionistas, reembolsos de fondos de caja chica, viáticos y encargos); emisión de cheques; pagos de impuestos, retenciones y aportaciones; custodia de Cartas Fianzas; conciliación de cuentas bancarias y de cuentas de enlace; entre otros. Asimismo, incluye el Anexo N° 6, denominado modelo de “Informe de Visita Administrativa a las Cortes Superiores de Justicia”, lo que facilitará el análisis de los resultados sobre un documento estandarizado, que contendrá una codificación para controlar su emisión y la implementación de recomendaciones en las unidades orgánicas visitadas.

Sétimo. Que, la propuesta de modificación de los listados de verificación de cumplimiento de la normativa antes referida, e inclusión de otros similares, permitirá contar con información relevante para una adecuada evaluación de la gestión administrativa de las Cortes Superiores de Justicia del país, como operadores de los diversos sistemas administrativos objeto de control y supervisión.

Octavo. Que, la propuesta cuenta con opinión favorable de la Subgerencia de Racionalización de la Gerencia de Planificación y la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia General.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1481-2019 de la cuadragésimo setima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More y Castillo Venegas, sin la intervención del señor Consejero Álvarez Trujillo y de la señora Consejera Pareja Centeno por encontrarse de licencia, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Modificar los Anexos Nros. 1 y 3 contenidos en la Resolución Administrativa N° 246-2019-CE-PJ, los mismos que se denominarán Sistema Nacional de Contabilidad y Sistema Nacional de Abastecimiento, respectivamente; que forman parte integrante de la presente resolución.

KEYWORDS:

Artículo Segundo.- Incluir los Anexos Nros. 5 y 6 en la Resolución Administrativa N° 246-2019-CE-PJ, denominados Sistema Nacional de Tesorería y Modelo de Informe de Visita Administrativa a Corte Superior de Justicia, respectivamente; que forman parte integrante de la presente resolución.

KEYWORDS:

Artículo Tercero.- Disponer que la presente resolución entrará en vigencia, a partir del día siguiente de publicada en el Diario Oficial del Bicentenario El Peruano.

KEYWORDS:

Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución y los documentos aprobados, en el Portal Institucional del Poder Judicial; para su difusión y cumplimiento.

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Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; Órgano de Control Institucional; y, a la Gerencia General, para su conocimiento y fines pertinentes.

KEYWORDS:
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Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO

Presidente


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