RM 1162-2019-MINSARM_1162_2019_MINSA

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1162-2019/MINSA

Dan por finalizado proceso de revisión de Lista Sectorial de las Políticas Nacionales bajo la rectoría o conducción del Ministerio de Salud y dictan diversas disposiciones

[+] Datos Generales
20191220Legislacion
Fecha de Promulgación :19/12/2019
Fecha de Publicación :20/12/2019
Entrada en vigencia :21/12/2019
Página El Peruano:29
Estado :

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Lima, 19 de diciembre del 2019

VISTO: El Expediente N° 19-142808-001, que contiene la Nota Informativa N° 0806-2019-OGPPM-OPEE/MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 1616-2019-OGAJ/MINSA emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 4 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Poder Ejecutivo tiene la competencia exclusiva de diseñar y supervisar las políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno;

Que, mediante Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, se aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, cuyo objeto es regular las políticas nacionales de competencia exclusiva del Poder Ejecutivo, estableciendo las normas que rigen su rectoría, en el marco de la Ley N° 29158;

Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del referido Reglamento que regula las Políticas Nacionales, a fin de adecuar las políticas nacionales estratégicas vigentes a lo previsto en el mismo, se establece que los Ministerios recopilan, organizan y analizan las políticas nacionales estrategias y otros documentos que hagan sus veces, a su cargo o en los que participen, aprobados hasta antes de la entrada en vigencia del indicado Reglamento, a fin de remitir al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, la lista sectorial de políticas nacionales que proponen mantener o, de ser el caso, actualizar;

Que, asimismo, el numeral 6 de la citada Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento que regula las Políticas Nacionales establece que con la opinión técnica previa del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, cada Ministerio aprueba mediante resolución de su titular la lista sectorial de políticas nacionales bajo su rectoría o conducción; y que todas las políticas nacionales que no se encuentren en dicha resolución ministerial, quedan derogadas a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano;

Que, bajo ese marco normativo, el Ministerio de Salud ha participado del proceso de revisión e inventario de las políticas nacionales vigentes, bajo su rectoría o conducción;

Que, mediante Informe N°321-2019-OPEE-OGPPM/MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, efectúa la revisión y análisis respectivo para la determinación de la lista sectorial de documentos de políticas nacionales en coordinación con los órganos de línea del Ministerio de Salud, y solicita opinión técnica al CEPLAN;

Que, mediante Oficio N° D000511-2019-CEPLAN-DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico presenta el Informe Técnico N° D000037-2019-CEPLAN-DNCPPN, en el cual, entre otros, se concluye que el Ministerio de Salud proceda con la aprobación de la Resolución Ministerial mediante la cual se finaliza el proceso de revisión de inventario de documentos, precisando que ninguno de los documentos alcanzados por el Ministerio de Salud para revisión, se actualizarán como Política Nacional de acuerdo a la metodología del CEPLAN; asimismo se precisa que para la redacción de dicha Resolución se deberá considerar la opinión técnica emitida por el CEPLAN;

Que, atendiendo a ello, mediante Nota Informativa N° 0806-2019-OGPPM-OPEE/MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización estima procedente la aprobación de la lista sectorial de Políticas Nacionales bajo rectoría o conducción del Ministerio de Salud;

Con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Directora General de la Oficina de Asesoría Jurídica y del Secretario General;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por finalizado el proceso de revisión de la Lista Sectorial de las Políticas Nacionales bajo la rectoría o conducción del Ministerio de Salud.

KEYWORDS:

Artículo 2.- Disponer que los siguientes documentos de gestión mantienen su vigencia hasta su integración en la Política Nacional Multisectorial de Salud al 2030 así como en los instrumentos de gestión del SINAPLAN y propios del Ministerio de Salud:

- Plan Nacional para la Atención Integral del Cáncer y el Mejoramiento del Acceso a los Servicios Oncológicos en el Perú, Decreto Supremo N° 009-2012-SA

- Plan Nacional Multisectorial e Intergubernamental de Prevención y Control del Dengue en el Perú, Decreto Supremo Nº 007-2013-SA

- Plan Multisectorial para la Prevención del Embarazo Adolescente, Decreto Supremo N° 012-2013-SA

- Plan Estratégico Multisectorial para la Prevención y Control de las Infecciones de Transmisión Sexual - ITS y el VIH - PEM ITS VIH 2015-2019, Decreto Supremo N° 035-2015-SA

- Plan de la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera 2014 – 2020, Resolución Ministerial N° 907-2014/MINSA

- Plan Nacional para la eliminación de la Transmisión Materno Infantil del VIH, Sífilis y Hepatitis B en el Perú 2017-2021, Resolución Ministerial N° 985-2016/MINSA

- Plan Malaria Cero 2017-2021, Resolución Ministerial N° 244-2017/MINSA

- Plan Nacional para la Reducción y Control de la Anemia Materno Infantil y la Desnutrición Crónica Infantil en el Perú 2017-2021, Resolución Ministerial N° 249-2017/MINSA

- Plan Nacional para la Promoción de la Donación Voluntaria de Sangre en el Perú 2018-2021, Resolución Ministerial N° 672-2018/MINSA

- Plan Nacional de Fortalecimiento de Servicios de Salud Mental Comunitaria 2018-2021, Resolución Ministerial N° 356-2018/MINSA

- Política Nacional de Medicamentos, Resolución Ministerial N° 1240-2004/MINSA

- Política Nacional de Salud Ambiental 2011-2020, Resolución Ministerial N° 258-2011-SA

- Política Sectorial de Salud Intercultural, Decreto Supremo N° 016-2016-SA

- Política Nacional de Hospitales Seguros frente a los Desastres, Decreto Supremo N° 027-2017-SA

- Lineamientos de Políticas de Salud de los/las Adolescentes, Resolución Ministerial Nº 107/2005/MINSA

- Lineamientos de Política del PRONAHEBAS, Resolución Ministerial N° 628-2006/MINSA

- Lineamientos de Política y Estrategias para la Prevención y Control de Enfermedades No Transmisibles (ENT) 2016-2020, Resolución Ministerial N° 229-2016/MINSA

- Lineamientos de Política de Acceso a Productos Biotecnológicos, Resolución Ministerial N° 259-2016/MINSA

- Lineamientos de Política de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera Evitable, Resolución Ministerial N° 281-2017/MINSA

- Lineamientos de Política de la Promoción de la Salud en el Perú, Resolución Ministerial N° 366-2017-SA

KEYWORDS:

Artículo 3.- Precisar que los siguientes documentos de gestión, mantienen su vigencia y no serán actualizados como políticas nacionales, al corresponder a un mandato legal:

- Plan Nacional de Telesalud, Decreto Supremo N° 028-2005-MTC

- Plan Concertado Nacional de Salud, Resolución Ministerial N° 589-2007/MINSA

- Plan Estratégico Multisectorial de la Respuesta Nacional a la Tuberculosis 2010 – 2019, Decreto Supremo N° 010-2010-SA

KEYWORDS:

Artículo 4.- Precisar que los siguientes documentos de gestión, mantienen su vigencia y no serán actualizados como políticas nacionales, al tener una naturaleza distinta a una política nacional:

- Ley que modifica el artículo 11 de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, y Garantiza los Derechos de las Personas con problemas de Salud Mental, Ley Nº 29889

- Ley Prevención y control de la Tuberculosis en el Perú, Ley N° 30287

- Ley que declara de Interés Nacional y Preferente Atención el Tratamiento de Personas que padecen Enfermedades Raras o Huérfanas, Ley N° 29698

- Reglamento de la Ley de Inocuidad de los Alimentos, Decreto Supremo N° 034-2008-AG

- Norma Técnica de Salud de la Unidad Productora de Servicios de Medicina de Rehabilitación, Resolución Ministerial N° 308-2009/MINSA

- Norma Técnica de Salud de Planificación Familiar, Norma Técnica N° 652-2016/MINSA

- Norma Técnica de Salud para el control del Crecimiento y Desarrollo de la niña y el niño menores de cinco años, NTS N° 137-MINSA/2017/DGIESP, Resolución Ministerial Nº 537-2017/MINSA

- Norma Técnica de Salud para la atención Integral de Salud de la etapa de vida Adulto Mujer y Varón, NTS Nº 046-MINSA/DGSP-V.01, Resolución Ministerial N° 626-2006/MINSA

- Norma Técnica de Salud para la Atención Integral de Salud de las Personas Adultas Mayores, NTS Nº 043-MINSA/DGSP-V.01, Resolución Ministerial N° 529-2006/MINSA

- Norma Técnica de Salud para la atención Integral de Salud en la etapa de Vida Adolescente, NTSº 034-MINSA/DGSP-V.02, Resolución Ministerial N° 973-2012/MINSA

- Norma Técnica de Salud para la Evaluación, Calificación, y Certificación de la Persona con Discapacidad, NTS N° 127-MINSA/2016/DGIESP, Resolución Ministerial N° 981-2016/MINSA

- Norma Técnica de Salud para la implementación de la Estrategia de Rehabilitación Basada en la Comunidad – RBC, Resolución Ministerial N° 457-2017/MINSA

- Norma Técnica de Salud que establece el Esquema Nacional de Vacunación, NTS N°141-MINSA/2018/DGIESP, Resolución Ministerial N° 719-2018/MINSA

- Directiva Sanitaria de Notificación de Brotes, Epidemias y otros eventos de importancia para la Salud Pública, Directiva Sanitaria N°047-MINSA/DGE-V.0 aprobada por Resolución Ministerial N° 545-2012/MINSA

- Directiva Sanitaria de Notificación de Enfermedades y Eventos Sujetos a Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública, Directiva Sanitaria N° 046-MINSA-DGE-V.01, aprobado por Resolución Ministerial N° 506 -2012/MINSA

- Objetivos Sanitarios Nacionales 2007 - 2020 Nº 1: Reducción de Muerte Materna, del Plan Nacional Concertado de Salud aprobado por Resolución Ministerial N° 589-2007/MINSA

KEYWORDS:

Artículo 5.- Disponer que la presente Resolución sea publicada en el diario oficial “El Peruano”, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa).

KEYWORDS:
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Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA ELIZABETH HINOSTROZA PEREYRA

Ministra de Salud


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