RESOLUCIÓN SBS Nº 4619-2019
Autorizan a AFP Integra el cambio de dirección de agencia ubicada en el distrito, provincia y departamento de Cusco
20191018Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 04/10/2019 |
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Fecha de Publicación : | 18/10/2019 |
Entrada en vigencia : | 18/10/2019 |
Página El Peruano: | 55 |
Estado : | |
Comentario: | Esta norma entró en vigencia el mismo día de su publicación, según su art. 5. |
Lima, 4 de octubre 2019
LA INTENDENTE DEL DEPARTAMENTO DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES PREVISIONALES DE LA SUPERINTENDENCIA ADJUNTA DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
VISTOS:
La comunicación de AFP Integra Nº LEG-041/2019 del 25/09/2019 ingresada el 25 de setiembre de 2019 con registro Nº 2019-00059400, y el Informe Nº 162-2019-DSIP del Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales.
CONSIDERANDO:
Que, mediante comunicación de vistos, AFP Integra solicita a esta Superintendencia se autorice el cambio de dirección de su agencia ubicada en la Av. El Sol Nº 347, Departamento, Provincia y Distrito de Cusco; hacia la nueva dirección ubicada en la Av. De La Cultura Nº 1907-C, Urb. Magisterio, Departamento, Provincia y Distrito de Cusco;
Que, mediante Resolución Nº00011-1994EF/SAFP y Certificado Nº IN013 del 14 de enero de 1994 se autorizó a AFP Integra el funcionamiento de la agencia ubicada en la Av. El Sol Nº 347, Departamento, Provincia y Distrito de Cusco;
Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales, mediante Informe Nº 162-2019-DSIP de fecha 27 de setiembre de 2019;
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, y sus modificatorias, la Resolución Nº 053-98-EF/SAFP y sus modificatorias, y la Resolución SBS Nº 842-2012;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a AFP Integra el cambio de dirección de su agencia ubicada en la Av. El Sol Nº 347, Departamento, Provincia y Distrito de Cusco; a la nueva dirección ubicada en la Av. De La Cultura Nº 1907-C, Urb. Magisterio, Departamento, Provincia y Distrito de Cusco;
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el Certificado Nº IN013, que fuera emitido al amparo de lo dispuesto en la Resolución Nº00011-1994EF/SAFP.
Artículo Tercero.- Expedir y otorgar el Certificado Definitivo Nº IN049, con la nueva dirección referida en el Artículo Primero de la presente resolución.
Artículo Cuarto.- AFP Integra, a efecto del cambio de dirección que se autoriza por la presente Resolución, deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 15º del Título III del Compendio de Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondo de Pensiones, referido a Gestión Empresarial, aprobado por Resolución Nº 053-98-EF/SAFP.
Artículo Quinto.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese
MILAGROS RIVADENEYRA BACA
Intendente del Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales