R 293-2019-CGR_293_2019_CG

RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 293-2019-CG

Autorizan la incorporación de mayores fondos públicos al Presupuesto Institucional de la Contraloría General para el Año Fiscal 2019

[+] Datos Generales
20191001Legislacion
Fecha de Promulgación :27/09/2019
Fecha de Publicación :01/10/2019
Entrada en vigencia :02/10/2019
Página El Peruano:83
Estado :

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Lima, 27 de setiembre de 2019

VISTOS:

El Memorando Nº 000414-2019-CG/GMPL, de la Gerencia de Modernización y Planeamiento; la Hoja Informativa N° 000452-2019-CG/PRESU, de la Subgerencia de Presupuesto; y, la Hoja Informativa Nº 000439-2019-CG/GJN, de la Gerencia Jurídico Normativa de la Contraloría General de la República;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Contraloría N° 542-2018-CG, de fecha 28 de diciembre de 2018, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 019: Contraloría General, ascendente a Quinientos ochenta y tres millones setecientos noventa y cuatro mil setecientos noventa y uno y 00/100 soles (S/ 583 794 791,00);

Que, a través de la Hoja Informativa Nº 000452-2019-CG/PRESU, la Subgerencia de Presupuesto sustenta la incorporación de mayores recursos presupuestales en el Presupuesto Institucional del Pliego 019: Contraloría General, para el Año Fiscal 2019, proveniente de los recursos transferidos en la fuente de financiamiento de Donaciones y Transferencias, por la suma de Quinientos diecinueve mil doscientos diecisiete y 00/100 soles (S/ 519 217,00), para la contratación de las Sociedades de Auditoría, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias;

Que, el numeral 50.1 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las incorporaciones de mayores ingresos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad, cuando provienen de Fuentes de Financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios y recursos por operaciones oficiales de crédito que se produzcan durante el año fiscal, entre otros;

Que, de acuerdo con el Decreto Supremo N° 027-2019-EF, y modificatorias, se establecen límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos provenientes de saldos de balance para el Año Fiscal 2019 que se destinen al financiamiento del gasto corriente en los Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales;

Que, el numeral 20.2 del artículo 20 de la Directiva N° 001-2019-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01, precisa que los Pliegos que reciben las transferencias financieras incorporan dichos recursos mediante un crédito suplementario, en la meta presupuestaria para la cual fueron transferidas, y en la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, salvo precisión distinta en la normativa vigente;

Que, en el acápite i. del numeral 23.2 del artículo 23 de dicha Directiva, se establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional por incorporación de mayores ingresos públicos, de acuerdo con el numeral 50.1 del artículo 50 del Decreto Legislativo N° 1440, proceden cuando provienen de ingresos no previstos o superiores provenientes de las fuentes de financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito que se produzcan durante el año fiscal;

Que, asimismo, el numeral 34.1 del artículo 34 de las Medidas Complementarias para la Ejecución Presupuestaria de la citada Directiva, establece que, dado el carácter financiero del Presupuesto del Sector Público, sólo procede la incorporación de recursos monetarios, cuyos montos se registran en números enteros;

Que, estando a lo informado por la Gerencia Jurídico Normativa mediante Hoja Informativa Nº 000439-2019-CG/GJN, y conforme a lo expuesto en la Hoja Informativa Nº 000436-2019-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, resulta viable jurídicamente la emisión de la Resolución de Contraloría que autoriza la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 019: Contraloría General, para el Año Fiscal 2019, proveniente de recursos transferidos en la fuente de financiamiento de Donaciones y Transferencias, por la suma de Quinientos diecinueve mil doscientos diecisiete y 00/100 soles (S/ 519 217,00), conforme ha sido sustentado por la Subgerencia de Presupuesto en su Hoja Informativa N° 000452-2019-CG/PRESU;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, y la normatividad presupuestaria vigente; y en uso de las facultades conferidas en los artículos 32 y 33 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias; y la Resolución de Contraloría N° 276-2019-CG;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización

Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos al Presupuesto Institucional del Pliego 019: Contraloría General, para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de Quinientos diecinueve mil doscientos diecisiete y 00/100 soles (S/ 519 217,00), de acuerdo al siguiente detalle:

INGRESOS SOLES
FUENTE DE FINANCIAMIENTO4:DONACIONES Y TRANSFERENCIAS519,217.00
1.4:Donaciones y Transferencias519,217.00
1.4.1:Donaciones y TransferenciasCorrientes519,217.00
1.4.1 3:De Otras Unidades de Gobierno519,217.00
1.4.1 3.1.De Otras Unidades de Gobierno519,217.00
1.4.1 3.1 2:Del Gobierno Nacional136,547.00
1.4.1 3.1 3:De los Gobiernos Regionales340,626.00
1.4.1 3.1 4:De los Gobiernos Locales42,044.00
TOTAL INGRESOS519,217.00
EGRESOSSOLES
SECCIÓN PRIMERA:Gobierno Central
PLIEGO019:Contraloría General
UNIDAD EJECUTORA001:Contraloría General
CATEGORÍA PRESUPUESTAL9002:Asignaciones Presupuestales que no Resultan en producto519,217.00
PRODUCTO3999999:Sin Producto519,217.00
ACTIVIDAD 5000759:Fiscalización y Control de la Gestión Pública519,217.00
FUENTE DE FINANCIAMIENTO4DONACIONES Y TRANSFERENCIAS519,217.00
5. GASTOS CORRIENTES519,217.00
2.3 Bienes y Servicios519,217.00
TOTAL EGRESOS519,217.00
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Artículo 2.- Codificación

La Subgerencia de Presupuesto solicita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades de Meta y Unidades de Medida.

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Artículo 3.- Notas para Modificación Presupuestaria

Determinar que la Subgerencia de Presupuesto elabore las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, según lo dispuesto en la presente Resolución.

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Artículo 4.- Presentación de la Resolución

Encargar a la Subgerencia de Presupuesto remitir copia de la presente Resolución, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

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Artículo 5.- Publicación

Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe) y en la Intranet de la Contraloría General de la República.

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Regístrese, comuníquese y publíquese.

HUMBERTO RAMÍREZ TRUCIOS

Vicecontralor de Gestión Estratégica e Integridad Pública

Contralor General de la República (e)


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