A 62-2019-G.R.P/CRA_62_2019_G.R.P/CR

ACUERDO Nº 062-2019-G.R.P/CR

Modifican el Artículo Primero del Acuerdo Regional N° 021-2019-G.R.P/CR

[+] Datos Generales
20190926Legislacion
Fecha de Promulgación :19/09/2019
Fecha de Publicación :26/09/2019
Entrada en vigencia :27/09/2019
Página El Peruano:50
Estado :

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CONSEJO REGIONAL

Cerro de Pasco, 19 de septiembre del 2019.

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias, en la Décima Octava Sesión Ordinaria del 17 de septiembre del año dos mil diecinueve, ha aprobado el Acuerdo de Consejo siguiente:

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, norma concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales;

Que, con Acuerdo de Consejo Nº 021-2019-G.R.P/CR se acordó: “RATIFICAR la autorización al Gobernador Regional de Pasco Lic. Pedro Ubaldo Polinar, tomando como referencia el ACUERDO Nº 043-2017-G.R.P/CR y ACUERDO Nº 059-2017-G.R.P/CR, para que continúe con la gestión de la Operación de Endeudamiento Interno, por un monto total de S/. 44’185,739.21 (cuarenta y cuatro millones, ciento ochenta y cinco mil, setecientos treinta y nueve con 21/100 soles) para el financiamiento de diez proyectos, tal como se detalla el cuadro de abajo, de acuerdo a lo sustentado en el INFORME LEGAL Nº 0411-2019-G.R.P.-GGR/DRAJ y el INFORME Nº 0108-2019-GRP-GGR/GRPPAT;

Que, con Informe Legal Nº 0719-2019-GRP-GGR/DRAJ, el Mg. Edwin Ginno Barrios Falcón, Director Regional de Asesoría Jurídica, emite su opinión, (…) ES PROCEDENTE el proceso de endeudamiento Interno por un monto total de S/. 49´095.79 (Cuarenta y Nueve Millones Noventa y cinco mil doscientos sesenta y cinco con 79/100 soles Acuerdo) de los cuales el Gobierno Regional de Pasco, aportará como contrapartida el monto equivalente al 10% de total, que representa S/. 4’909,526.50, y el monto a endeudarse corresponde a un total de “hasta” S/. 44´185,739.21 soles correspondiente a diez proyectos de inversión detallados en la parte superior del informe (…); Asimismo, opina que por razones antes expuestas, esta Dirección Regional de Asesoría Jurídica Opina lo siguiente: Que, dentro del tercero y cuarto párrafo del análisis y numeral 1) de la opinión legal del Informe Legal Nº 411-2019-G.R.P-GGR/DRAJ, sobre los informe sustentatorios de Ratificación de Acuerdos Regionales Nº 043-2017-G.R.P/CR Y nº 059-2017-G.R.P/CR, lo correcto es (…) el monto a endeudarse corresponde a un total de “hasta” S/. 44´185.739.21 soles, lo que se pone de conocimiento a su Despacho a efectos de proceder con su trámite correspondiente;

Que, con Informe Nº 302-2016-GRP-GGR/GRPPAT, de fecha 13 de setiembre de 2019, emitido por el Econ. Clodoaldo López Espíritu, donde hace la aclaración que dentro del primero y segundo párrafo del análisis del Informe Nº 108-2019-G.R.P-GGR/GRPPAT de fecha 15 de abril del 2019, lo correcto es: La Dirección general de Políticas Macroeconómicas y Descentralización fiscal comunica que el espacio fiscal (capacidad de endeudamiento) para las nuevas obligaciones del Gobierno Regional de Pasco, asciende hasta por el mondo de S/. 44, 856,507.00 soles. El total de la Operación de Endeudamiento Interno para implementar 10 PIPs. Hasta por el monto total de S/. 49´095,265.79 soles, de los cuales el Gobierno Regional de Pasco, aportará como contrapartida el monto equivalente al 10% del total, que representa S/. 4’909, 526.58, más el a endeudarse es hasta por el monto de S/. 44’185,739.21 soles; Por tratarse de una Operación de Endeudamiento Interno de Largo Plazo (20 años), la Gerencia a mi cargo opina que es CONVENIENTE la continuidad de esta Operación, entendiendo que beneficiará a los menos favorecidos de la región y que no pueden esperar mucho más tiempo para la implementación y ejecución de estos importantes proyectos, más aun considerando que en el PIA 2019 no se ha incluido ninguno de estos proyectos, más aun considerando que en el PIA 2019, no se ha incluido ninguno de estos proyectos debido al limitado presupuesto de inversiones transferido por el MEF; El Consejo Regional de acuerdo a sus competencias, mediante Acuerdo debe tratar y aprobar la Operación de Endeudamiento Interno tomando como referencia los Acuerdos regionales Nº 043 y 059-2017-G.R.P/C en el mismo Acuerdo Regional deben autorizar al Gobernador Regional suscribir en representación del GOREPA documentos que sean necesarios para la implementación de Operación de Endeudamiento Interno;

Qué, con Oficio Nº 921-2019-GRP/GOB-PASCO, el Mg. Pedro Ubaldo Polinar, Gobernado Regional de Pasco, solicita corrección del artículo primero del Acuerdo de Consejo Nº 021-2019-G.R.P/CR;

Que, en tal sentido en la Décima Octava Sesión de Consejo, se ha tratado la modificación del Artículo Primero del Acuerdo de Consejo Nº 021-2019-G.R.P/CR que teniendo como sustento legal el artículo 15º, inciso a) de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, que establece: son atribuciones del Consejo Regional: “aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos o materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”, concordantes con el Artículo 4º literal a) Normativa: el Consejo Regional ejerce su función normativa (legislativa), aprobando, modificando, derogando e interpretando Ordenanzas Regionales y –acuerdos del Consejo Regional y de conformidad a las atribuciones conferidas en el artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales;

Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional que expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional;

En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 37º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 368-2015-GRP/CR, el Magno Consejo;

ACUERDA:

Primero.- MODIFICAR, el Artículo Primero del Acuerdo Regional Nº 021-2019-G.R.P/CR, que Dice:

“Primero: RATIFICAR la autorización al Gobernador Regional de Pasco Lic. Pedro Ubaldo Polinar, tomando como referencia el ACUERDO Nº 043-2017-G.R.P/CR y ACUERDO Nº 059-2017-G.R.P/CR, para que continúe con la gestión de la Operación de Endeudamiento Interno, por un monto total de S/. 44’185,739.21 (cuarenta y cuatro millones, ciento ochenta y cinco mil, setecientos treinta y nueve con 21/100 soles) para el financiamiento de diez proyectos, tal como se detalla el cuadro de abajo, de acuerdo a lo sustentado en el INFORME LEGAL Nº 0411-2019-G.R.P.-GGR/DRAJ y el INFORME Nº 0108-2019-GRP-GGR/GRPPAT”.

DEBE DECIR:

“Primero.- RATIFICAR la autorización al Gobernador Regional de Pasco Lic. Pedro Ubaldo Polinar, tomando como referencia el ACUERDO Nº 043-2017-G.R.P/CR y ACUERDO Nº 059-2017-G.R.P/CR, para que continúe con la gestión de la Operación de Endeudamiento Interno, hasta por la suma de S/. 44’185,739.21 (cuarenta y cuatro millones, ciento ochenta y cinco mil, setecientos treinta y nueve con 21/100 soles) para el financiamiento de diez proyectos, tal como se detalla el cuadro de abajo, de acuerdo a lo sustentado en el INFORME LEGAL Nº 0411-2019-G.R.P.-GGR/DRAJ y el INFORME Nº 0108-2019-GRP-GGR/GRPPAT”.

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Segundo.- RESPONSABILIZAR al Ejecutivo del Gobierno Regional de Pasco que el cumplimiento del presente acuerdo se encuentre enmarcado dentro de los fundamentos expuestos en los considerandos y la normatividad vigente para el caso.

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POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

BLEDHY CRISTIAN MOALE COLINA

Presidente del Consejo Regional


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