RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO - RECTOR Nº 398-2019-UNASAM
Modifican la Res. N° 068-2016-UNASAM que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional “Santiago Antúnez de Mayolo”
20190921Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 26/07/2019 |
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Fecha de Publicación : | 21/09/2019 |
Entrada en vigencia : | 22/09/2019 |
Página El Peruano: | 76 |
Estado : |
UNIVERSIDAD NACIONAL “SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO”
Huaraz, 26 de julio de 2019
Visto, el oficio Nº 135-2019-UNASAM-OGPP-DDI/D, de fecha 18 de julio de 2019, de la directora de la Dirección de Desarrollo Institucional de la Oficina General de Planificación y Presupuesto de la UNASAM, sobre modificación de la Resolución de Consejo Universitario-Rector Nº 068-2016-UNASAM;
CONSIDERANDO:
Que, con Resolución de Consejo Universitario-Rector Nº 068-2016-UNASAM, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la UNASAM;
Que, con documento del visto, la directora de la Dirección de Desarrollo Institucional de la Oficina General de Planificación y Presupuesto de la UNASAM, solicita la modificación de la Resolución mencionada precedentemente, incorporando en la Dirección de Licenciamiento y sus respectivas funciones, así como rectificando los artículos 10º, 62º, 75º, 86º, 87º, 88º, 121º, 122º, 123º, 135, 137º, 138º, 147º, 148º, 154º, específicamente por encontrarse consignados en todos estos artículos errores en la denominaciones de los órganos y las unidades orgánicas, debiendo corregir conforme al Estatuto y sus modificatorias, así mismo se ha incurrido en error en el Título II de la Estructura Orgánica de la UNASAM, al no haberse incorporado los órganos y la unidades orgánicas creadas mediante Resoluciones de Asamblea Universitaria;
Que, en mérito a dicha solicitud, e invocando que la función administrativa es como una forma tutelar del Estado que se ciñe al principio de legalidad que es de naturaleza constitucional tal y como se lee en el artículo 212º numeral 212.1 del T.U.O de la Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el D.S. Nº 004-2019-JUS, señala que “Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión”, asimismo, el numeral 212.2 del mismo cuerpo legal acotado señala: “La rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original”, asimismo de conformidad a la normatividad señalada precedentemente, la potestad correctiva de la administración le permite rectificar sus propios errores siempre que éstos sean de determinada clase y reúnan ciertas condiciones. Los errores que puedan ser objeto de rectificación son solo los que no alteran su sentido ni contenido; quedando comprendidos en esta categoría los denominados errores materiales, que pueden ser a su vez, un error de expresión, un error gramatical y error aritmético; dicha actividad correctiva conlleva como objetivo perfeccionar o darle exactitud al acto sobre el cual recae un error; por lo que, los errores materiales para poder ser rectificados por la administración, deben evidenciarse por si solos sin necesidad de mayores razonamientos y el error debe ser tal que para su corrección solamente sea necesario un mero cotejo de datos. Por ello lo solicitado por la directora de la Dirección de Desarrollo Institucional de la Oficina General de Planificación y Presupuesto de la UNASAM, y teniendo en cuenta, que la variación solicitada no altere el contenido y el sentido de lo ya resuelto, en sesión ordinaria de Consejo Universitario de fecha 19 de julio de 2019, se acordó: Modificar la Resolución de Consejo Universitario-Rector Nº 068-2016-UNASAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la UNASAM, incorporando a la Dirección de Licenciamiento y sus respectivas funciones, así como rectificando los artículos 10º, 62º, 75º, 86º, 87º, 88º, 121º, 122º, 123º, 135, 137º, 138º, 147º, 148º, 154º;
De conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 163º del Estatuto de la UNASAM y en la Resolución Rectoral Nº 547-2019-UNASAM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- MODIFICAR la Resolución de Consejo Universitario-Rector Nº 068-2016-UNASAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la UNASAM, incorporando a la Dirección de Licenciamiento y sus respectivas funciones, aprobado con Resolución de Asamblea Universitaria – Rector Nº 004-2019-UNASAM, en los términos siguientes, que como anexo es parte de la presente Resolución.
Artículo 2º.- MODIFICAR la Resolución de Consejo Universitario-Rector Nº 068-2016-UNASAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la UNASAM, en los extremos de los artículos 10º, 62º, 75º, 86º, 87º, 88º, 121º, 122º, 123º, 135, 137º, 138º, 147º, 148º, 154º, según el anexo que como anexo es parte de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y archívese.
ESMELIN NIQUIN ALAYO
Rector (e)
EVA DELFINA ZARZOSA MARQUEZ
Secretaria General (e)
ANEXO
TÍTULO II
DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA UNASAM
CAPÍTULO I
DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
Artículo 10º La estructura orgánica de la UNASAM, formalizada en el presente Reglamento de Organización y Funciones, es como sigue:
01. Órganos de Gobierno
01.1. Asamblea Universitaria
01.2. Consejo Universitario
01.3. Consejo de Facultad
02. Órganos de Dirección
02.1. Rectorado
02.2. Vicerrectorado Académico
02.3. Vicerrectorado de Investigación
02.4. Decanato
02.5. Director de la Escuela de Posgrado
03. Órgano de Control de la UNASAM
03.1. Oficina General de Control Institucional
03.1.1. Unidad de Acciones de Control
03.1.2. Unidad de Actividades de Control
04. Órganos de Asesoramiento
04.1. Oficina General de Planificación y Presupuesto
04.1.1. Dirección de Planificación.
04.1.2. Dirección de Presupuesto.
04.1.3. Dirección de Desarrollo Institucional.
04.2. Oficina General de Asesoría Jurídica
04.3. Procuraduría Universitaria
04.3.1. Unidad de Asuntos Civiles y Penales
05. Órganos de Apoyo
05.1. Dirección General de Administración
05.1.1. Dirección de Gestión Financiera
05.1.2. Dirección de Abastecimiento y Servicios Auxiliares
05.1.3. Dirección de Recursos Humanos
05.1.4. Dirección de Bienestar Universitario
05.1.5. Dirección de Gestión Ambiental, Defensa Civil y Bioseguridad.
05.2. Secretaría General
05.2.1. Unidad de Trámite Documentario y Archivo Central
05.2.2. Unidad de Grados y Títulos
05.2.3. Unidad de Actas y Resoluciones
05.3. Oficina General de Imagen Institucional
05.3.1. Unidad de Comunicación y Relaciones Públicas.
06. Órganos de Línea
06.1. Facultades
06.1.1. Unidades de Servicios Académicos
06.1.1.1 Dirección de Escuelas Profesionales
06.1.1.2 Dirección de Departamentos Académicos
06.1.2. Unidades de soporte académico:
06.1.2.1. Responsabilidad Social Universitaria
06.1.2.2. Calidad Académica
06.1.2.3. Grados y Títulos
06.1.2.4. Posgrado
06.1.2.5. Biblioteca Especializada
06.1.2.6. Centro de Computo
06.1.2.7. Gabinete Pedagógico
06.1.2.8. Laboratorios
06.1.3. Unidad Administrativa:
06.1.3.1 Producción de Bss y Prestación de Servicios
06.1.3.2 Secretaría General
06.1.4 Unidad de Investigación
06.2. Escuela de Posgrado
06.3. Dirección Académica de Estudios Generales
06.4. Oficina General de Estudios
06.4.1. Unidad de Registro y Certificación Académica
06.4.2. Unidad de Programación y Control Académico
06.5. Oficina General de Responsabilidad Social Universitaria
06.5.1. Dirección de Responsabilidad Social
06.5.2. Dirección de Proyección Social
06.5.3. Dirección de Extensión Universitaria
06.5.4. Dirección de Seguimiento y Certificación al Egresado
06.6. Oficina General de Desarrollo Físico
06.6.1. Dirección de Supervisión y Liquidación de Obras
06.6.2. Dirección de Estudios, Obras y Mantenimiento de Infraestructura
06.7. Oficina General de Tecnologías de la Información, Sistemas y Estadística
06.7.1. Unidad de Gestión de Sistemas y Desarrollo de Software.
06.7.2. Unidad de Soporte Técnico, Equipamiento y Comunicaciones.
06.7.3. Unidad de Estadística.
06.8. Oficina General de Servicios Académicos y Publicaciones
06.8.1. Unidad de Biblioteca Central
06.8.2. Unidad de Fondo Editorial Universitario
06.8.3. Unidad de Museo Universitario
06.9. Oficina General de Calidad Universitaria
06.9.1. Dirección de Gestión de Calidad
06.9.2. Dirección de Autoevaluación y Aseguramiento de la Calidad
06.9.3. Dirección de Licenciamiento
06.10. Dirección del Instituto de Investigación
06.10.1. Unidad de Investigación e Innovación
06.10.2. Unidad de Cooperación Técnica
06.11. Dirección de Derechos de Autor y Patentes
06.12. Dirección de Incubadoras de Empresas
06.13. Dirección del Repositorio Institucional
06.14. Oficina General de Admisión
06.15. Oficina General de Pre Inversión
06.15.1. Unidad Formuladora
06.15.2. Unidad Formuladora de Mantenimiento y Reposición
07. Órganos Desconcentrados
07.1. Dirección General de los Centros de Investigación y Experimentación
07.1.1. Instituto de Investigación Agropecuaria Santiago Antúnez de Mayolo
07.1.2. Centro de Investigación Agropecuaria Cañasbamba
07.1.3. Centro Experimental Allpa Rumi
07.1.4. Centro Experimental Ecológico Tuyu Ruri
07.1.5. Estación Experimental Pariacoto
07.1.6. Plantas Concentradoras
07.1.7. Laboratorio de Calidad Ambiental
07.2. Centros de Producción de Bienes y Servicios
07.2.1. Centro Pre Universitario
07.2.2. Centro de Idiomas
08. Órganos Autónomos
08.1. Comité Electoral
08.2. Tribunal de Honor
08.3. Comisión Especial Instructora
08.4. Defensoría Universitaria
08.5. Comisión Permanente de Fiscalización
08.6. Fundación Santiago Antúnez de Mayolo (FUNDASAM)
CAPÍTULO II
DE LA DEPENDENCIA ORGÁNICA
02.1. Las Unidades Orgánicas que dependen del Rector son:
02.1.1. Dirección General de Administración
02.1.2. Secretaría General
02.1.3. Oficina General de Planificación y Presupuesto
02.1.4. Oficina General de Asesoría Jurídica
02.1.5. Oficina General de Imagen Institucional
02.1.6. Oficina General de Desarrollo Físico
02.1.7. Oficina General de Responsabilidad Social Universitaria
02.1.8. Oficina General de Control Institucional
02.1.9. Oficina General de Centros de Producción de Bienes y Servicios
02.1.10. Oficina General de Tecnologías de la Información, Sistemas y Estadística
02.1.11. Defensoría Universitaria
02.1.12. Procuraduría Universitaria
02.1.13. Oficina General de Pre Inversión
02.2. Dependientes del Vicerrectorado Académico son:
02.2.1. Dirección Académica de Estudios Generales
02.2.2. Oficina General de Estudios
02.2.3. Oficina General de Admisión
02.2.4. Oficina General de Calidad Universitaria
02.2.5. Oficina General de Servicios Académicos y Publicaciones
02.3. Dependientes del Vicerrectorado de Investigación son:
02.3.1. Dirección del Instituto de Investigación
02.3.1.1. Unidad de Investigación e Innovación
02.3.1.2. Unidad de Cooperación Técnica
02.3.2. Dirección de Derechos de Autor y Patentes
02.3.3. Dirección de Incubadoras de Empresas
02.3.4. Dirección del Repositorio Institucional
02.3.5. Dirección General de los Centros de Investigación y Experimentación
02.3.1.1. Centro de Investigación Agropecuaria Cañasbamba
02.3.1.2. Centro Experimental Allpa Rumi
02.3.1.3. Centro Experimental Ecológico Tuyu Ruri
02.3.1.4. Estación Experimental Pariacoto
02.3.1.5. Plantas Concentradoras
02.3.1.6. Laboratorio de Calidad Ambiental
02.3.1.7. Instituto de Investigación Agropecuaria Santiago Antúnez de Mayolo.
Artículo 62º
Dice: La Dirección General de Administración para cumplir con sus funciones cuenta con las siguientes Direcciones:
a) Dirección de Abastecimiento y Servicios Auxiliares
b) Dirección de Gestión Financiera
c) Dirección de Recursos Humanos
d) Dirección de Bienestar Universitario
e) Dirección de Gestión Ambiental y Biodiversidad
Debe decir:
La Dirección General de Administración para cumplir con sus funciones cuenta con las siguientes Direcciones:
a) Dirección de Abastecimiento y Servicios Auxiliares
b) Dirección de Gestión Financiera
c) Dirección de Recursos Humanos
d) Dirección de Bienestar Universitario
e) Dirección de Gestión Ambiental, Defensa Civil y Bioseguridad
Artículo 75º
Dice: La Dirección de Recursos Humanos, para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las siguientes Unidades:
a) Unidad de Remuneraciones y Pensiones
b) Unidad de Escalafón y Procedimientos
c) Unidad de Registro y Control de Personal
Debe decir: La Dirección de Recursos Humanos, para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las siguientes Unidades:
d) Unidad de Remuneraciones y Pensiones
e) Unidad de Escalafón y Capacitación
f) Unidad de Registro y Control de Personal
Artículo 86º
Dice: De la Dirección de Gestión Ambiental, Defensa Civil y Bioseguridad (DGDCB)
La Dirección de Gestión Ambiental, Defensa Civil y Bioseguridad, está a cargo de un profesional, responsable de evaluar los impactos ambientales de las actividades universitarias, a su vez, proponer y ejecutar medidas, normas y planes preventivos y correctivos en concordancia con las Leyes Ambientales, Defensa Civil y de Biodiversidad.
a) Garantizar el cumplimiento de la Ley Nº28611, Ley General del Ambiente por parte de la UNASAM, realizando supervisión, evaluación y control a la adecuación del entorno y protección al ambiental.
Debe decir:
De la Dirección de Gestión Ambiental, Defensa Civil y Bioseguridad (DGDCB)
La Dirección de Gestión Ambiental, Defensa Civil y Bioseguridad, está a cargo de un profesional, responsable de evaluar los impactos ambientales de las actividades universitarias, a su vez, proponer y ejecutar medidas, normas y planes preventivos y correctivos en concordancia con las Leyes Ambientales, Defensa Civil y Bioseguridad.
b) Garantizar el cumplimiento de la Ley Nº28611, Ley General del Ambiente por parte de la UNASAM, realizando supervisión, evaluación y control a la adecuación del entorno y protección ambiental.
Artículo 87º
Dice: La Dirección de Gestión Ambiental, Defensa Civil y Bioseguridad, para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las siguientes Unidades:
a) Unidad de Gestión Ambiental y Biodiversidad
b) Unidad de Defensa Civil
Debe decir: La Dirección de Gestión Ambiental, Defensa Civil y Bioseguridad, para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las siguientes Unidades:
c) Unidad de Gestión Ambiental y Bioseguridad
d) Unidad de Defensa Civil
Artículo 88º
Dice: De la Unidad de Gestión Ambiental y Biodiversidad (UGAB)
La Unidad de Gestión Ambiental y Biodiversidad, se encarga de prevenir, reducir y mitigar los impactos ambientales generados en las actividades cotidianas de la comunidad universitaria. Es vital en la perspectiva de sostenibilidad ambiental del campus y se acompaña y fortalece con la dimensión de educación y comunicación ambiental.
Debe decir: De la Unidad de Gestión Ambiental y Bioseguridad (UGAB)
La Unidad de Gestión Ambiental y Bioseguridad, se encarga de prevenir, reducir y mitigar los impactos ambientales generados en las actividades cotidianas de la comunidad universitaria. Es vital en la perspectiva de sostenibilidad ambiental del campus y se acompaña y fortalece con la dimensión de educación y comunicación ambiental.
Artículo 121º
Dice: La Oficina General de Calidad Universitaria, para el funcionamiento de sus funciones cuenta con las siguientes Direcciones:
a) Dirección de Autoevaluación y Aseguramiento de Calidad
b) Dirección de Gestión de la Calidad.
Debe decir: La Oficina General de Calidad Universitaria, para el funcionamiento de sus funciones cuenta con las siguientes Direcciones:
c) Dirección de Autoevaluación y Aseguramiento de la Calidad
d) Dirección de Gestión de Calidad.
Artículo 122º
Dice: De la Dirección de Autoevaluación y Aseguramiento de Calidad
La Dirección de Autoevaluación y Aseguramiento de Calidad, es la encargada de contribuir el aseguramiento de la calidad, mediante la normalización de criterios y estándares de autoevaluación, y la evaluación integral de las distintas dimensiones del proceso educativo de la UNASAM, para la mejora continua, que conduzca a la Calidad y la Acreditación de la Universidad.
Debe decir: De la Dirección de Autoevaluación y Aseguramiento de la Calidad
La Dirección de Autoevaluación y Aseguramiento de la Calidad, es la encargada de contribuir el aseguramiento de la calidad, mediante la normalización de criterios y estándares de autoevaluación, y la evaluación integral de las distintas dimensiones del proceso educativo de la UNASAM, para la mejora continua, que conduzca a la Calidad y la Acreditación de la Universidad.
Artículo 123º
Dice: De la Dirección de Gestión de la Calidad
Debe decir: De la Dirección de Gestión de Calidad
Artículo 135º
Dice: De la Oficina General de Servicio Académicos y Publicaciones (OGSAP).
Debe decir: De la Oficina General de Servicios Académicos y Publicaciones (OGSAP)
Artículo 137º
Dice: De la Unidad de la Biblioteca Central (UBC)
Debe decir: De la Unidad de Biblioteca Central (UBC)
Artículo 138º
Dice: De la Unidad del Fondo Editorial Universitario (UFEU).
Debe decir: De la Unidad de Fondo Editorial Universitario (UFEU)
CAPÍTULO XII
DE LOS ÓRGANOS DESCONCENTRADOS
Artículo 147º
Dice: De la Dirección General de Centros de Investigación y Experimentación (DGIIE)
Debe decir: De la Dirección General de los Centros de Investigación y Experimentación (DGCIE)
Artículo 148º
Dice: La Dirección General de los Centros de Investigación y Experimentación cuenta con los siguientes Institutos y Centros:
a) Instituto de Investigación Agropecuaria Santiago Antúnez de Mayolo (IIASAM).
b) Centro de Investigación Agropecuaria Cañasbamba (CIA Cañasbamba).
c) Centro Experimental Allpa Rumi (CE Allpa Rumi).
d) Centro Experimental Ecológico Tuyu Ruri (CEE Tuyu Ruri).
e) Estación Experimental Pariacoto (EE Pariacoto)
f) Planta de Procesamiento de Minerales de Santa Rosa (PPM Santa Rosa)
g) Laboratorio de Calidad Ambiental
Debe decir: La Dirección General de los Centros de Investigación y Experimentación cuenta con los siguientes Institutos y Centros:
a) Instituto de Investigación Agropecuaria Santiago Antúnez de Mayolo (IIASAM).
b) Centro de Investigación Agropecuaria Cañasbamba (CIA Cañasbamba).
c) Centro Experimental Allpa Rumi (CE Allpa Rumi).
d) Centro Experimental Ecológico Tuyu Ruri (CEE Tuyu Ruri).
e) Estación Experimental Pariacoto (EE Pariacoto)
f) Plantas Concentradoras
g) Laboratorio de Calidad Ambiental
Artículo 154º
Dice: De la Planta de Procesamiento de Minerales “Santa Rosa” (PPM) Santa Rosa
Debe decir: De las Plantas Concentradoras.
Las Plantas Concentradoras tienen fundamentalmente las siguientes funciones:
DE LA DIRECCIÓN DE LICENCIAMIENTO (DL)
La Dirección de Licenciamiento, es la dependencia encargada de dirigir y coordinar el proceso de licenciamiento, verificando así el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad, establecidas por la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (SUNEDU).
Sus funciones son:
1) Formular y proponer acciones para el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad exigibles por la SUNEDU, así como su revisión y mejora continua.
2) Formular y proponer documentos normativos para el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad exigibles por la SUNEDU.
3) Supervisar constantemente el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad.
4) Absolver consultas a la comunidad universitaria, asesorar a las unidades orgánicas sobre temas relacionadas al licenciamiento, y emitir opinión en el ámbito de su competencia.
5) Sistematizar y administrar las fuentes documentales de verificación (informes, registros, directivas, resoluciones, reglamentos, etc.) para dar cuenta del cumplimiento de los estándares del modelo de calidad.
6) Conducir el proceso de petición de modificaciones de la resolución de aprobación de licenciamiento otorgada por la SUNEDU.
7) Realizar mejoras continuas sistematizando la información por medio de registro de resultados, registro de grado de cumplimiento, registro de iniciativas de mejora.
8) Comunicar y difundir los resultados y niveles de calidad que, con fines de licenciamiento, se logran en la UNASAM.
9) Coordinar, asesorar, supervisar, monitorear y encaminar las acciones de las unidades académicas y administrativas de la UNASAM, relacionadas a la evaluación de la calidad y su mejoramiento.
10) Diseñar y proponer políticas y estrategias eficaces para la evaluación y el mejoramiento continuo de la calidad académica y administrativa en la universidad.
11) Otras funciones que le asigne la Oficina General de Calidad Universitaria.