RM 213-2019-MINEM/DMRM_213_2019_MINEM/DM

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 213-2019-MINEM/DM

Establecen servidumbre de electroducto a favor de concesión definitiva de distribución de energía eléctrica de la que es titular ENEL DISTRIBUCION PERU S.A.A. para Línea que recorre subterráneamente las principales vías públicas de diversos distritos de la provincia de Lima

[+] Datos Generales
20190801Legislacion
Fecha de Promulgación :17/07/2019
Fecha de Publicación :01/08/2019
Entrada en vigencia :02/08/2019
Página El Peruano:8
Estado :

[+]

Lima, 17 de julio del 2019

VISTOS: El Expediente N° 21248518 sobre solicitud de establecimiento de servidumbre de electroducto para la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Malvinas – S.E. Pershing, presentada por ENEL DISTRIBUCION PERU S.A.A. (en adelante, ENEL); y, los Informes N° 170-2019-MEM/DGE-DCE y N° 617-2019-MINEM/OGAJ, elaborados por la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 032-94-EM publicada el 12 de julio de 1994, se otorga la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica a favor de Empresa de Distribución Eléctrica de Lima Norte S.A. – EDELNOR S.A., denominada posteriormente como EDELNOR S.A.A., y en la actualidad como ENEL;

Que, mediante el documento con registro N° 2884673 de fecha 20 diciembre de 2018, ENEL solicita el establecimiento de servidumbre de electroducto para la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Malvinas – S.E. Pershing, que recorre subterráneamente las principales calles y avenidas de la zona de concesión de distribución señalada en el considerando que antecede, ubicada en los distritos de Lima, Breña, Pueblo Libre, Jesús María y Magdalena del Mar; provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (WGS 84) que figuran en el Expediente;

Que, de acuerdo a la documentación que obra en el Expediente, ENEL señala que la servidumbre de electroducto para la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Malvinas – S.E. Pershing, ocupa terrenos de propiedad del Estado;

Que, el literal a) del artículo 109 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, señala que los concesionarios están facultados para usar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones; por lo cual, en el presente caso no corresponde el pago de compensación por derecho de servidumbre;

Que, el literal b) del artículo 110 de la Ley de Concesiones Eléctricas, establece la constitución de las servidumbres de electroducto para establecer líneas de transmisión, a fin de permitir la ocupación de bienes públicos y privados, siendo atribución del Ministerio de Energía y Minas imponer con carácter forzoso el establecimiento de dichas servidumbres, según lo dispuesto en el artículo 111 de la citada ley;

Que, mediante los Informes de Vistos, se indica que la solicitud de establecimiento de servidumbre de electroducto para la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Malvinas – S.E. Pershing, presentada por ENEL, ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, por lo que resulta procedente establecer la citada servidumbre;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias, el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, sus normas reglamentarias y modificatorias, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas aprobado mediante el Resolución Ministerial N° 068-2019-MEM/DM y modificaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Establecer con carácter permanente a favor de la concesión definitiva de distribución de energía eléctrica de la que es titular ENEL DISTRIBUCION PERU S.A.A. la servidumbre de electroducto para la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Malvinas – S.E. Pershing, que recorre subterráneamente las principales vías públicas de los distritos de Lima, Breña, Pueblo Libre, Jesús María y Magdalena del Mar; provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (WGS 84) que figuran en documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa que forman parte del Expediente, conforme al siguiente cuadro:

Cód. Exp.

Inicio y Llegada de la Línea Eléctrica

Nivel de Tensión

(kV)

N° de Ternas

Longitud

(m)

Ancho de la Faja

(m)

21248518

S.E Malvinas – S.E. Pershing (Subterráneo)

Detalle:

Límite S.E. Malvinas (V-0) – Límite S.E. Pershing (V-79A)

60

01

6 169.76

3.00

KEYWORDS:

Artículo 2.- Aplicar a la servidumbre establecida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes.

KEYWORDS:

Artículo 3.- Disponer que ENEL DISTRIBUCION PERU S.A.A. adopte las medidas necesarias a fin que las áreas afectadas por la servidumbre no sufran daño ni perjuicio, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento.

KEYWORDS:

Artículo 4.- Disponer que ENEL DISTRIBUCION PERU S.A.A. vele permanentemente para evitar que en las áreas afectadas por la servidumbre, o sobre estas, se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio.

KEYWORDS:

Artículo 5.- Establecer que la presente Resolución Ministerial entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

KEYWORDS:
[+]

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRANCISCO ISMODES MEZZANO

Ministro de Energía y Minas


Software elaborado por Gaceta Jurídica
Contáctenos en: informatica@gacetajuridica.com.pe