ORDENANZA Nº 057-2019-MDMM
Aprueban el Cuadro de Aranceles de Costas y Gastos Administrativos de los Procedimientos de Ejecución Coactiva de la Municipalidad
20190605Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 28/05/2019 |
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Fecha de Publicación : | 05/06/2019 |
Entrada en vigencia : | 06/06/2019 |
Página El Peruano: | 42 |
Estado : |
Magdalena del Mar, 28 de mayo de 2019
EL ALCALDE DE MAGDALENA DEL MAR
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria No. 10 de la fecha, y;
VISTOS:
En sesión de Consejo de la fecha, el Dictamen Nº 06-2019-CERA de la Comisión de Economía, Rentas y Administración, el Informe Nº 061-2019-GATR/MDMM de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Informe Nº 327-2019-GAJ/MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 720-2019-GM-MDMM de la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado en su artículo 194º, reconoce a los Gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sus competencia;
Que, el artículo 74º del precitado cuerpo legal, otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, potestad que es reconocida en el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para crear, modificar, suprimir o exonerar de los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley;
Que, la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobada mediante Ley Nº 26979, modificada por la Ley Nº 28165 y la Ley Nº 28892, establece el marco legal de los actos para la ejecución de obligaciones tributarias y no tributarias de los Gobiernos Locales, entre otras entidades de la Administración Pública Nacional;
Que, conforme al artículo 9º y el numeral 4) del artículo 25º de la citada norma, se establece que los gastos y costas en los que haya incurrido la entidad de los procedimientos de Ejecución Coactiva, son considerados obligación exigible dentro de los mismos procedimientos;
Que, mediante Ordenanza Nº 300-MDMM de fecha 22 de febrero del 2007, se aprobó el arancel de costas y gastos administrativos de los procedimientos de cobranza coactiva de la Municipalidad de Magdalena del Mar;
Que, considerando además que en la actualidad se encuentra vigente la Ordenanza Nº 300-MDMM, la misma que por su antigüedad ha quedado desfasada, además del hecho que no incluye algunos gastos propios del procedimiento de cobranza, se hace necesario aprobar un nuevo arancel de Costas y Gastos Administrativos de los procedimientos de Ejecución Coactiva de la Municipalidad de la Magdalena del Mar;
Que, asimismo, ante la existencia de un grupo importante de vecinos que no se encuentran en condiciones de abonar la totalidad de gastos y costas de los Procesos Coactivos, resulta necesario que se establezca un Arancel Social por Gastos y Costas Procesales;
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades contenidas por el artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto Unánime de sus miembros, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE FIJA ARANCEL DE GASTOS Y COSTAS PROCESALES PARA LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN COACTIVA DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro de Aranceles de Costas y Gastos Administrativos de los Procedimientos de Ejecución Coactiva de la Municipalidad de Magdalena del Mar, el mismo que está enmarcado en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- ESTABLECER que los Gastos que asuma la Municipalidad por actuación de peritos, martilleros públicos, interventores, recaudadores y otros que intervengan en el proceso de ejecución coactiva, así como las publicaciones de aviso de remate a efectuarse en el Diario Oficial El Peruano, en el diario encargado de la publicación de los avisos judiciales de la localidad donde se encuentren los bienes a ser rematados o a través de cualquier otro medio de notificación edictal, serán exigibles al obligado, conforme a la liquidación de gastos que para el efecto se realice.
Artículo Tercero.- DÉJESE SIN EFECTO la Ordenanza Nº 300-MDMM, derogándose asimismo las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General notificar a la presente Resolución a los órganos y unidades orgánicas competentes de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, para su fiel cumplimiento, así como publicar la presente en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar (htt.www.munimagdalena.gob.pe
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
CARLOMAGNO CHACÓN GÓMEZ
Alcalde
ANEXO DE LA ORDENANZA Nº 057-2019-MDMM
ANEXO N° 01 - CUADRO DE ARANCELES DE COSTAS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS DE LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN COACTIVA DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
PROYECTO DE ORDENANZA CON CONCEPTOS YA CONSIDERADOS | Gastos | Costas |
DESCRIPCION | ||
Gastos Administrativos por cobranza coactiva 10% del total liquidado | ||
Con un mínimo de: | 10 | |
Con un máximo de: | 250 | |
Gasto por ejecución forzosa de sanciones no pecuniarias | 30 | |
Por notificación de siete (7) días en forma personal o por correo certificado. Cada uno | 10 | |
Por otras notificaciones | 5 | |
Por resoluciones, autos, razones o informes | 5 | |
Por diligencia de embargo en forma de intervención 1% del monto adeudado | ||
Con un mínimo de: | 31 | |
Con un máximo de: | 250 | |
Por diligencia de embargos en forma de depósito con extracción o secuestro conservativo 1% del monto adeudado | ||
Con un mínimo de: | 31 | |
Con un máximo de: | 250 | |
Por diligencia de embargo en forma de deposito o secuestro conservativo fustrado | 20 | |
Por cada toma de dicho en diligencia de embargo en forma de retencion de fondos | 10 | |
Por diligencia de embargo en forma de depósito e incripción sobre bienes inmuebles 1% del monto adeudado | ||
Con un mínimo de: | 31 | |
Con un máximo de: | 250 | |
De clausura de locales, paralización de obras, demolición, desmontaje, reparaciones urgentes, ejecución de obras o afines | 62 (Más valorización de obra) | |
De clausura de locales, paralización de obras, demolición, desmontaje, reparaciones urgentes, ejecución de obras o afines - frustrada | 31 | |
Por remate 1% del monto adeudado | ||
Con un mínimo de: | 31 | |
Con un máximo de: | 250 | |
De embargo frustrado | 20 | |
Por Oficio | 5 | |
Por copias certificadas | 5 | |
Por fijación de carteles de remate | 10 | |
Por acta de remate de bienes muebles | 8 | |
Por acta de remate de bienes inmuebles | 8 | |
Por acta de remate frustrado | 8 | |
Por acta de cambio de depositario | 8 | |
Por acta de entrega de dinero de embargo en forma de retención | 8 | |
Por orden de levantamiento de captura de vehículo | 31 | |
Por aviso de remate | 10 | |
Por deposito diario de cada bien embargado | 2 | |
Arancel social por gasto y costas procesales | 15 |