ORDENANZA REGIONAL Nº 091-2018-GRHCO
Aprueban la creación del Consejo Regional de Cambio Climático (CORECC) de la Región Huánuco
20181004Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 24/08/2018 |
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Fecha de Publicación : | 04/10/2018 |
Entrada en vigencia : | 05/10/2018 |
Página El Peruano: | 91 |
Estado : |
POR CUANTO:
El Consejo Regional de Huánuco, en Sesión Ordinaria, celebrado en la Provincia de Huánuco el día 13 de agosto de 2018;
VISTO:
El Dictamen Nº 08-2018-GRH-CR/CPRNGMAYDC de fecha 13 de agosto de 2018, presentado por la Comisión Permanente de Recursos Naturales, Gestión del Medio Ambiente y Defensa Civil del Consejo Regional Huánuco, el cual solicita: “APROBAR LA CREACIÓN DEL CONSEJO REGIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO (CORECC) DE LA REGIÓN HUÁNUCO”; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, concordante con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que señala: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”;
Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; y el inciso a) del artículo 15º de la misma norma establece: Son atribuciones del Consejo Regional, “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”;
Que, el artículo 61º de la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611, establece que los gobiernos regionales, a través de sus Gerencias Regionales de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, implementan un sistema regional de gestión Ambiental en coordinación con las Comisiones Ambientales Regionales y la Autoridad Nacional Ambiental, integrando a las entidades públicas y privadas que desempeñen funciones ambientales o que inciden sobre la calidad del medio ambiente, así como a la sociedad civil, en el ámbito del gobierno regional;
Que, el Decreto Supremo Nº 011-2015-MINAM, que aprueba la versión actualizada de la Estrategia Nacional sobre Cambio Climático, en cumplimiento con los compromisos asumidos ante la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático que se convierte en un instrumento de gestión que orienta y articula la gestión del cambio climático en el país, promueve la planificación a la acción y facilita la incorporación del tema Cambio Climático en la agenda de desarrollo nacional, entre otros;
Que, la Ley Marco sobre Cambio Climático, Ley Nº 30754, señala que los gobiernos regionales y locales, en el marco de sus funciones y competencias, otorgadas por ley expresa o a través del proceso de descentralización son responsables de diseñar, implementar, monitorear, evaluar medidas y proyectos para desarrollar la capacidad de adaptación a los impactos del cambio climático y reducción de la vulnerabilidad, priorizando a las poblaciones en situación de vulnerabilidad, en concordancia con las políticas públicas nacionales y los compromisos internacionales asumidos por el Estado ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, bajo un proceso participativo, transparente e inclusivo del sector privado y de la sociedad civil, con especial énfasis en los pueblos indígenas u originarios. Así mismo, los gobiernos regionales y locales tienen que reportar al Ministerio del Ambiente el estado de ejecución de las políticas públicas, estrategias regionales, y medidas de mitigación y adaptación al cambio climático incorporadas en sus instrumentos de planificación, en consideración a ser autoridad nacional en materia de cambio climático;
Que, el artículo 53, inciso c) de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dentro de las funciones de los Gobiernos Regionales en materia ambiental le corresponde: c) Formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicación de las estrategias regionales respecto a la diversidad biológica y sobre cambio climático, dentro del marco de las estrategias nacionales respectivas”;
Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 080-2018-GRHCO de fecha de publicación 17 de marzo del 2018, en el Artículo Tercero establece: CONFORMAR, el Consejo Regional de Cambio Climático de la Región Huánuco, a fin de organizar, difundir y monitorear la implementación de la Estrategia Regional de Cambio Climático, articulando e integrando la participación del Gobierno Regional, Gobiernos Provinciales y Distritales, entidades públicas y privadas que promuevan el desarrollo en la Región Huánuco considerando el contexto de cambio climático, debiendo informar a la sociedad civil y población en general acerca de las prioridades, desafíos, avances y logros en la gestión integrada de cambio climático en la Región Huánuco;
Que, la Creación del Consejo Regional de Cambio Climático responde a los postulados de la Estrategia Nacional de Cambio Climático, el cual constituye un instrumento regional orientador de las instituciones públicas, privadas y sociedad civil, que se perfila a desarrollar acciones pertinentes y concertadas de mitigación y adaptación al cambio climático; así como articular la acción de los diferentes actores para hacer más racional sus intervenciones, potenciando el impacto global de sus acciones y promover la incorporación en la agenda de desarrollo regional y local, de programas y proyectos, las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático;
Que, en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional, realizado en la Provincia de Huánuco, el día 13 de agosto de 2018, se trató el Dictamen Nº 08-2018-GRH-CR/CPRNGMAYDC presentado por la Comisión Permanente de Recursos Naturales, Gestión del Medio Ambiente y Defensa Civil del Consejo Regional Huánuco, después de un debate correspondiente fue sometido a votación, la cual se aprobó por Mayoría de votos;
Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”;
Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, artículos 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Reglamento Interno del Consejo Regional de Huánuco y a lo aprobado por el Magno Consejo Regional, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL:
Artículo Primero.- CREAR el Consejo Regional de Cambio Climático (CORECC) de la Región Huánuco, como instancia de articulación, inclusivo, consultivo y de concertación entre el Estado, Instituciones Privadas y Organizaciones de la Sociedad Civil.
Artículo Segundo.- APROBAR, las funciones del Consejo Regional de Cambio Climático de la Región Huánuco:
a. Asesorar, monitorear e impulsar la implementación de la Estrategia Regional de Cambio Climático (ERCC) y su Plan de Implementación, como función prioritaria del Consejo.
b. Promover la formulación, aprobación, implementación y monitoreo del Plan de Implementación de la Estrategia Regional de Cambio Climático de la Región Huánuco, en concordancia con las políticas públicas nacionales y los compromisos internacionales asumidos por el Estado ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático.
c. Proponer los criterios para la focalización territorial y establecer prioridades regionales en función a las necesidades de adaptación y reducción de emisiones identificadas en materia de cambio climático en el marco de la ERCC.
d. Formular y proponer políticas regionales y normativa en materia de mitigación y adaptación al cambio climático a fin de promover la implementación de medidas de adaptación y mitigación al cambio climático según lo priorizado en el Plan de Implementación de la ERCC de la Región Huánuco.
e. Proponer la priorización de proyectos de inversión pública y privada en materia de mitigación y adaptación al cambio climático en la Programación Multianual de Inversiones del Gobierno Regional de Huánuco.
f. Formular, implementar, monitorear, el Plan Anual de Trabajo.
g. Promover alianzas estratégicas con diferentes instituciones públicas y privadas para impulsar acciones conjuntas y facilitar la articulación, coordinación y concertación de medidas intersectoriales e intergubernamentales y acuerdos mancomunados para enfrentar los efectos de cambio climático y aprovechar las oportunidades que nos brinda.
h. Promover la conformación de espacios de concertación a nivel local sobre cambio climático a fin de promover la implementación de las medidas de adaptación y mitigación en el marco de la ERCC y sus necesidades de adaptación y mitigación del cambio climático locales.
i. Promover la actualización y difusión del Sistema de Información Ambiental Regional y propiciar su utilidad como referente principal de información en torno a los escenarios de cambio climático, los peligros asociados al cambio climático, la vulnerabilidad de las poblaciones, medios de vida, infraestructuras, ecosistemas y sus servicios ecosistémicos; así como la generación de emisiones de gases de efecto invernadero, como insumo para la planificación estratégica regional y local, y también para la formulación de proyectos de inversión pública y proyectos privados.
j. Propiciar el diseño e implementación de instrumentos de monitoreo, evaluación y difusión de los avances en la adaptación y reducción de riesgos asociados al cambio climático; asimismo, sobre los esfuerzos para la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero en el marco de las áreas temáticas de la ERCC y la implementación de las Contribuciones Nacionalmente Determinadas en adaptación y mitigación.
k. Impulsar la investigación y nuevos modelos de gestión para desarrollar iniciativas que contribuyan a la mitigación y adaptación del cambio climático en función al contexto social, institucional y político; en el marco de la Estrategia Regional de Cambio Climático.
l. Promover la priorización e integración de los componentes social, institucional, económico y ambiental en el marco de los planes, proyectos, programas orientados al cambio climático.
m. Promover la institucionalización como enfoques transversales del cambio climático, equidad, género, inclusión social e interculturalidad, en el marco de los diferentes planes, programas y proyectos que incorporen las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático.
n. Emitir opinión técnica colegiada especializada en cambio climático, a solicitud de las instituciones públicas y privadas que desarrollan labores en el ámbito regional.
o. Promover procesos de fortalecimiento de capacidades institucionales y de la sociedad civil en torno a mitigación, adaptación al cambio climático, y de gestión de riesgos.
p. Establecer y normar su propia organización.
q. Alcanzar propuestas normativas, para su implementación a nivel nacional, regional y local, relacionada al cambio climático.
r. Comunicar los avances de los trabajos realizados a la Comisión Ambiental Regional de la Región Huánuco (CAR - Huánuco) a fin de que el Gobierno Regional reporte al Ministerio del Ambiente sobre el estado de ejecución de la Estrategia Regional de Cambio Climático.
Artículo Tercero.- CONFORMAR el Consejo Regional de Cambio Climático de la Región Huánuco – CORECC REGIÓN HUÁNUCO, el cual estará representada por las siguientes instituciones/organizaciones:
A) CONSEJO DIRECTIVO:
• PRESIDENCIA: Gobernador Regional del Gobierno Regional de Huánuco.
• VICEPRESIDENTE: Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental.
• SECRETARÍA TÉCNICA: Sub Gerencia de Gestión Ambiental, Sub Gerencia de Proyectos de Inversión, Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico y Estadística.
• VOCALES:
Gerencia General Regional.
Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.
Gerencia Regional de Desarrollo Económico.
Gerencia Regional de Desarrollo Social.
Gerencia Regional de Infraestructura.
Los 11 Alcaldes de las Municipalidades Provinciales.
B) COMPONENTES DE EJECUCIÓN:
B.1) Componente de Adaptación.
B.2) Componente de Gestión de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero.
B.3) Componente de Institucionalidad.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría Técnica del Consejo Regional de Cambio Climático, la elaboración del Reglamento Interno, en el plazo de 60 días hábiles de instalado.
Artículo Quinto.- PUBLICAR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano.
Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco, a los 22 días del mes de agosto del año dos mil dieciocho.
HAIBER P. ECHEVARRÍA RODRÍGUEZ
Consejero Delegado
Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en Huánuco en la Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 24 días del mes de agosto del año dos mil dieciocho.
RUBÉN ALVA OCHOA
Gobernador Regional