DECRETO DE ALCALDIA Nº 013-2018/MDL
Disponen embanderamiento general en el distrito, recomendándose limpieza y/o pintado de fachadas de inmuebles
20180719Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 09/07/2018 |
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Fecha de Publicación : | 19/07/2018 |
Entrada en vigencia : | 20/07/2018 |
Página El Peruano: | 89 |
Estado : |
Chosica, 9 de julio de 2018
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
LURIGANCHO
CONSIDERANDO:
Que, el día sábado 28 DE JULIO del año 2018, se celebrará el 197º ANIVERSARIO de la INDEPENDENCIA DEL PERÚ.
Que, de conformidad a lo expuesto por el Art.49º de la Constitución Política del Estado se reconoce a la Bandera bicolor como Símbolo Patrio; asimismo, la normatividad municipal establece con ocasión de celebrar las festividades cívicas, embanderar los inmuebles públicos y privados en señal de reconocimiento pleno al Símbolo Patrio, para reafirmar y fomentar entre los vecinos de nuestra jurisdicción, los sentimientos de identidad nacional y revaloración de principios como el civismo, respeto y amor a la Patria.
Que, es política de la actual Administración Municipal resaltar los hechos históricos con el propósito de remarcar nuestra identidad, asi como crear conciencia cívica a través de la celebración de actividades y festividades, siendo uno de estos el embanderamiento, limpieza y pintado de fachadas de todos los inmuebles de nuestro distrito, lo cual redundará en el mejoramiento del ornato local; y,
Estando a mérito de lo expuesto, con aprobación de la Gerencia Municipal y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER el EMBANDERAMIENTO GENERAL en el distrito de Lurigancho, desde el viernes 20 DE JULIO hasta el día martes 31 DE JULIO del año 2018, con ocasión de celebrar el 197º ANIVERSARIO de la INDEPENDENCIA DEL PERU, recomendándose la limpieza y/o pintado de las fachadas de los inmuebles público o privado en nuestra jurisdicción.
Artículo Segundo.- La Municipalidad Distrital de Lurigancho iniciará a partir del viernes 20 de julio del año 2018, INSPECCIONES para garantizar el cumplimiento de estas disposiciones y aplicar las sanciones correspondientes.
Artículo Tercero.- La Gerencia de Rentas a través de la Sub Gerencia de Fiscalización Administrativa y Tributaria queda encargada de adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo que se está disponiendo en el segundo numeral del presente dispositivo.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Sub Gerencia de Prensa y Relaciones Públicas la difusión del presente dispositivo y a la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica para su publicación en el portal de la página web municipal.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
LUIS FERNANDO BUENO QUINO
Alcalde