RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE TRIBUTOS INTERNOS N° 020-2018-SUNAT/700000
Designan Ejecutora Coactiva de la Intendencia Regional Arequipa
20180421Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 18/04/2018 |
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Fecha de Publicación : | 21/04/2018 |
Entrada en vigencia : | 22/04/2018 |
Página El Peruano: | 42 |
Estado : |
Lima, 18 de abril de 2018
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva de la Intendencia Regional Arequipa, resulta conveniente designar a la Ejecutora Coactiva que se encargará de la gestión de cobranza coactiva en dicha Intendencia;
Que el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modificatorias, establece los requisitos que deberán cumplir los trabajadores de la Administración Tributaria para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo;
Que la trabajadora propuesta a través del Informe N° 127-2018-SUNAT/7F0300, ha presentado declaración jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados;
Que la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modificatorias, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante Concurso Público;
En uso de la facultad conferida por el inciso l) del artículo 14° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar a la señora abogada Graciela Palomino Berdejo como Ejecutora Coactiva encargada de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Regional Arequipa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CLAUDIA SUÁREZ GUTIÉRREZ
Superintendenta Nacional Adjunta de Tributos Internos