RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0332-2018 DE/MGP
Autorizan viaje de Oficial de la Marina de Guerra del Perú para participar en primera etapa de viaje de instrucción a bordo de buque escuela de la Armada Argentina
20180316Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 14/03/2018 |
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Fecha de Publicación : | 16/03/2018 |
Entrada en vigencia : | 17/03/2018 |
Página El Peruano: | 17 |
Estado : |
Lima, 14 de marzo de 2018
Vista, la Carta G.500-1330 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 9 de marzo de 2018;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta S/N de fecha 2 de febrero de 2018, el Jefe del Estado Mayor General de la Armada Argentina hace de conocimiento al Comandante General de la Marina, el ofrecimiento de una plaza para que la Marina de Guerra del Perú, participe en el XLVII Viaje de Instrucción que realizará el Buque Escuela Fragata A.R.A. “LIBERTAD” de la Armada Argentina, durante el presente año, conjuntamente con la participación en la Regata Velas Latinoamérica 2018; asimismo, cursa invitación para que UN (1) Oficial masculino del grado Alférez de Fragata, recientemente egresado de la Escuela Naval del Perú, participe en la Primera Etapa del referido Viaje de Instrucción, a realizarse del 17 de marzo al 17 de junio de 2018;
Que, con Oficio P.200-307 de fecha 23 de febrero de 2018, el Comandante General de Operaciones del Pacífico propone al Alférez de Fragata Ricardo Oliver UNZUETA Bonifacio, para que participe en el referido Viaje de Instrucción y de acuerdo con el itinerario previsto deberá embarcarse en el puerto de Buenos Aires, República Argentina, el 17 de marzo de 2018, con escala en los puertos de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, Punta del Este y Montevideo, República Oriental del Uruguay; Buenos Aires y Ushuaia, República Argentina; Punta Arenas, Talcahuano, Valparaíso y Antofagasta, República de Chile; arribando al puerto del Callao, República del Perú, el 17 de junio de 2018; lo que permitirá incrementar los conocimientos marítimos y formación profesional de los Oficiales recién egresados de la Escuela Naval del Perú en buques extranjeros; así como, fortalecer los lazos de amistad y cooperación existentes entre ambas marinas;
Que, de acuerdo con el documento Nº 043-2018 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y asignación especial por estadía en puerto extranjero, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2018 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el inciso a) del artículo 10 y artículo 12 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación, sin que este día adicional irrogue gasto alguno al Tesoro Público;
Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG y sus modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE y Nº 009-2013-DE;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior;
Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Alférez de Fragata Ricardo Oliver UNZUETA Bonifacio, CIP. 00197373, DNI. 76282362, para que participe en la Primera Etapa del XLVII Viaje de Instrucción a bordo del Buque Escuela Fragata A.R.A. “LIBERTAD” de la Armada Argentina, en el marco de la Regata Velas Latinoamérica 2018 y de acuerdo con el itinerario previsto deberá embarcarse en el puerto de Buenos Aires, República Argentina, el 17 de marzo de 2018, con escala en los puertos de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, Punta del Este y Montevideo, República Oriental del Uruguay; Buenos Aires y Ushuaia, República Argentina; Punta Arenas, Talcahuano, Valparaíso y Antofagasta, República de Chile; arribando al puerto del Callao, República del Perú, el 17 de junio de 2018; así como, autorizar su salida del país el 16 de marzo de 2018, con permanencia en puerto extranjero por un período total de TREINTA Y SIETE (37) días.
Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasaje Aéreo (ida): Lima - Buenos Aires (República Argentina) | ||
US$. 1,322.40 | US$. | 1,322.40 |
Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero (30 días): | ||
US$. 76.54 x 5 días x 1 Ofi cial Subalterno - Punta del Este y Montevideo (Uruguay) | US$. | 382.70 |
US$. 68.97 x 9 días x 1 Ofi cial Subalterno - Buenos Aires y Ushuaia (Argentina) | US$. | 620.73 |
US$. 74.86 x 16 días x 1 Of. Sub. - Pta. Arenas, Talcahuano,Valparaíso, Antofagasta (Chile) | US$. | 1,197.76 |
TOTAL A PAGAR EN DÓLARES AMERICANOS: | US$. | 3,523.59 |
Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero (7 días): | ||
BRL 180.74 x 7 días x 1 Ofi cial Subalterno - Río de Janeiro (Brasil) BRL | 1,265.18 | |
TOTAL A PAGAR EN REALES: | BRL | 1,265.18 |
Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante.
Artículo 4.- El Oficial Subalterno comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.
Artículo 5.- El mencionado Oficial Subalterno, revistará en la Dirección General del Personal de la Marina, por el período que dure la Comisión de Servicio.
Artículo 6.- El citado Oficial Subalterno, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.
Artículo 7.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE KISIC WAGNER
Ministro de Defensa