R 9-2017-SUNAT/5F0000R_9_2017_SUNAT/5F0000

RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 09-2017/SUNAT/5F0000

Modifican los Anexos del Procedimiento General “Tránsito Aduanero Internacional de Mercancías CAN ALADI” DESPA-PG.27 (versión 3)

[+] Datos Generales
20170624Legislacion
Fecha de Promulgación :21/06/2017
Fecha de Publicación :24/06/2017
Entrada en vigencia :01/07/2017
Página El Peruano:63
Estado :
Comentario:
Esta norma entró en vigencia a partir del 01/07/2017, según su art. 2.

[+]

Callao, 21 de junio de 2017

CONSIDERANDO:

Que con Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 025-2016/SUNAT/5F0000, se aprobó la versión 3 del procedimiento general “Tránsito Aduanero Internacional de Mercancías CAN ALADI”, INTA-PG.27 recodificado como DESPA-PG.27;

Que con Oficio Nº SENAE-DDL-2015-0094-OF, el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador - SENAE, comunica la habilitación del Puente Internacional de Lalamor al amparo de la Decisión 617 de la Comunidad Andina (CAN) y su reglamento, Resolución 1457, por lo que se habilitó por parte de Perú el Eje Vial Nº 2 que corresponde al paso de frontera El Alamor (Perú) - Lalamor (Ecuador); el cual debe ser incluido en el Anexo 1 “Pasos de Frontera Autorizados para el Tránsito Aduanero Internacional de Mercancías” del procedimiento general “Tránsito Aduanero Internacional de Mercancías CAN ALADI”, DESPAPG.27 (versión 3);

Que de otro lado, debido al incremento de las operaciones de transporte internacional de carga por carretera realizadas al amparo del Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre - ATIT, en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) y de la Decisión 399 de la CAN, destinadas al régimen de tránsito aduanero internacional regulado en el procedimiento general “Tránsito Aduanero Internacional de Mercancías CAN ALADI”, DESPA-PG.27 (versión 3), resulta necesario incorporar nuevas rutas y plazos, así como modificar algunas de las actuales previstas en el Anexo 5 “Códigos de Ruta y Plazos para el Tránsito Aduanero Internacional de Mercancías” del mencionado procedimiento general;

En mérito a lo dispuesto en el inciso c) del artículo 89 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias y en la Resolución de Superintendencia Nº 172-2015/SUNAT;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Modificación de los Anexos del procedimiento general “Tránsito Aduanero Internacional de Mercancías CAN ALADI”, DESPA-PG.27

Modifícase el Anexo 1 “Pasos de Frontera Autorizados para el Tránsito Aduanero Internacional de Mercancías” y el Anexo 5 “Códigos de Ruta y Plazos para el Tránsito Aduanero Internacional de Mercancías”, del procedimiento general “Tránsito Aduanero Internacional de Mercancías CAN ALADI”, DESPA-PG.27 (versión 3).

KEYWORDS:

Artículo 2. Vigencia

La presente resolución entra en vigencia el 1 de Julio de 2017.

KEYWORDS:
[+]

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIA YSABEL FRASSINETTI YBARGÜEN

Intendente Nacional

Intendencia Nacional de Desarrollo

Estratégico Aduanero

Superintendencia Nacionaol Adjunta de Desarrollo

Estratégico

ANEXO 1

DESPA-PG.27: PASOS DE FRONTERA

AUTORIZADOS PARA EL TRÁNSITO ADUANERO

INTERNACIONAL DE MERCANCÍAS

1. Aguas Verdes (Perú) - Huaquillas (Ecuador).

2. La Tina (Perú) - Macará (Ecuador).

3. El Alamor (Perú) - Lalamor (Ecuador)

4. Santa Rosa (Perú) - Chacalluta (Chile).

5. Desaguadero (Perú) - Desaguadero (Bolivia).

6. Iñapari (Perú) - Assis (Brasil).


Software elaborado por Gaceta Jurídica
Contáctenos en: informatica@gacetajuridica.com.pe