OR 407-2017-G.R.P/CROR_407_2017_G.R.P/CR

ORDENANZA REGIONAL Nº 407-2017-G.R.P/CR

Aprueban la creación del Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa de la Región Pasco - COREMYPE - PASCO

[+] Datos Generales
20170528Legislacion
Fecha de Promulgación :21/04/2017
Fecha de Publicación :28/05/2017
Entrada en vigencia :29/05/2017
Página El Peruano:14
Estado :

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Cerro de Pasco, 19 de abril de 2017

EL PRESIDENTE DE CONSEJO REGIONAL

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Pasco, en Sesión Ordinaria de fecha dieciocho de abril del dos mil diecisiete, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; y demás Normas Complementarias.

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región;

Que, la Constitución Política del Perú según el artículo 58º establece que la iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado. Bajo este régimen, el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura; asimismo el artículo 59º señala que el Estado estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e industria. El ejercicio de estas libertades no debe ser lesivo a la moral, ni a la salud, ni a la seguridad pública. El Estado brinda oportunidades de superación a los sectores que sufren cualquier desigualdad; en tal sentido, promueve las pequeñas empresas en todas sus modalidades;

Que, según el artículo 60º de nuestra carta magna el Estado reconoce el pluralismo económico. La economía nacional se sustenta en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa. Sólo autorizado por ley expresa, el Estado puede realizar subsidiariamente actividad empresarial, directa o indirecta, por razón de alto interés público o de manifiesta conveniencia nacional. La actividad empresarial, pública o no pública, recibe el mismo tratamiento legal;

Que, la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, establece en su artículo 9º, que los Gobiernos Regionales deben crear en cada Región, un Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa (COREMYPE), con el objeto de promover el desarrollo, la formalización y la competitividad de la Micro y Pequeña Empresa (MYPE) en su ámbito geográfico y su articulación con los planes y programas nacionales; también el artículo 5º de la referida ley, establece los lineamientos que se deben seguir para la conformación de dicho Consejo, y así mismo en el artículo 12º, se señala las funciones que le corresponde desarrollar;

Que, la Dirección Nacional de Micro y Pequeñas Empresas-DNMYPE, en su propósito de Promover, Fomentar y Apoyar en la Competitividad de las MYPES, según lo establece la Ley Nº 28015. Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa y su Reglamento, realizan procesos de acompañamientos a los Consejos Regionales de las Micro y Pequeña Empresa – COREMYPE, consistentes en Asesoría Técnica para la elaboración de los Instrumentos de Gestión así como la elaboración de Diagnósticos, Planes Regionales de Promoción y Formalización para la Competitividad y Desarrollo de las MYPES y de los Planes Operativos Institucionales;

Que, la Ley Nº 29051, Ley que regula la participación y la elección de los representantes de las MYPE en las diversas entidades públicas, establece el marco legal para el acceso de las Micro y Pequeñas Empresas (MYPE) en los espacios de representación de entidades del Estado que por su naturaleza, finalidad, ámbito y competencia, se encuentran vinculadas directamente con las temáticas de las MYPE;

Que, el DECRETO SUPREMO Nº 013-2013-PRODUCE, Aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial, que tiene por objeto establecer el marco legal para la promoción de la competitividad, formalización y el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYME), estableciendo políticas de alcance general y la creación de instrumentos de apoyo y promoción; incentivando la inversión privada, la producción, el acceso a los mercados internos y externos y otras políticas que impulsen el emprendimiento y permitan la mejora de la organización empresarial junto con el crecimiento sostenido de estas unidades económicas;

Que, mediante RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 1288-2010-G.R.PASCO/PRES del 15 de octubre del 2010 se Modifica el artículo primero de la RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 0970-2010-G.R.PASCO/PRES, la misma que conforma El Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa – COREPYME en la Región Pasco, como consecuencia de la Ley Nº 29271 que dispuso la transferencia al Ministerio de la Producción las competencias y funciones sobre micro y pequeña empresa, previstas en la Ley Nº 27711 – Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

Que, mediante OFICIO Nº 012-2017-G.R.PASCOGGR/GRDE el Gerente Regional de Desarrollo Económico en atención al OFICIO Nº 054-2017-GRP-GGR-GRDE/DRP de la Dirección Regional de la Producción solicita la evaluación y aprobación mediante ordenanza regional la propuesta de creación y reinstalación del Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa – COREMYPE – Pasco; documentación que por función es derivada a la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico mediante el OFICIO Nº 0137-2017-GRP/CR, para su evaluación, análisis y dictamen correspondiente;

Que, en la presente la Comisión de Desarrollo Económico presenta el DICTAMEN Nº 001-2017-CO/DE-G.R.PASCO, mediante el cual emiten opinión favorable para la emisión de la Ordenanza Regional que crea el Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa de Pasco COREMYPE –

PASCO, ello sustentado en el INFORME Nº 024-2017-GRPCR/

A-JRCC del Asesor Técnico del Consejo Regional, quien luego de analizado el INFORME Nº 004-2017-GRP-GGRGRDE-DRP/DMYPE del Director de MYPE e Industria de la Dirección Regional de la Producción, con el que realiza el sustento técnico de la propuesta de ordenanza regional que crea el Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa de Pasco, aconseja la aprobación de la petición mediante ordenanza regional;

Que, estando a lo acordado por el Consejo Regional en su Sesión Ordinaria y en uso de sus facultades conferidas en el artículo 38º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco ha emitido la siguiente:

ORDENANZA REGIONAL:

Artículo Primero.- APROBAR la CREACIÓN del Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa de la Región Pasco COREMYPE-PASCO, como un órgano consultivo, adscrito al Gobierno Regional de Pasco, con el objetivo de promover el desarrollo, la formalización y la competitividad de la Micro y Pequeña Empresa MYPE, en su ámbito geográfico y su actualización con los planes y programas locales, regionales y nacionales.

KEYWORDS:

Artículo Segundo.- El Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa de la Región Pasco COREMYPEPASCO, estará conformado por:

- Gerente General de Desarrollo Económico, como representante del Gobernador Regional de la Región Pasco, quien preside el COREMYPE Pasco.

- Un Representante de la Dirección Regional de la Producción de la Dirección de MYPE e Industria, quien actuara como Secretario Técnico.

- Un Representante de la Cámara de Comercio de Pasco.

- Un Representante de la Asociación de Técnicos Carpinteros de Pasco.

- Un Representante de la Asociación de Hoteles y Restaurantes de Pasco.

- Un Representante de la Asociación Industrial Metálicas Pesadas.

- Un Representante de CREMPYME Pasco.

- Un Representante de la Municipalidad Provincial de Pasco.

- Un Representante de la Municipalidad Provincial de Daniel Carrión.

- Un Representante de la Municipalidad Provincial de Oxapampa.

- Un Representante de la Universidad Nacional “Daniel Alcides Carrión”.

- Un Representante de la Universidad Particular “Alas Peruanas” – Sede Pasco.

- Un Representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico.

- Un Representante de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.

- Un Representante de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo.

- Un Representante de la Dirección Regional de Agricultura y Riego Pasco.

- Un Representante de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo.

- Un Representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social.

- Un Representante de la de la ONG Colectivo Integral de Desarrollo – CID.

- Un Representante del Colegio de Contadores de Pasco.

El COREMYPE dentro de sus competencias y acorde a la acreditación podrá invitar a otras instituciones a participar en el Consejo Regional, acorde al procedimiento y normatividad existente.

KEYWORDS:

Artículo Cuarto(sic).- Encargar al COREMYPE - Pasco la elaboración de su Reglamento de Organización y Funciones, dentro de los alcances de la Ley Nº 28015 y en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios siguientes a su instalación.

KEYWORDS:

Artículo Cuarto.- ENCOMENDAR a la Dirección Regional de Producción del Gobierno Regional Pasco, la Publicación de la Presente Ordenanza Regional de conformidad al artículo 42º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; velando por el cumplimiento de la misma.

KEYWORDS:
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Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Pasco, para su promulgación.

En la Provincia de Pasco, a los veintiún días del mes de abril del dos mil diecisiete.

GERSON ROLANDO GRIJALVA SANTOS Presidente del Consejo Regional

POR TANTO:

Mando se publique, registre y cumpla.

Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, a los veintiún días del mes de abril del dos mil diecisiete.

TEODULO V. QUISPE HUERTAS

Gobernador Regional


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