RESOLUCIÓN Nº 083-2017-DNROP/JNE
Inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones al partido político “Avanza País - Partido de Integración Social”
20170517Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 08/05/2017 |
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Fecha de Publicación : | 17/05/2017 |
Entrada en vigencia : | 18/05/2017 |
Página El Peruano: | 60 |
Estado : |
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS
Lima, 8 de mayo de 2017
VISTA, la solicitud de inscripción del partido político “AVANZA PAIS – PARTIDO DE INTEGRACION SOCIAL”, presentada por el ciudadano Delcio Manuel Vidales Gómez (fallecido), en ese entonces Personero Legal Titular, el 29 de septiembre de 2011.
CONSIDERANDOS:
Con fecha 29 de septiembre de 2011, el ciudadano Delcio Manuel Vidales Gómez (fallecido), en ese entonces Personero Legal Titular del partido político “AVANZA PAIS – PARTIDO DE INTEGRACION SOCIAL”, solicitó la inscripción de éste en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones.
Revisada la solicitud y sus anexos, así como la documentación subsanatoria presentada, se advierte que la organización política cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5º de la Ley de Organizaciones Políticas, Ley Nº 28094 (en adelante LOP), así como el artículo 23º del Texto Ordenado del Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas, aprobado por Resolución Nº 049-2017-JNE, siendo éstos:
I) Acta de Fundación: La cual contiene el ideario de la organización política, su denominación y símbolo, así como la relación de directivos, la cual queda finalmente conformada de la siguiente manera:
Presidente Ejecutivo: Pedro Cenas Casamayor
Vicepresidente: Liz Nathalie Paredes Dionicio.
Secretaria General Nacional: Edwin Ivañez de la Cruz Ponce
Secretaria Nacional de Organización: Zela Maribel Dionicio Dueñas
Secretaria Nacional de Economía: Alfredo Roberto Huamán Camayo
Secretaria Nacional de Juventudes: Ider Dionicio Teodoro
Secretario Nacional de Ideología y Política: Eladio Castañeda Adauto Saavedra
Secretaria Nacional del Medio Ambiente: Ronal Perez Flores
Secretaria Nacional de Prensa: Aldo Fabrizio Borrero Rojas
Secretaria de Relaciones Internacionales: Favio Walter Castellares Cáceres
Apoderado: Aldo Fabrizio Borrero Rojas.
Personero Legal Titular: Zela Maribel Dionicio Dueñas
Personero Legal Alterno: Eladio Castañeda Adauto Saavedra.
Personero Técnico Titular: Ricardo Roberto Ramirez Espinosa
Personero Técnico Alterno: Aldo Fabrizio Borrero Rojas
Representante Legal: Pedro Cenas Casamayor.
Tesorero Nacional: Alfredo Roberto Huamán Camayo
Primer Tesorero Descentralizado: Edwin Ivañez de la Cruz Ponce
Segundo Tesorero Descentralizado: Aldo Fabrizio Borrero Rojas
Tercer Tesorero Descentralizado: Favio Walter Castellares Cáceres
II) La organización política presentó una cantidad de adherentes en un número no menor del 1% de los ciudadanos que sufragaron en las elecciones de carácter nacional del año 2011, equivalente a la cantidad de 145,057 firmas válidas.
En el presente caso en particular, la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, luego de verificar el número de firmas presentadas por la organización política, determinó que la misma obtuvo un total de 145,059 firmas válidas, las cuales fueron informadas de la siguiente manera:
- Primer lote: 19,644 firmas válidas, según se advierte en el Oficio Nº 2298-2011-SG/ONPE.
- Reproceso por liberación de firmas: 5,927 firmas válidas, según se advierte en el Oficio Nº 2388-2011-SG/ONPE.
- Segundo lote: 9,644 firmas válidas, según se advierte en el Oficio Nº 1489-2012-SG/ONPE.
- Tercer lote: 59,757 firmas válidas, según se advierte en el Oficio Nº 650-20174-SG/ONPE.
- Cuarto lote: 41,468 firmas válidas, según se advierte en el Oficio Nº 2018-2015-SG/ONPE.
- Quinto lote: 8,619 firmas válidas, según se advierte en el Oficio Nº 001-2016-SG/ONPE.
III) La organización política debía contar con actas constitutivas de comités provinciales ubicados en por lo menos el tercio de las provincias del país que a su vez estén ubicados en las dos terceras partes del número de departamentos, cada una de ellas suscrita por no menos de cincuenta (50) afiliados. En tal sentido, la organización política acreditó la existencia y funcionamiento de sesenta y seis (66) comités provinciales ubicados en veintidós (22) departamentos, siendo los mismos: Rodríguez de Mendoza, Bolognesi, Carlos Fermín Fitzcarrald, Casma, Huaraz, Huari, Huarmey, Huaylas, Recuay, Santa, Yungay, Abancay, Chincheros, Arequipa, Caravelí, Islay, La Mar, Cajabamba, Celendín, Chota, Cutervo, Jaén, Anta, Calca, Cusco, Urubamba, Huancavelica, Huánuco, Lauricocha, Ica, Pisco, Concepción, Huancayo, Jauja, Tarma, Ascope, Julcán, Pacasmayo, Sánchez Carrión, Santiago de Chuco, Trujillo, Virú, Chiclayo, Barranca, Lima, Alto Amazonas, Maynas, Ilo, Mariscal Nieto, Pasco, Morropón, Paita, Piura, Sechura, Sullana, Talara, Azángaro, Carabaya, Chucuito, Puno, Tacna, Tarata, Contralmirante Villar, Tumbes, Coronel Portillo y Padre Abad.
La verificación que cada uno de los comités provinciales cuenta con más de cincuenta (50) afiliados válidos corrió por cuenta del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), quien informó de ello a través de los Oficios Nº 890-2011/GRE/SGVFAE/RENIEC, 3525-2016/GRE/SGVFATE/RENIEC y 238-2017/GRE/SGVFATE/RENIEC; asimismo, la existencia y funcionamiento de cada uno de ellos fue verificada por la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del Jurado Nacional de Elecciones, tal como se aprecia de manera integral en los Informes Nº 068-2011-LAA/JNE y 0042017-RSD-DNFPE/JNE y en la propia documentación presentada por la organización política, quedando éstos constituidos en las siguientes direcciones:
IV) Finalmente, la organización política ha presentado un Estatuto, el cual regula el contenido mínimo señalado en el artículo 9º de la LOP, asimismo, ha designado Personeros Legales, Técnicos y Representante Legal.
En cumplimiento del artículo 10º de la LOP, la organización política publicó el día 21 de abril de 2017, en el diario oficial “El Peruano”, la síntesis de su solicitud de inscripción, la misma que también fue publicada en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones, con el objeto que cualquier persona natural o jurídica pueda ejercer el derecho de oponerse a la inscripción, formulando para ello una tacha; en ese sentido, habiéndose vencido el plazo para la interposición de tachas el día 28 de abril de 2017, se solicitó a la Oficina de Servicios al Ciudadano del Jurado Nacional de Elecciones informe respecto a la eventual presentación de alguna tacha, habiéndose emitido en respuesta el Memorando Nº 330-2017-SC/DGRS/JNE de fecha 4 de mayo de 2017, mediante el cual se informó que no se ha presentado tacha alguna.
Las organizaciones políticas se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores, y luego de cumplidos los requisitos establecidos en la ley, éstos se inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas.
Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley a la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones,
RESUELVE:
Artículo Primero.- Inscribir en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones al partido político “AVANZA PAIS – PARTIDO DE INTEGRACION SOCIAL”.
Artículo Segundo.- Abrir la partida registral en el Libro de Partidos Políticos, Tomo 2, Partida Electrónica número 25 y regístrese la inscripción en el Asiento número 1 de dicha partida.
Artículo Tercero.- Téngase acreditados como personeros legales, titular y alterno, a los ciudadanos Zela Maribel Dionicio Dueñas y Eladio Castañeda Adauto Saavedra, respectivamente.
Regístrese y notifíquese.
FERNANDO RODRIGUEZ PATRON
Director Nacional del Registro de
Organizaciones Políticas