R 417-2015-SBN-DGPE-SDAPER_417_2015_SBN-DGPE-SDAPE

RESOLUCIÓN N° 417-2015/SBN-DGPE-SDAPE

Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en el departamento de Moquegua

[+] Datos Generales
20150607Legislacion
Fecha de Promulgación :27/05/2015
Fecha de Publicación :07/06/2015
Entrada en vigencia :08/06/2015
Página El Peruano:554532
Estado :

[+]

SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN

DEL PATRIMONIO ESTATAL

San Isidro, 27 de mayo del 2015

Visto el Expediente N° 463-2015/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 100 289,62 m², ubicado aproximadamente a 1.5 Km. del Centro Poblado Cogri, a la margen izquierda de la carretera hacia Arequipa (tramo Omate-Arequipa), distrito de Omate, provincia General Sanchez Cerro, departamento de Moquegua;

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA;

Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de100 289,69 m², ubicado aproximadamente a 1.5 Km. del Centro Poblado Cogri, a la margen izquierda de la carretera hacia Arequipa (tramo Omate-Arequipa), distrito de Omate, provincia General Sanchez Cerro, departamento de Moquegua, que se encontraría sin inscripción registral;

Que, mediante Oficio N° 596-2014/Z.R.N°XIII-ORM de fecha 07 de agosto de 2014 (fojas 03) la Zona Registral N°XIII-Sede Tacna, remite el Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 07 de agosto de 2014 sobre la base del Informe Técnico N° 1019-2014-ZRN°XIII/UREG-ORM-R de fecha 22 de julio de 2014 (fojas04 al 05), donde señala que se encuentra totalmente sobre ámbito que no cuenta con antecedentes registrales, asimismo señala que el área en consulta se encuentra sobre parte de una concesión inscrita en la partida 05000524;

Que, la concesión que figura en la partida antes señalada no impide inscribir en primera de dominio un predio cuyo ámbito este parte o dentro de una concesión, dado que la inscripción de una concesión no constituye propiedad inmueble;

Que, en ese sentido, las concesiones que se hayan otorgado sobre el predio que nos ocupa, solo otorga al concesionario el derecho de uso, más no el derecho de propiedad, por lo que no afecta el procedimiento de primera inscripción de dominio que se viene tramitando a favor del Estado;

Que, realizada la inspección técnica con fecha 09 de abril de 2015 (fojas 07) se observó que el terreno es de naturaleza eriaza de forma irregular, el mismo que presenta suelo arenoso arcilloso con presencia de ceniza volcánica y una topografía con relieve plano, pendiente menor a 5% aproximadamente, encontrándose desocupado;

Que, elaborada la documentación técnica que sustenta la presente resolución se procedió a determinar el área exacta a inscribir, el cual se ha determinado un área de 100 289,62 m², ubicado aproximadamente a 1.5 Km. del Centro Poblado Cogri, a la margen izquierda de la carretera hacia Arequipa (tramo Omate-Arequipa), distrito de Omate, provincia General Sanchez Cerro, departamento de Moquegua;

Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de100 289,62 m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado;

Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia;

De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias;

Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0557-2015/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 25 de mayo de 2015 (fojas14 al 16);

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 100 289,62 m², ubicado aproximadamente a 1.5 Km. del Centro Poblado Cogri, a la margen izquierda de la carretera hacia Arequipa (tramo Omate-Arequipa), distrito de Omate, provincia General Sanchez Cerro, departamento de Moquegua; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.

KEYWORDS:

Artículo 2°.- La Zona Registral N° XIII - Sede Tacna de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Moquegua.

KEYWORDS:
[+]

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS GARCÍA WONG

Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal


Software elaborado por Gaceta Jurídica
Contáctenos en: informatica@gacetajuridica.com.pe