ACUERDO DE CONCEJO Nº 035-2015/MSJM
Aceptan donación de camiones compactadores de basura ofrecida por la Corporación EW S.A.C.
20150523Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 08/05/2015 |
---|---|
Fecha de Publicación : | 23/05/2015 |
Entrada en vigencia : | 24/05/2015 |
Página El Peruano: | 553187 |
Estado : |
San Juan de Miraflores, 08 de mayo del 2015.
EL ALCALDE DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
POR CUANTO:
Visto; en Sesión Ordinaria de la fecha, el Memorándum Nº 1643-2015-GM-MDSJM, de fecha 06 de mayo del 2015, de la Gerencia Municipal, mediante el cual se eleva la propuesta para la aceptación de la donación de tres camiones compactadores de basura marca Mercedez Benz, modelo Axor 2628, compactador marca Transpak, modelo Apollo, valorizados en S/1´494,000.00 nuevos soles, y la suscripción del Convenio de Cooperación entre la empresa Trastiendas Integradas S.A.C. y la Municipalidad de San Juan de Miraflores, a fin de que el Concejo Municipal evalúe y apruebe las mismas, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta S/N, de fecha 29 de abril del 2015, la Corporación EW S.A.C., representado por su Gerente Inmobiliario el señor Edgar Callo Marín, manifiesta que su Grupo Económico ha generado la disposición de adquirir y donar a la Municipalidad de San Juan de Miraflores, tres camiones compactadores de basura, de diecinueve metros cúbicos (19 m3), valorizados en la suma total de S/.1´494,000.00 (un millón cuatrocientos noventa y cuatro mil con 00/100 Nuevos Soles); asimismo manifiesta su disposición de suscribir un Convenio de Cooperación, a fin de establecer el marco dentro del cual una de las empresas de su Grupo Económico realizará el aporte a título gratuito;
Que, mediante el Memorándum Nº 101-2015-GAJMDSJM, de fecha 06 de mayo del 2015, la Gerencia de Asesoría Jurídica deriva los actuados a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a fin de que se pronuncie mediante un Informe Técnico, respecto al Convenio de Cooperación entre la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores y Trastiendas Integradas S.A.C.;
Que, mediante el Memorándum Nº 464-2015-GPP/MDSJM, de fecha 06 de mayo del 2015, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto emite Opinión Técnica favorable a fin de que se dispongan los trámites para la aprobación del Convenio de Cooperación entre la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores y Trastiendas Integradas S.A.C.;
Que, mediante el Memorándum Nº 102-2015-GAJMDSJM, de fecha 06 de mayo del 2015, la Gerencia de Asesoría Jurídica deriva los actuados a la Sub Gerencia de Abastecimiento y Control Patrimonial, a fin de que se pronuncie mediante un Informe Técnico, respecto a las donaciones referidas en el Convenio de Cooperación entre la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores y Trastiendas Integradas S.A.C.;
Que, mediante el Informe N° 555-2015-SGAYCP-GAF/MDSJM, de fecha 06 de mayo del 2015, la Subgerencia de Abastecimiento y Control Patrimonial informa que, con respecto a la donación de tres camiones compactadores de basura, de diecinueve metros cúbicos (19 m3), valorizados en la suma total de S/. 1´494,000.00 (un millón cuatrocientos noventa y cuatro mil con 00/100 nuevos soles), por parte de la empresa Trastiendas Integradas S.A.C., es necesario que la misma sea aprobada mediante Acuerdo de Concejo, de conformidad con lo normado por el inciso 20) del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972;
Que, mediante el Informe Nº 100-2015-MDSJM/GAJ, de fecha 06 de mayo del 2015, la Gerencia de Asesoría Jurídica ha concluido señalando que, es de la opinión que resulta factible la aprobación de la aceptación de la donación de los bienes propuestos por la empresa Trastiendas Integradas S.A.C., independientemente de la celebración del Convenio, lo cual se deberá poner en consideración del Concejo Municipal para su deliberación y eventual aprobación, de conformidad con el inciso 20) del artículo 9º de la Ley Nº 27972; asimismo, también es de la opinión que resulta factible la celebración del Convenio entre la Municipalidad y la empresa Trastiendas Integradas S.A.C., razón por la cual se deberá elevar al Concejo Municipal el proyecto de Convenio para su deliberación y eventual aprobación, de acuerdo con el inciso 26) del artículo 9º de la Ley Nº 27972.
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley N° 28607, establece que las municipalidades son órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en tal virtud, están facultadas para aprobar su organización interna, su presupuesto, organizar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad y planificar el desarrollo de su jurisdicción entre otros aspectos;
Que, lo señalado en el párrafo anterior, es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, que señala que la autonomía consagrada en la Constitución Política del Perú, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos, y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; es decir, que siendo la municipalidad, un nivel de gobierno subnacional, está obligada a observar y cumplir de manera obligatoria las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo VIII del Título Preliminar de la Ley N° 27972;
Que, conforme a lo establecido por el numeral 20) del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, corresponde al Concejo Municipal, aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad;
Que, de conformidad con el numeral 26) del artículo 9° de la citada Ley, es atribución del Concejo Municipal “Aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional, internacional así como convenios interinstitucionales”.
Que, en relación a lo ofrecido por Corporación EW S.A.C., a través de su empresa Trastiendas Integradas S.A.C., es menester precisar que la donación, debe ser entendida como un acto de liberalidad, por el cual una persona, natural o jurídica, transfiere gratuitamente la propiedad de un bien o bienes a otra, tal como lo establece el artículo 1621° del Código Civil Peruano;
Que, en el presente caso la Corporación EW S.A.C., a través de su empresa Trastiendas Integradas S.A.C., mediante Carta S/N, de fecha 29 de abril del 2015, manifiesta que su Grupo Económico ha generado la disposición de donar a la Municipalidad de San Juan de Miraflores, tres camiones compactadores de basura, marca Mercedez Benz, modelo Axor 2628, compactador marca Transpak, modelo Apollo, de diecinueve metros cúbicos (19 m3), valorizados en la suma total de S/. 1´494,000.00 (un millón cuatrocientos noventa y cuatro mil con 00/100 nuevos soles); asimismo, manifiesta su disposición de suscribir un Convenio de Cooperación a fin de establecer el marco dentro del cual una de las empresas de su Grupo Económico realizará el aporte a título gratuito;
Que, en la doctrina jurídica se ha establecido que la característica principal del Convenio, que lo distingue del contrato, es la falta de onerosidad, es decir, que las obligaciones a las cuales se comprometen las partes intervinientes no genera algún tipo de beneficio económico a favor de alguna de éstas;
Que, a efectos de poder determinar si es factible la suscripción del Convenio de Cooperación entre la Corporación EW S.A.C., a través de su empresa Trastiendas Integradas S.A.C. y la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, es necesario revisar el contenido del mismo a fin de establecer si su naturaleza es realmente la de un Convenio, y si ayudará al ejercicio de las funciones y competencias de la Municipalidad;
Que, el presente Convenio tiene por objeto que Corporación EW S.A.C., a través de su empresa Trastiendas Integradas S.A.C., done a favor de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores tres camiones compactadores de basura, marca Mercedez Benz, modelo Axor 2628, compactador marca Transpak, modelo Apollo, de diecinueve metros cúbicos (19 m3), valorizados en la suma total de S/. 1´494,000.00 (un millón cuatrocientos noventa y cuatro mil con 00/100 nuevos soles), lo cual incidirá en mejorar el sistema de recolección de residuos sólidos y el desarrollo comercial y económico en el distrito, beneficiando directa e indirectamente a la población del distrito de San Juan de Miraflores, con el fin de fomentar el bienestar de sus vecinos, lo cual permitirá a dicha población acceder a mayores y mejores condiciones de servicios, de conformidad al numeral 3.3 del inciso 3) del artículo 86º de la Ley Nº 27972, así como oportunidades de trabajo, según el inciso 2) del artículo 84º de la referida Ley; reflejando todo esto una gran ayuda para la población del distrito, sin que se estuviera generando algún beneficio económico para las partes intervinientes;
Que, de lo señalado en el considerando anterior, el objeto del Convenio es favorable para esta entidad, señalando por último que el plazo de vigencia es hasta el 31 de diciembre del 2018;
Que, estando a que corresponde al Concejo Municipal de San Juan de Miraflores, aprobar la donación y la celebración del Convenio de Cooperación y proceder a emitir el Acuerdo correspondiente; y, siendo el caso que se tiene los pronunciamientos favorables de la Gerencia de Asesoría Jurídica, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y de la Subgerencia de Abastecimiento y Control Patrimonial, resultaría atendible la aceptación de la donación y la aprobación de la celebración del Convenio de Cooperación, ofrecidas por la Corporación EW S.A.C., a través de su empresa Trastiendas Integradas S.A.C., para lo cual, deberá emitirse el Acuerdo de Concejo correspondiente;
Que, respecto a la suscripción del Convenio, después de la aprobación del Acuerdo de Concejo, éste deberá ser suscrito por el Alcalde de esta Comuna, de acuerdo a la disposición precisada en el inciso 23) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - 27972, que señala como atribución del Alcalde la celebración de los actos, contratos y convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones, para lo cual el Concejo Municipal deberá autorizarlo para dicha suscripción;
Estando a los considerandos antes señalados, en uso de las facultades conferidas por los artículos 9° y 41° de la Ley Orgánica de las Municipalidades – Ley N° 27972; con el voto favorable de trece (unánime) miembros del Concejo presentes y con dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta;
ACUERDA:
Artículo Primero: ACEPTAR, la donación ofrecida por la CORPORACIÓN EW S.A.C., a través de su empresa TRASTIENDAS INTEGRADAS S.A.C. debidamente representada por su Gerente General el señor ERASMO WONG LU VEGA a favor de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, consistente en tres camiones compactadores de basura marca Mercedez Benz, modelo Axor 2628, compactador marca Transpak, modelo Apollo, de diecinueve metros cúbicos (19 m3), valorizados en la suma total de S/. 1´494,000.00 (un millón cuatrocientos noventa y cuatro mil con 00/100 nuevos soles).
Artículo Segundo: APROBAR la celebración del Convenio de Cooperación entre la empresa TRASTIENDAS INTEGRADAS S.A.C. y la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores.
Artículo Tercero.- AUTORIZAR al Alcalde la suscripción del Convenio de Cooperación aprobado en el artículo precedente.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR el trámite que corresponde de la donación antes aceptada y el cumplimiento del presente Acuerdo, a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a la Subgerencia de Abastecimiento y Control Patrimonial y demás unidades competentes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JAVIER ERNESTO ALTAMIRANO COQUIS
Alcalde