RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 168-2015-DE/MGP
Autorizan viaje de personal de la Marina de Guerra del Perú a Ecuador, en comisión de servicios
20150519Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 18/05/2015 |
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Fecha de Publicación : | 19/05/2015 |
Entrada en vigencia : | 20/05/2015 |
Página El Peruano: | 552782 |
Estado : |
Lima, 18 de mayo de 2015
Visto, el Oficio P.200-1133 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 30 de abril de 2015;
CONSIDERANDO:
Que, la Ministra de Relaciones Exteriores cursa la invitación al Ministro de Defensa, para que los integrantes del equipo técnico nacional del Ministerio de Defensa y conjuntamente con los técnicos de los Ministerios del Ambiente, Energías y Minas, Producción y de la Cancillería de Relaciones Exteriores, participen en una reunión con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana del Ecuador, a realizarse en la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 6 al 8 de mayo de 2015;
Que, asimismo, el Coordinador de la Asesoría Jurídica del Gabinete Especializado del Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores, ha informado a los integrantes del mencionado equipo técnico, que en coordinación con la delegación del Ecuador, la referida reunión ha sido postergada, considerándose como nueva fecha del 20 al 22 de mayo de 2015;
Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2015, la designación y autorización de viaje de UN (1) Oficial Almirante, UN (1) Oficial Subalterno y UN (1) Empleado Civil para que participen en la mencionada reunión;
Que, el Contralmirante Rodolfo SABLICH Luna Victoria, Director de Hidrografía y Navegación, el Teniente Primero Michel LAGUERRE Kleimann, Jefe del Departamento de Patrimonio Cultural de la Dirección de Interéses Marítimos y el Empleado Civil Aquiles Eduardo CARCOVICH Carcovich, Asesor de la Dirección de Hidrografía y Navegación, integran el equipo técnico nacional de la Marina de Guerra del Perú - Ministerio de Defensa;
Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Contralmirante Rodolfo SABLICH Luna Victoria, del Teniente Primero Michel LAGUERRE Kleimann y del Empleado Civil Aquiles Eduardo CARCOVICH Carcovich, para que participen en una reunión con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana del Ecuador, a realizarse en la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 20 al 22 de mayo de 2015; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú, debido a que permitirá abordar temas de interés nacional y realizar trabajos relacionados con la declaración conjunta sobre el reconocimiento internacional del Golfo de Guayaquil como Bahía Histórica;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2015 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa;
Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Contralmirante Rodolfo SABLICH Luna Victoria, CIP. 01860343, DNI. 43439292, del Teniente Primero Michel LAGUERRE Kleimann, CIP. 00099284, DNI. 44325453 y del Empleado Civil Aquiles Eduardo CARCOVICH Carcovich, CIP. 00107128, DNI. 43322198, para que participen en una reunión con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana del Ecuador, a realizarse en la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 20 al 22 de mayo de 2015; así como, autorizar su salida del país el 19 y su retorno el 23 de mayo de 2015.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima - Quito
(República del Ecuador) - Lima
US$ 1,500.00 x 3 personas US$ 4,500.00
Viáticos:
US$ 370.00 x 3 personas x 3 días US$ 3,330.00
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TOTAL A PAGAR: US$ 7,830.00
Artículo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni los nombres de los participantes.
Artículo 4º.- El Oficial Almirante designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ
Ministro de Defensa