R 44-2015-SUNAFILR_44_2015_SUNAFIL

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 044-2015-SUNAFIL

Conforman equipo funcional denominado Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional y establecen sus funciones

[+] Datos Generales
20150321Legislacion
Fecha de Promulgación :19/03/2014
Fecha de Publicación :21/03/2015
Entrada en vigencia :22/03/2015
Página El Peruano:549126
Estado :

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Lima, 19 de marzo de 2015

VISTOS: El Memorándum Nº 072-2015-SUNAFILSG- OGAJ; El Informe Nº 037-2015-SUNAFIL/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 041-2015-SUNAFIL/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29981, se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias;

Que, el literal c) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-TR y modificatoria establecen como una de las funciones del Superintendente, aprobar las normas de regulación de funcionamiento interno;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-TR, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2013-TR, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, el cual establece la estructura orgánica de la SUNAFIL y las funciones asignadas a sus órganos y unidades orgánicas;

Que, conforme al artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, la Secretaría General es el órgano de Alta Dirección que tiene a su cargo, proponer y ejecutar las políticas de prensa, relaciones públicas, protocolo e imagen institucional de la SUNAFIL;

Que, las áreas, oficinas y/o equipos funcionales se establecen en el número estrictamente necesario, a fin de facilitar la organización, supervisión y control del trabajo, acortando y agilizando la cadena de mando y su conformación se sustenta cuando hay necesidad de segregar funciones incompatibles en una unidad orgánica para que exista independencia y separación; cuando es necesario establecer un nivel de responsabilidad funcional, para una adecuada delegación de autoridad que permita la adopción de decisiones en los procesos operativos de carácter especializado, complejos o de gran magnitud, de modo que se cumpla con las responsabilidades asignadas;

Que, a través del documento de visto, los órganos de Asesoría de esta Superintendencia, proponen y sustentan técnicamente que, en tanto se aprueban las modificaciones a los documentos técnicos de gestión de la SUNAFIL, esta Superintendencia conforme el equipo de trabajo de tipo funcional, denominado “Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional” al interior de la Secretaría General a fin de garantizar el cumplimiento de los fines institucionales en lo concerniente a la ejecución de las políticas de prensa, relaciones públicas, protocolo e imagen institucional. Dicho equipo funcional dependerá directamente del Secretario General;

Que, el numeral 5.4. de la Directiva Nº 001-2014-SUNAFIL/OGPP “Gestión de Instrumentos Normativos, aprobada por Resolución de Secretaria General Nº 026-2014-SUNAFIL-SG, establece el procedimiento a seguir para la conformación de equipos de trabajo funcionales;

De conformidad con la Ley Nº 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, y en uso de las facultades conferidas en el literal c) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-TR y modificado por Decreto Supremo Nº 009-2013-TR;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Equipo Funcional: Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional.

1.1 Conformar, el Equipo Funcional denominado Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, quien tendrá a su cargo el diseño, formulación de las políticas de prensa, relaciones públicas, protocolo e imagen institucional, bajo la dirección y supervisión del Secretario General de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, en tanto se apruebe el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de SUNAFIL y los instrumentos de gestión relacionados.

1.2 La Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional tendrá las siguientes funciones específicas:

a) Diseñar y ejecutar la política comunicacional y de relaciones públicas de la SUNAFIL, en coordinación con la Alta Dirección y los órganos de administración interna de la institución;

b) Asesorar a la Alta Dirección en la gestión de comunicación de la Institución;

c) Formular y ejecutar la estrategia de comunicación entre la SUNAFIL y los medios de comunicación, elaborando y difundiendo el material informativo que permita una adecuada cobertura de sus actividades;

d) Elaborar y proponer el plan anual de difusión de los servicios y programas propios a las actividades de la SUNAFIL;

e) Proporcionar a las instituciones públicas, privadas y sociedad civil información apropiada y oportuna sobre las labores que realiza la SUNAFIL;

f) Brindar diariamente información a la Alta Dirección sobre las principales noticias acontecimientos nacionales e internacionales vinculados a las actividades propias de la institución;

g) Dar cobertura periodística a las actividades de la Alta Dirección preparando las conferencias de prensa para su respectiva difusión o archivo, cuando así sea necesario;

h) Coordinar las acciones protocolares de la Alta Dirección, así como la atención a personalidades de organismos nacionales y del exterior;

i) Coordinar con los órganos de línea, administración interna y órganos desconcentrados de la SUNAFIL, los canales adecuados de extracción, análisis y difusión de la información de la entidad, referida al fortalecimiento de la imagen institucional;

j) Organizar, conducir, dirigir, publicitar y preparar las ceremonias, actividades y eventos institucionales oficiales que realiza la SUNAFIL;

k) Elaborar y mantener actualizado el directorio de la administración pública relacionado con el quehacer institucional;

l) Administrar el archivo periodístico, fotográfico y la videoteca relacionada con las gestiones y actividades de la SUNAFIL;

m) Coordinar con la Oficina de Recursos Humanos la realización de actividades internas de carácter cultural y social, buscando la integración de los trabajadores de la SUNAFIL;

n) Supervisar la actualización y adecuada administración de la página Web de la institución;

o) Otras funciones, que le asigne la Secretaría General.

KEYWORDS:

Artículo 2º.- Disponer que la Oficina General de Administración y la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto adopten las acciones administrativas pertinentes para la materialización e implementación de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional.

KEYWORDS:

Artículo 3º.- Disponer que las Unidades Orgánicas de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL presten su apoyo y colaboración a la Oficina de Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional.

KEYWORDS:

Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal institucional de la SUNAFIL (www.sunafil.gob.pe).

KEYWORDS:
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Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSCAR ENRIQUE GÓMEZ CASTRO

Superintendente Nacional de

Fiscalización Laboral


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