RA 165-2015-MDIRA_165_2015_MDI

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 165-2015-MDI

Conforman y constituyen Grupo de Trabajo de la Gestión de Riesgo de Desastres de la Municipalidad, en cumplimiento de la Ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres

[+] Datos Generales
20150318Legislacion
Fecha de Promulgación :25/02/2015
Fecha de Publicación :18/03/2015
Entrada en vigencia :19/03/2015
Página El Peruano:548867
Estado :

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Independencia, 25 de febrero del 2015

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE INDEPENDENCIA

VISTO: El Memorando Nº 0126-2015-GPIC/MDI y el Informe Nº 001-2015-PMP-GPIC/MDI, de la Gerencia de Promoción de la Inversión y Cooperación, el cual concluye que, siendo el caso de haberse emitido un nuevo Reglamento de Organizaciones y Funciones mediante Ordenanza Nº 314-MDI, habiéndose con ello restado validez a la Resolución de Alcaldía Nº 999-2013-MDI que conforma y constituye el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad de Independencia, por haberse encomendado a través de ella funciones a una Gerencia y Subgerencia que a la fecha no existen, se concluye que es necesario la emisión de una nueva Resolución de Alcaldía que designe a un nuevo Grupo de Trabajo conforme al último Reglamento de Organización y Funciones, que ha sido aprobado, debiéndose incluir a los Gerentes que tienen una participación directa dentro de la Gestión del Riesgo de Desastres.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú modificado por la Ley de la Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, concordante con artículo II del Título preliminar de la Ley Organiza de Municipalidades Nº27972;

Que mediante ley Nº 29664, se creó el Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres –SINAGERD, como Sistema Interinstitucional, sinérgico, descentralizado y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastres mediante el establecimiento de principios y lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión de Riesgos de Desastres;

Que, por Decreto Supremo Nº 048 – 2011- PCM, se aprobó el reglamento de la Ley Nº 29664, estableciendo en su artículo 11 las funciones que cumplen los gobiernos regionales y locales en concordancia con lo establecido en la Ley Nº 29664 y las leyes orgánicas respectivas, que: “Los presidentes regionales y los alcaldes, constituyen y presiden los Grupos de Trabajo de la Gestión de Riesgo de Desastres, como espacios internos de articulación para la formulación de normas y planes, evaluación y organización de los procesos de Gestión de Riesgo de Desastres en el ámbito de su competencia. Estos grupos coordinarán y articularán la gestión prospectiva, correctiva y reactiva en el marco del SINAGERD. Los grupos de trabajo estarán integrados por los responsables de los órganos y unidades orgánicas competentes de sus respectivos gobiernos (…) los órganos y unidades orgánicas de los gobiernos regionales y locales deberán incorporar e implementar en su gestión, los procesos de: estimación, prevención, reducción del riesgo, reconstrucción, preparación, respuesta y rehabilitación (…)”;

Que, mediante Directiva Nº 001 – 2012 – PCM/SINAGERD, aprobado por Resolución Ministerial Nº 276 – 2012 –PCM, se han aprobado los “Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión de Riesgo de Desastres en los tres niveles de Gobierno”, lineamientos que son de aplicación para las entidades públicas del gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales.

Contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Legal y Gerencia de Promoción de la Inversión y Cooperación y de conformidad con los dispuesto en la Ley Nº 29664, Decreto Supremo Nº 048 – 2011 – PCM, y en uso de sus facultades conferidas por la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y sus Modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- CONFORMAR Y CONSTITUIR el grupo de Trabajo de la Gestión de Riesgo de Desastres de la Municipalidad Distrital de Independencia, en cumplimiento de la Ley Nº 29664 – Ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, su reglamento y la directiva Nº 001 -2012- PCM/SINAGERD, integrado de la siguiente manera:

- Alcalde de la Municipalidad Distrital de Independencia, quien lo preside.

- Gerente Municipal.

- Gerente de Desarrollo Urbano.

- Gerente de Desarrollo Económico Local.

- Gerente de Administración y Finanzas.

- Gerente de Planificación, Presupuesto y Racionalización.

- Gerente de Desarrollo Social.

- Gerente de Gestión Ambiental.

- Gerente de Seguimiento y Evaluación.

- Gerente de Seguridad Ciudadana.

- Gerente de Infraestructura Pública.

- Gerente de Fiscalización y Control Municipal.

- Gerente de Promoción de la Inversión y Cooperación, asume la secretaría técnica.

- Subgerente de Imagen Institucional y Participación Vecinal.

- Subgerente de la Mujer, Educación, Cultura, Servicio Social, CIAM, Demuna.

- Subgerente de Programas Alimentarios y Salud.

- Subgerente de Juventudes Recreación y Deportes.

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Artículo Segundo.- El Grupo de Trabajo constituido en el artículo 1 de la presente Resolución, asumirá las funciones establecidas en la Ley Nº 29664, Ley de la creación del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048 -2011 – PCM y la Directiva Nº 001 -2012–PCM/SINAGERD “Lineamientos para la Constitución y funcionamiento de los Grupos de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres en los tres niveles de Gobierno” aprobado por Resolución Ministerial Nº 276 - 2012 – PCM, siendo las funciones de dicho Grupo de Trabajo, indelegables.

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Artículo Tercero.- Constituir el Equipo Técnico de Apoyo al Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad Distrital de Independencia, conformado por personal técnico de las gerencias que la conforman.

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Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución a los integrantes del Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres, designado en el artículo primero, conforme a ley.

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Artículo Quinto.- La Resolución Municipal o norma equivalente, así con el acta de instalación será publicada en su portal institucional y/o en el Diario Oficial El Peruano.

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Regístrese, comuníquese y cúmplase.

EVANS R. SIFUENTES OCAÑA

Alcalde


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