RESOLUCIÓN DE GERENCIA N° 443-2014-GDT-MPC
Aprueban la recepción de obra con variaciones de la Habilitación Urbana “Los Eucaliptos”
20150318Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 30/12/2014 |
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Fecha de Publicación : | 18/03/2015 |
Entrada en vigencia : | 19/03/2015 |
Página El Peruano: | 548876 |
Estado : |
Cajamarca, 30 de Diciembre del 2014.
EL GERENTE DE DESARROLLO TERRITORIAL DE
LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA
VISTO:
El Formulario Único de Habilitación Urbana – FUHU, con Registro Administrativo Nº 71911-2014, presentado por Minera Yanacocha S.R.L.; Resolución de Alcaldía Nº 310-2009-A-MPC; Informe Legal Nº 467-2014-AL-SGDU y C-GDT-MPC, Informe Nº 332-2014-LRG-SGDU y CGDT-MPC, Informe Nº 330-2014-LRG-SGDU y C-GDTMPC, Informe Nº 360-2014-PFR-SGDU y C-GDT/MPC; Informe Nº 302-2014-LRG-SGDU y C-GDT-MPC.
CONSIDERANDO:
En atención a lo establecido en el Art. 195° de la Constitución Política del Perú: Los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad; así como el Planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones.
Que de conformidad con lo establecido en el Art. 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades Provincial asumen las competencias y ejercen funciones específicas en la organización del espacio físico y uso de suelo, específicamente en habilitaciones urbanas.
Que según lo prescrito en el numeral 1 del Artículo 3º de la Ley de Regularizaciones de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones – Ley 29090, la Habilitación Urbana es el proceso de convertir un terreno rústico o eriazo en urbano, mediante la ejecución de obras de accesibilidad, de distribución de agua recolección de desagüe, de distribución de energía e iluminación pública, pistas y vereda. Adicionalmente, el terreno podrá contar con redes para la distribución de gas y redes de comunicaciones.
Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 310-2009-AMPC, de fecha 09 de setiembre de 2009, la Municipalidad Provincial de Cajamarca aprobó la Regularización del Proyecto de la Habilitación Urbana denominada “Los Eucaliptos” para fines de vivienda, del predio de una extensión superficial de 36,025.00 m2, ubicado en la Av. San Martín de Porres, distrito, provincia y departamento de Cajamarca; distribuido en 5 manzanas con 62 lotes, de conformidad con la memoria descriptiva y planos de lotización que forman parte de la citada resolución. Proyecto debidamente inscrito en el Asiento B0002 de la Partida N° 11091251 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Cajamarca, Que en atención a lo establecido en el Art. 15º de la Norma TH.010 del Reglamento Nacional de Edificaciones, “Las Habilitaciones Convencionales, o simplemente Urbanizaciones, son aquellas que cumplen con la ejecución de las obras mínimas según su tipo, cumpliendo con el procedimiento de recepción de obras, de manera previa a la venta de lotes.” Estableciéndose en el Reglamento de la Ley Nº 29090 el procedimiento y requisitos para la aprobación de la Recepción de Obras de Habilitación Urbana.
Que, el artículo 36º y siguientes del Reglamento de la Ley Nº 29090, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, establecen el procedimiento y requisitos para la aprobación de la Recepcción de Obras de Habilitación Urbana.
Que bajo esta premisa normativa, la empresa Minera Yanacocha S.R.L., debidamente representada por su apoderado el Sr. Wilby Daniel Cáceres Pinedo, mediante Formulario Único de Habilitación Urbana – FUHU con Registro Administrativo Nº 71911-2014, solicitó la Recepción de Obras del Proyecto de Habilitación Urbana denominado “Los Eucaliptos”.
Que, el área técnica de la Sub Gerencia de Desarrollo Urbano y Catastro, ha verificado que el proyecto presentado cumple con todos los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Institución, tal como costa en el Informe N° 302-2014-LRG-SGDUyC-GDT-MPC. Asimismo, se encuentra acreditado con el Acta de entrega y Recepción de obra (Fs.133-134) la instalación de agua potable domiciliarias; con la Carta Nº 831-2014-GG/EPS SEDACAJ S.A., suscrita por el Gerente General, dado la conformidad de la Obra ejecutada “Mejoramiento de Red de Alcantarillado Sanitario Urbanización Los Eucaliptos”, certificándose además que la red de alcantarillado sanitario así como las conexiones domiciliarias de dicha Urbanización, están siendo operadas y administradas por la EPS. SEDACAJ S.A.
Que la administrada Minera Yanacocha S.R.L., ha cumplido con acreditar la Recepción de Obra del proyecto: “Red de Distribución Primaria 10KV, Red de Distribución Secundaria 380/220V y Acometidas Domiciliarias para la Urbanización Los Eucaliptos”, tal como consta en la Carta CJ Nº 4142-2014 (Fs.122) suscrita por el Jefe de la Unidad de Negocios Hidrandina, así como en la Resolución de Recepción de Obra Nº CJ-0035-2014 (FS. 119-121). Asimismo en cumplimiento de lo establecido en el Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios de la SUNARP, la administrada ha cumplido con anexar la valorización de las obras de la Habilitación Urbana los Eucaliptos. Verificándose en el panel fotográfico anexado en el Informe Técnico en referencia que efectivamente las vías se encuentran pavimentadas.
Que, considerando, que el proyecto de Habilitación Urbana, aprobada mediante Resolución de Alcaldía N° 310-2009-A-MPC, ha sufrido una variación respecto al Aporte de “Recreación Pública”, debido a que mediante Ordenanza Municipal Nº 325-2010-CMPC, se incorporó la “Avenida Huacariz”, a la trama vial de la ciudad de Cajamarca, con una sección transversal de 25.00 ml., modificando el trazo de la Vía Arterial (entre Quebrada Los Chilcos y Mártires de Uchuracay), generando, de esta manera, que el área Recreación Pública quede dividida en 2 partes (Recreación 01 y Recreación 02).
En este sentido, mediante Informe Nº 0360-2014-PFR-SGDUyC-GDT-MPC, se establece que el área de Recreación aprobada mediante Resolución de Alcaldía Nº 310-2009-A-MPC, con la extensión superficial de 2,882.00 m², ha variado a la extensión superficial de: 2,887.24 m² (Recreación 01: 1,510.57 m² y Recreación 02: 1,376.67 m²) y
Que, mediante Informe Legal Nº 467-2014-AL-SGDU y C–GDT-MPC de fecha 18 de diciembre del 2014, emitido por el Área Legal de la Subgerencia de Desarrollo Urbano y Catastro se concluye que habiéndose verificado (i) la conformidad otorgada por las empresas prestadoras de los servicios de agua potable, alcantarillado y electricidad, (ii) el cumplimiento de los requisitos previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente, (iii) acreditado la transferencia de las áreas de aportes reglamentarios correspondiente al predio matriz mediante la presentación de las Minutas a las entidades receptoras, así como (iv) la ejecución de las obras de habilitación urbana a cargo de MINERA YANACOCHA S.R.L., es procedente su aprobación y reconocimiento de la ejecución de obras realizadas a través de la Resolución pertinente.
Respecto a la entrega de aportes, la empresa habilitadora, ha cumplido con presentar las minutas elevadas a Escritura Pública N° 2313 (96-102), conteniendo la transferencia de Parques Zonales y Escritura Pública N° 2314 (86-92), correspondiente al Aporte de Otros Fines, ambas a favor de la Municipalidad Provincial de Cajamarca. Asimismo anexa copia de la Minuta de transferencia de Propiedad a la Dirección Regional de Educación – Cajamarca (Fs. 93 al 95).
Se Precisa que con la aprobación de la presente Resolución la Empresa Minera Yanacocha deberá formalizar la transferencia de los Aportes de Recreación Pública. Asimismo la referida empresa ha cumplido con cancelar los Derechos por concepto de Recepción de Obras, tal como consta en el Recibo N° 80581 (Fs. 213-214).
Que, estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa, y en atención a lo prescrito en el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en el último párrafo, establece que, las Gerencias resuelven los aspectos administrativos a su cargo a través de resoluciones y directivas.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR LA RECEPCIÓN DE OBRA CON VARIACIONES DE LA HABILITACIÓN URBANA “ LOS EUCALIPTOS”, solicitada por la empresa MINERA YANACOCHA S.R.L., debidamente representado por su apoderado Wilby Daniel Cáceres Pinedo, del predio de 36,025.00 m2, declarado habilitado, en 05 manzanas y 62 lotes, mediante Resolución de Alcaldía N° 310-2009-A-MPC de fecha 09 de setiembre de 2009, inscrito en la Partida Electrónica N° 11091251 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Cajamarca, por cuanto sus variaciones no son sustanciales de conformidad con los Informes del Área Técnica de la Sub Gerencia de Desarrollo Urbano y Catastro y el Plano de Replanteo de Trazado y Lotización, que forma parte de la presente resolución.
El detalle de las áreas modificadas producto del replanteo, es como se describe a continuación:
APORTES DERECREACIÓN área total =2,887.24 m2 |
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Asimismo, se precisa que la Manzana “J”, ha sufrido una variación quedando con las siguientes coordenadas y áreas:
Coordenadas UTM del Lote N° 01 – Manzana. J | ||
ÁREA = 199.96 m2 | ||
Vértice | Este | Norte |
118 | 777222.2710 | 9,205181.0964 |
119 | 777227.9620 | 9,205184.1337 |
120 | 777242.5901 | 9,205156.8116 |
121 | 777236.9079 | 9,205153.7597 |
Coordenadas UTM del Lote N° 02 – Manzana. J | ||
ÁREA = 4,877.00 m2 | ||
Vértice | Este | Norte |
119 | 777227.9620 | 9205184.1337 |
120 | 777242.5901 | 9205156.8116 |
121 | 777236.9079 | 9205153.7597 |
149 | 777250.6025 | 9205128.1796 |
150 | 777258.5576 | 9205113.3204 |
124 | 777282.3150 | 9205090.8664 |
123 | 777302.0660 | 9205159.7594 |
122 | 777274.1620 | 9205208.8694 |
Artículo Segundo.- DECLARAR CUMPLIDAS LAS OBRAS de agua potable, alcantarillado y electrificación, por la empresa MINERA YANACOCHA S.R.L, quedando el cuadro general de áreas de la Habilitación Urbana “Eucaliptos”, (de conformidad con el Plano de Replanteo de Trazado y Lotización, aprobados con la presente resolución), de la siguiente forma:
CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCIÓN DE AREAS
Área Total del Terreno | 36,025.00 m2 |
Área útil Lotizable | 17,379.09 m2 |
Área de Aportes Reglamentarios | 4,688.49 m2 |
Área de Circulación y Vías | 13,957.42 m2 |
CUADRO GENERAL DE APORTES REGLAMENTARIOS
Aporte | Área (m2) | |||||
Parques Zonales | 360.25 m2 | |||||
Otros Fines | 720.50 m2 | |||||
Educación | 720.50 m2 | |||||
Recreación Pública |
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TOTAL | 4,688.49 m2 |
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Patrimonio, requiera a la Empresa Minera Yanacocha, formalizar la entrega de los aportes de Recreación Pública y de Circulación a favor de la Municipalidad Provincial de Cajamarca. Debiendo la empresa Habilitadora cumplir con la entrega formal de la las d (SIC)
Artículo Cuarto.- INCORPORAR en la jurisdicción del distrito de Cajamarca, la Habilitación Urbana que se recepciona con la presente Resolución de Gerencia.
Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente Resolución a la empresa MINERA YANACOCHA S.R.L., para su conocimiento y fines. Así como entregar los planos, memoria descriptiva y FUHU que se encuentran debidamente visados por la Sub Gerencia de Desarrollo Urbano, para la correspondiente inscripción en el Registro de Predios.
Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo máximo de 30 días calendario de notificados, por cuenta de los interesados.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
HOMERO ENRIQUE HUAYAN MONZON
Gerente
Gerencia de Desarrollo Territorial