RM 61-2015-MTC/02RM_61_2015_MTC/02

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 061-2015 MTC/02

Autorizan viaje de Inspectora de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU. en comisión de servicios

[+] Datos Generales
20150219Legislacion
Fecha de Promulgación :13/02/2015
Fecha de Publicación :19/02/2015
Entrada en vigencia :20/02/2015
Página El Peruano:546980
Estado :

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Lima, 13 de febrero de 2015

VISTOS:

La solicitud formulada por la empresa LAN PERÚ S.A. con escrito de registro P/D No. 013688 del 23 de enero de 2015, y los Informes No. 031-2015-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil y No. 036-2015-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley No. 30281, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad;

Que, la Ley No. 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean;

Que, la empresa LAN PERÚ S.A. ha presentado ante la autoridad de aeronáutica civil, solicitud para evaluación de su personal aeronáutico, a ser atendida durante el mes de febrero de 2015, acompañando los requisitos establecidos en el Procedimiento No. 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, asimismo, la empresa LAN PERÚ S.A., ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos del viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, que incluye el pago de los viáticos;

Que, dicha solicitud ha sido calificada y aprobada por la Dirección de Seguridad Aeronáutica y por la Dirección General de Aeronáutica Civil, según se desprende del Informe No. 036-2015-MTC/12.04, al que se anexa de la respectiva Orden de Inspección, y el Informe No. 031-2015-MTC/12.04, respectivamente; verificándose el cumplimiento de lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 27261, Ley No. 27619, Ley No. 30281, Decreto Supremo No. 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Rocío Frida Marcela Carrera Valdivieso, Inspectora de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuará el 26 y 27 de febrero de 2015 a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en el Informe No. 031-2015-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe No. 036-2015-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica.

KEYWORDS:

Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa LAN PERÚ S.A., a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos.

KEYWORDS:

Artículo 3.- La Inspectora autorizada en el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM.

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Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación.

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Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ GALLARDO KU

Ministro de Transportes y Comunicaciones


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