R 1056-2014-RASSR_1056_2014_RASS

RESOLUCIÓN N° 1056-2014-RASS

Modifican R.A. Nº 231-2014-RASS mediante la cual se declaró habilitación urbana de oficio de urbanización ubicada en el distrito

[+] Datos Generales
20150110Legislacion
Fecha de Promulgación :19/12/2014
Fecha de Publicación :10/01/2015
Entrada en vigencia :11/01/2015
Página El Peruano:544571
Estado :

[+]

DS N° 2090622010

Santiago de Surco, 19 de diciembre del 2014

EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO:

VISTO: El Informe N° 396-2014-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe N° 099-2014-SGHRU-GDU-MSS de la Subgerencia de Habilitación y Renovación Urbana, el Informe N° 894-2014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y sobre Modificación de la Resolución de Alcaldía N° 231-2014-RASS, que resolvió declarar de Oficio la Habilitación Urbana de la Urbanización Mutualista Los Diez Amigos, ubicada en el Sector 1, del distrito de Santiago de Surco, inscrito en la Partida Registral N° 49005381; y

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución de Alcaldía N° 231-2014-RASS de fecha 21.03.2014, se declaró la Habilitación Urbana de Oficio de la Urbanización Mutualista Los Diez Amigos, ubicada en el Sector 1, del distrito de Santiago de Surco, inscrito en la Partida Registral Nº 49005381, con un área real de 5,315.38.00 m2, cuyos propietarios registrales son el señor Juan Francisco García Saldarriaga y otros, de acuerdo a los planos PU-013-2014-SGPUC-GDUMSS;PP-014-2014-SGPUC-GDU-MSS; PTL-015-2014-SGPUC-GDU-MSS; PA-016-2014-SGPUC-GDUMSS, con un Cuadro General de Distribución de Áreas, contenido en el plano PTL-015-2014-SGPUC-GDU-MSS, según el siguiente detalle:

CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCIÓN DE ÁREAS DE LAURBANIZACIÓN MUTUALISTA LOS DIEZ AMIGOS
USOÁREA( m2)% PAR-CIAL% GEN-ERAL
ÁREA BRUTA5,315.38100.00
ÁREA ÚTIL4,366.0082.14
ÁREA DE CIRCULACIÓN Y VÍAS949.3817.86

Que, mediante Título N° 276338, de fecha 19 de Marzo de 2014, los propietarios de la Urbanización Mutualista Los Diez Amigos solicitan la Rectificación de Área por Error de Cálculo, toda vez que de acuerdo a la Partida Registral N° 49005381 se indica que el área del predio es de 5,336.00 m2; sin embargo, como resultado del levantamiento topográfico y de la verificación técnica realizada, se ha podido determinar que el predio a habilitar de oficio cuenta con un área real de 5,315.38m2. La Rectificación de Áreas resulta un acto previo necesario para la inscripción de la Habilitación Urbana de Oficio;

Que, a través de la Esquela de Observación de fecha 11 de abril de 2014, la Registradora Pública observa la rogatoria indicando que de conformidad con el Artículo 42° del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, se efectúa la Tacha Sustantiva del presente Título, por cuanto en el correspondiente no es posible rectificar por error de cálculo el área del inmueble registrado en la Partida N° 4900538; decisión que fue apelada ante el Tribunal Registral, órgano administrativo que mediante Resolución N° 1476-A-2014-SUNARPTR-L de fecha 06 de agosto de 2014 confirmó la Tacha Sustantiva formulada por la Registradora Publica del Registro de Predios de Lima al título presentado;

Que, de acuerdo a lo inscrito en la Partida Registral N°49005381, se señala que el predio cuenta con una extensión superficial de 5,336.00 m2; sin embargo, como resultado del levantamiento topográfico y de la verificación técnica realizada, se ha podido determinar que el predio cuenta con un área real de 5,315.38 m2, con los siguientes linderos: por el Frente (este) colinda con el Jirón Camino Real, con una línea recta de 84.20ml. de longitud; por la Derecha (norte) colinda con Propiedad de Terceros, Jr. 18 de Enero y el Jr. Camino Real (antes Propiedad de Catalino Díaz Márquez), con una línea recta de 76.40 ml. de longitud; por la Izquierda (sur) colinda con el Pasaje Ushua (antes Propiedad de Catalino Díaz Márquez), con una línea recta de 60.90ml. de longitud; por el Fondo (oeste) colinda con el Jr. 18 de Enero y Propiedad de Terceros (antes Propiedad de la Sucesión J. Cervantes), con una línea quebrada de doce tramos que hacen un total de 88.60 ml.: 4.80, 8.70, 8.60, 9.00, 11.00, 14.70, 6.30, 5.70, 4.00, 3.00, 5.70, 6.80 ml. de longitud;

Que, existe una diferencia entre el área registral: 5,336.00 m2 con el área resultante del levantamiento topográfico: 5,315.38 m2 de 20.62 m2; siendo dicha diferencia menor al 1%, se encuentra dentro de los rangos de tolerancia catastral; en ese sentido, la Municipalidad de Santiago de Surco en su calidad de ente generador de Catastro debe aplicar lo regulado en la Resolución N° 03-2008-SNCP/CNC, que aprueba la Directiva N° 01-2008-SNCP/CNC sobre tolerancias Catastrales-Registrales, que indica que se establecen rangos de tolerancia en las mediciones de áreas de los predios urbanos y rurales, en los procesos de levantamiento catastral, cuando la información gráfica catastral no coincida con la información gráfica registral y/o título del predio, el rango de tolerancia catastral es de 1.0% si el rango del área es mayor de 1,000 m2;

Que, con Informe Nº 894-2014-GAJ-MSS la Gerencia de Asesoría Jurídica, informa que al haber sido observado el Título N° 276338 por el cual se solicita la inscripción de la Habilitación Urbana de Oficio citada, mediante Informe N° 014-2014-ACS del 09.10.2014, emitido por el Arquitecto Alberto Céspedes Santos, remitido por la Subgerencia de Habilitación y Renovación Urbana mediante Informe N° 899-2014-SGHRU-GDU-MSS del 24.11.2014, se levanta las observaciones en los términos que se señala, concluyendo que: 1) Se han elaborado nuevos planos PU-071-2014-SGHRU-GDU-MSS, PP-072-2014-SGHRU-GDU-MSS, PTL-073-2014-SGHRU-GDU-MSS, PA-074-2014-SGHRU-GDU-MSS, adecuándose a los antecedentes registrales, 2) Se cumple con lo solicitado por cuanto a la fecha se propone habilitar de oficio toda el área inscrita en la Partida Registral 49005381 del Registro de Propiedad Inmueble, 3) Efectivamente se advierte discrepancia entre la memoria descriptiva y el Plano de Trazado y Lotización, como consecuencia del error material incurrido de manera involuntaria, y ante ello se adjunta documentación técnica concordantes entres si (memoria Descriptiva y Plano de Trazado y Lotización), 4) La subsanación de las observaciones formuladas por la Superintendencia Nacional de Registros Públicos -

SUNARP, será presentada y suscrita por los propietarios registrales;

Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que, corresponde dejar sin efecto el acto administrativo indicado, puesto que sus considerandos y su parte resolutiva han sido modificados debiéndose aprobar los nuevos planos con la información respectiva, resultando conveniente modificar la Resolución N° 231-2014-RASS del 21.03.2014, considerando lo señalado por la Gerencia de Desarrollo Urbano mediante el Informe N° 396-2014-GDU-MSS, a fin de lograr la inscripción en los Registros Públicos de la citada habilitación urbana;

Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que resulta procedente la Habilitación Urbana de Oficio de la Urbanización los Diez Amigos - Sector 1, Santiago de Surco, aprobando nuevos planos, modificando la Resolución N° 231-2014-RASS en los términos que indica la Gerencia de Desarrollo Urbano;

Estando al Informe N° 396-2014-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe N° 099-2014-SGHRU-GDU-MSS de la Subgerencia de Habilitación y Renovación Urbana, al Informe Nº 894-2014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y al amparo de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, modificada por la Ley Nº 29898; del Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, de la Ordenanza Nº 388-MSS y del Decreto de Alcaldía Nº 11-2011-MSS; en uso de las facultades conferidas por los Artículos 20° numeral 6, y 43° de la Ley Nº 27972;

RESUELVE:

Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Segundo de la Resolución de Alcaldía N° 231-2014-RASS, de fecha 21 de Marzo de 2014, que deberá quedar redactado de la siguiente forma:

“ARTICULO SEGUNDO: APROBAR los planos PU-071-2014-SGHRU-GDU-MSS; PP-072-2014-SGHRUGDU-MSS; PTL-073-2014-SGHRU-GDU-MSS; PA-074-2014-SGHRU-GDU-MSS, que forman parte del expediente técnico”.

KEYWORDS:

Artículo Segundo.- MODIFICAR el Artículo Tercero de la Resolución de Alcaldía N° 231-2014- RASS, de fecha 21 de Marzo de 2014, que deberá quedar redactado de la siguiente forma:

“ARTÍCULO TERCERO.- APROBAR consecuentemente el Cuadro General de Distribución de Áreas, contenido en el plano PTL-073-2014-SGHRUGDU-

MSS, según el siguiente detalle:

CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCIÓN DE ÁREAS DE LAURBANIZACIÓN MUTUALISTA LOS DIEZ AMIGOS
USOÁREA( m2)% PAR-CIAL% GEN-ERAL
ÁREA BRUTA5,315.38100.00
ÁREA ÚTIL4,366.1082.14
ÁREA DE CIRCULACIÓNY VÍAS949.2817.86

KEYWORDS:

Artículo Tercero.- MODIFICAR el Artículo Cuarto de la Resolución de Alcaldía N° 231-2014- RASS, de fecha 21 de Marzo de 2014, que deberá quedar redactado de la siguiente forma:

“ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER la Inscripción Registral del cambio de rústico a urbano de la Urbanización Mutualista Los Diez Amigos, ubicada en el Sector 1, del distrito de Santiago de Surco, al haberse declarado la Habilitación Urbana de Oficio, de acuerdo a los planos PP-

072-2014-SGHRU-GDU-MSS; PTL-073-2014-SGHRUGDU-MSS; que forman parte de la presente Resolución, acto que se formalizará mediante la gestión individual del propietario ante el Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, precisando que los referidos planos serán publicados en la página web institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco: www.munisurco.gob.pe.

Las áreas de vías de acuerdo al Artículo 56° de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, son bienes de uso y dominio público”.

KEYWORDS:

Artículo Cuarto.- RATIFICAR en los demás extremos la Resolución de Alcaldía N° 231-2014-RASS, de fecha 21 de Marzo de 2014, que aprueba la Habilitación Urbana de Oficio de la Urbanización Mutualista Los Diez Amigos, ubicada en el Sector 1, del distrito de Santiago de Surco.

KEYWORDS:

Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano remitir a la Municipalidad Metropolitana de Lima copia de la presente Resolución y de los planos que la sustentan.

KEYWORDS:

Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución, en el Diario Oficial El Peruano.

KEYWORDS:
[+]

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

ROBERTO GOMEZ BACA

Alcalde


Software elaborado por Gaceta Jurídica
Contáctenos en: informatica@gacetajuridica.com.pe