RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN N° 279-2014-OS/CD
Aprueban Publicación del proyecto de modificación del Manual de Procedimientos, Formatos y Medios para el Cálculo de Balance de Potencia Coincidente en Hora de Punta (FBP)
20141231Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 29/12/2014 |
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Fecha de Publicación : | 31/12/2014 |
Entrada en vigencia : | 01/01/2015 |
Página El Peruano: | 543458 |
Estado : | |
Comentario: | Publicado en separata especial. |
Lima, 29 de diciembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 14° del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N°001-2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, debidamente sustentados. Dichas entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas, los cuales de conformidad con el Artículo 25° del Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, no tendrán carácter vinculante ni darán lugar a procedimiento administrativo;
Que, en atención a lo señalado en el considerando precedente, corresponde publicar en el diario oficial El Peruano y en la página Web de Osinergmin la resolución que aprueba el proyecto de norma “Manual de Procedimientos, Formatos y Medios para el Cálculo del Factor de Balance de Potencia Coincidente en Hora de Punta (FBP)”;
Que, finalmente se han expedido los Informes Nº 652-2014-GART y N° 649-2014-GART de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Artículo 3º de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, en su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 009-93-EM, en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica; así como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; y Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de OSINERGMIN en su Sesión Nº 37-2014.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Disponer la publicación, en la página Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe, del proyecto de resolución que aprueba la norma “Manual de Procedimientos, Formatos y Medios para el Cálculo del Factor de Balance de Potencia Coincidente en Hora de Punta (FBP)”, conjuntamente con el proyecto normativo, su exposición de motivos y los Informes Nº 652-2014-GART y N° 649-2014-GART.
Artículo 2°.- Definir un plazo de quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación del proyecto de resolución a que se refiere el artículo anterior, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (GART) de OSINERGMIN, ubicada en la Avenida Canadá N° 1460, San Borja, Lima. Las opiniones y sugerencias también podrán ser remitidas vía fax al número telefónico N° 2240491, o vía Internet a la siguiente dirección de correo electrónico: normasgartdde@osinergmin.gob.pe. La recepción de las opiniones y sugerencias en medio físico o electrónico, estará a cargo de la Sra.
Carmen Ruby Gushiken Teruya. En el último día del plazo, sólo se podrán remitir comentarios hasta las 18:00 horas.
Artículo 3°.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria la recepción y análisis de las opiniones y/o sugerencias que se formulen al proyecto de resolución publicado, así como la presentación de la propuesta final al Consejo Directivo de Osinergmin.
Artículo 4°.- La presente resolución deberá ser publicada en el diario oficial El Peruano.
JESÚS TAMAYO PACHECO
Presidente del Consejo Directivo