RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 244-2014-PROMPERÚ/SG
Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a Brasil, en comisión de servicios
20141102Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 27/10/2014 |
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Fecha de Publicación : | 02/11/2014 |
Entrada en vigencia : | 03/11/2014 |
Página El Peruano: | 536628 |
Estado : |
Lima, 27 de octubre de 2014
Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección de Promoción del Turismo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ.
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones;
Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo de PROMPERÚ, se ha contemplado participar en la Feria Internacional de Turismo “Festuris de Gramado 2014”, a llevarse a cabo en la ciudad de Gramado, República Federativa de Brasil, del 6 al 8 de noviembre de 2014, con el objetivo de fortalecer el posicionamiento del Perú como destino turístico y diversificar nuestra oferta turística, dando a conocer los nuevos destinos y/o productos turísticos que ofrece el país;
Que, es de interés la participación en la referida feria, porque constituye una herramienta de promoción, en cuyo espacio además de realizar un levantamiento de información acerca de las tendencias, intereses y percepciones de la cadena comercial sobre nuestro destino, permite poder efectuar un intercambio de valiosa información con los profesionales de turismo asistentes al evento acerca de sus estrategias y expectativas de comercialización y crecimiento;
Que, en tal razón, a propuesta de la Dirección de Promoción del Turismo, la Secretaria General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje de la señorita Araceli Delia Carpio Luna, quien presta servicios en dicha institución, a la ciudad de Gramado, República Federativa de Brasil, para que en representación de PROMPERÚ, desarrolle actividades vinculadas a la promoción turística del Perú en la feria antes mencionada;
Que, la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad;
De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita Araceli Delia Carpio Luna, a la ciudad de Gramado, República Federativa de Brasil, del 4 al 9 de noviembre de 2014, para que en representación de PROMPERÚ lleve a cabo acciones de promoción del turismo receptivo, durante la feria mencionada en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
- Pasajes Aéreos : US $ 1 253,00
- Viáticos (US$ 370,00 x 4 días) : US $ 1 480,00
Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, la señorita Araceli Delia Carpio Luna, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la feria a la que asistirán; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.
Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARACELLY LACA RAMOS
Secretaría General (e)