RESOLUCIÓN Nº 2968-2014-JNE
Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora del Concejo Distrital de Pariahuanca, provincia de Carhuaz, departamento de Áncash
20141030Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 02/10/2014 |
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Fecha de Publicación : | 30/10/2014 |
Entrada en vigencia : | 31/10/2014 |
Página El Peruano: | 536348 |
Estado : |
Expediente Nº J-2014-00509
PARIAHUANCA - CARHUAZ - ÁNCASH ACREDITACIÓN DE CANDIDATO NO PROCLAMADO
Lima, 2 de octubre de dos mil catorce.
VISTOS los oficios Nº 0128-2014-MDP/A y Nº 145-2014-MDP/A, presentados por el alcalde de la Municipalidad Distrital de Pariahuanca, provincia de Carhuaz, departamento de Áncash, solicitando la convocatoria de candidato no proclamado, al haberse declarado la vacancia del regidor Félix Galán Meyhuey, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
ANTECEDENTES
Mediante Resolución Nº 550-2014-JNE, del 30 de junio de 2014, el Tribunal Supremo Electoral declaró nulo el acto de notificación del acuerdo de sesión extraordinaria de fecha 11 de abril de 2014, por el cual se declaró la vacancia del regidor Félix Galán Meyhuey e improcedente la solicitud de convocatoria y se requirió notificar al regidor en cuestión del citado acuerdo, conforme a las formalidades previstas en los artículos 20, 21 y siguientes de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante LOM).
Mediante los oficios Nº 0128-2014-MDP/A y Nº 145-2014-MDP/A, presentados por el alcalde de la Municipalidad Distrital de Pariahuanca, provincia de Carhuaz, departamento de Áncash, se adjunta el cargo de notificación del acuerdo de sesión extraordinaria que declara la vacancia del regidor Felix Galán Meyhuey, así como la constancia de que contra el referido acuerdo de sesión extraordinaria, no se ha interpuesto recurso de apelación.
CONSIDERANDOS
1. Conforme al artículo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa.
2. En tal sentido, antes de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM.
3. Asimismo, el numeral 21.5 del artículo 21 de la LOM establece que, en caso de no encontrar al administrado u otra persona en el domicilio señalado en el procedimiento, el notificador deberá dejar constancia de ello en el acta y colocar un aviso en dicho domicilio, indicando la nueva fecha en que se hará efectiva la notificación, y dejándose esta por debajo de la puerta en caso de no encontrarse.
4. Del análisis de autos, se puede apreciar que el regidor Félix Galán Meyhuey ha sido notificado con el acuerdo de sesión extraordinaria de fecha 11 de abril de 2014, por el cual se declaró su vacancia, conforme al procedimiento establecido en el artículo 21, numeral 21.5, de la LOM, en la dirección Cooperativa Huerta Margret Parcela 12, distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima, conforme se advierte de fojas 57 a 62.
5. Por otro lado, mediante constancia emitida por el secretario general de la citada municipalidad (fojas 64), se certifica que contra el referido acuerdo de concejo de sesión extraordinaria, que declaró la vacancia del regidor Félix Galán Meyhuey, no se ha interpuesto recurso impugnatorio alguno. De acuerdo con ello, la declaración de vacancia ha quedado fi rme.
6. Por consiguiente, al haberse verificado la legalidad del procedimiento sobre la causal de vacancia establecida en el artículo 22, numeral 7, de la LOM, corresponde aprobar la decisión del concejo municipal y emitir la credencial correspondiente de la accesitaria llamada por ley.
De acuerdo con el artículo 24 de la LOM, en caso de vacancia de un regidor, este es reemplazado por el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, por lo que corresponde convocar a Luisa Felipa Villafana Delacruz, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 44521129, candidata no proclamada por la organización política Partido Democrático Somos Perú, para completar el número de regidores del Concejo Distrital de Pariahuanca. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, de fecha 15 de noviembre de 2010, remitida por el Jurado Electoral Especial de Huaraz, con motivo de las elecciones municipales del año 2010.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de vacancia de Felix Galán Meyhuey, en el cargo de regidor del Concejo Distrital Pariahuanca, provincia de Carhuaz, departamento de Áncash, por la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Félix Galán Meyhuey como regidor del Concejo Distrital de Pariahuanca, provincia de Carhuaz, departamento de Áncash, emitida con motivo de las Elecciones Municipales del año 2010.
Artículo Tercero.- CONVOCAR a Luisa Felipa Villafana Delacruz, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 44521129, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Pariahuanca, provincia de Carhuaz, departamento de Áncash, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, debiéndose otorgar la respectiva credencial que la faculta como tal.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General