RM 611-2014-MINSARM_611_2014_MINSA

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 611-2014/MINSA

Aprueban el Documento Técnico: Diálogo Intercultural en Salud

 

[+] Datos Generales
20140816Legislacion
Fecha de Promulgación :12/08/2014
Fecha de Publicación :16/08/2014
Entrada en vigencia :17/08/2014
Página El Peruano:530057
Estado :

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Lima, 12 de agosto del 2014

Visto, el Expediente Nº 13-121469-001, que contiene el Oficio Nº 061-2014-JEF-OPE/INS, Nota Informativa Nº 002-2014-CENSI/INS, e Informe Nº 001-2014-DDADEMT-CENSI-OPE/INS, del Centro Nacional de Salud Intercultural del Instituto Nacional de Salud;

CONSIDERANDO:

Que, los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo. La protección de la salud es de interés público, por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, por Resolución Ministerial Nº 792-2006/MINSA, se aprobó el Documento Técnico: “Enfoque de Derechos Humanos, Equidad de Género e Interculturalidad -Marco Conceptual”, con el objetivo de facilitar el proceso de transversalización de los enfoques de Derechos Humanos, Equidad de Género e Interculturalidad en Salud, mediante su incorporación en la formulación de políticas, planificación, monitoreo y evaluación de la promoción, prevención, atención, recuperación y rehabilitación de la salud;

Que, el precitado Documento Técnico, en su numeral 6.3, define a la Interculturalidad, como un proceso social interactivo de reconocimiento y respeto por las diferencias existentes entre una o varias culturas en un espacio dado, imprescindible para construir una sociedad con justicia social, donde la salud sea considerada un derecho humano básico para el desarrollo humano;

Que, de acuerdo al artículo 47º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA, establece que el Centro Nacional de Salud Intercultural es el órgano de línea del Instituto Nacional de Salud, encargado de proponer políticas y normas en salud intercultural, así como promover el desarrollo de la investigación, docencia, programas y servicios, transferencia tecnológica y la integración de la medicina tradicional, medicina alternativa y medicina complementaria con la medicina académica, para contribuir a mejorar el nivel de salud de la población;

Que, en ese contexto, el Centro Nacional de Salud Intercultural del Instituto Nacional de Salud, ha elaborado el Documento Técnico: Diálogo Intercultural en Salud, cuyo objetivo general es establecer las orientaciones técnicas para el uso de la metodología del Diálogo Intercultural en Salud y con ello articular acciones con los pueblos indígenas y las poblaciones afroperuanas, los agentes de la medicina tradicional y las autoridades locales, a fin de mejorar el acceso y la calidad de atención en los servicios de salud;

Que, mediante Oficio Nº 113-2014-VMI/MC, el Despacho Viceministerial de Interculturalidad del Ministerio de Cultura, considera viable la propuesta de Documento Técnico: Diálogo Intercultural en Salud, por cuanto contribuye en el mejoramiento de la salud de las personas y familias peruanas prioritariamente a los Pueblos Indígenas y Afroperuanas;

Estando a lo propuesto por el Instituto Nacional de Salud;

Con la visación del Jefe del Instituto Nacional de Salud, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud Pública; y,

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar el Documento Técnico: Diálogo Intercultural en Salud, cuyo documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

KEYWORDS:

Artículo 2º.- Encargar al Instituto Nacional de Salud, a través del Centro Nacional de Salud Intercultural, la difusión, asistencia técnica, supervisión y evaluación del cumplimiento del presente Documento Técnico.

KEYWORDS:

Artículo 3º.- Las Direcciones Regionales de Salud, las Gerencias Regionales de Salud, y las Direcciones de Salud, o las que hagan sus veces, son responsables de la difusión, implementación, asistencia técnica, supervisión, seguimiento y monitoreo del citado Documento Técnico, dentro de sus respectivos ámbitos.

KEYWORDS:

Artículo 4º.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica http://www.minsa.gob.pe/portal/transparencia/normas.asp.

KEYWORDS:
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Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI

Ministra de Salud


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