ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 040- 2014-CR-GRH
Aprueban suscripción del Convenio Interinstitucional Específico de encargo entre el Gobierno Regional de Huánuco y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura – OEI, para el desarrollo del proceso de selección para la ejecución del proyecto: “Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los Servicios de Salud del Hospital Regional Hermilio Valdizán de Huánuco Nivel III-1”
20140718Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 21/04/2014 |
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Fecha de Publicación : | 18/07/2014 |
Entrada en vigencia : | 19/07/2014 |
Página El Peruano: | 528012 |
Estado : |
Huánuco, 21 de abril del 2014
VISTO:
En el Consejo Regional del Gobierno Regional de Huánuco, en Sesión Extraordinaria de fecha 21 de abril del año 2014, puesto en agenda el Dictamen N° 016-2014-GRH-CR/CPPATAL de fecha 16 de abril del 2014, relacionado, sobre la APROBACION DEL CONVENIO INTERINSTITUCIONAL ESPECIFICO DE ENCARGO ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO Y LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS IBEROAMERICANOS PARA LA EDUCACION LA CIENCIA Y LA CULTURA-OEI PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA EJECUCION DEL PROYECTO: “MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL HOSPITAL REGIONAL HERMILIO VALDIZAN DE HUANUCO NIVEL III-1” Con Código SNIP Nº 133630
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191º establece que; Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…). La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador, el Presidente como órgano ejecutivo (…)”;
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera un Pliego Presupuestal;
Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, le corresponde las atribuciones que establece la ley de la materia y aquella que le sean delegadas, integrado por los Consejeros Regionales, los mismos que anualmente eligen entre ellos, a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones de Consejo Regional, los representa y tramita sus acuerdos, conforme lo contempla, el artículo 13º de la Ley Nº 29053, norma que modifica la ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el artículo 23º del Reglamento Interno de Consejo Regional Huánuco, aprobado con Ordenanza Regional Nº 001-2003-GRH, modificado mediante Ordenanza Regional Nº 052-2008-CR/GRH;
Que, son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, conforme lo prescribe el artículo 15º inc. a) de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales:
Que, los acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano e institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme lo contempla el artículo 39º de la norma acotada;
Que, mediante l Oficio Nº 229-2014 GR-HCO-CR/SCR, de fecha 14 de abril 2014 remisión de documento y el oficio Nº 216-2014-GRH/ GGR, de fecha 08 de abril; presentado por la Gerencia General Regional, quien solicita la APROBACION DEL CONVENIO INTERINSTITUCIONAL ESPECIFICO DE ENCARGO ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO Y LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS IBEROAMERICANOS PARA LA EDUCACION LA CIENCIA Y LA CULTURA- OEI PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA EJECUCION DEL PROYECTO: “MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL HOSPITAL REGIONAL HERMILIO VALDIZAN DE HUANUCO NIVEL III-1” Con Código SNIP Nº 133630;
Que, mediante el Informe Nº 219 -2014- GRH/GRPPAT, de fecha 04 de abril 2014, remite información solicitada de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, adjunta los siguientes documentos:
1.- El Informe número 099 2014 –GRH/GRPPAT/SGPI (26/02/2014)- Informe de declaratoria de Viabilidad y Registro en el SNIP del Proyecto “Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los Servicios de Salud del Hospital Regional Hermilio Valdizán Nivel III-1” Con Código SNIP Nº 133630.( En 36 folios).
2.- El Informe Nº 079 -2014- GRH-GRPPAT/SGPT (25-02-14)- informe de disponibilidad presupuestal para la ejecución del PIP “Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los Servicios de Salud del Hospital Regional Hermilio Valdizán Nivel III-1” Con Código SNIP Nº 133630 (en 04 folios).
3.- La Resolución Ejecutiva Regional Nº 2827 -2013 –GRH/PR (27-12-13) Resolución de Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura PIA -2014- Gobierno Regional Huánuco (03 folios).
El Informe Nº 080 -2014 –GRH/ORA de fecha 04 de abril de 2014, sobre opinión Técnica para sustentación de convenio El Informe Nº 1330 -2014 GRH/ORAJ, de fecha 04 de abril 2014, sobre sustentación Legal para realizar las coordinaciones técnicas con la OEI, a fin de elaborar el convenio específico de cooperación Interinstitucional.
El Informe Nº 0089 -2014-GRH-GRI, de fecha 04 de abril 2014, estado situacional del Proyecto: “Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los Servicios de Salud del Hospital Regional Hermilio Valdizán Nivel III-1” Con Código SNIP Nº 133630.
La Resolución Ejecutiva Regional Nº 2409-2013-GRH/PR, de fecha 29 de noviembre 2013 de aprobación del Expediente Técnico del Proyecto de inversión Pública “Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los Servicios de Salud del Hospital Regional Hermilio Valdizán Nivel III-1” Con Código SNIP Nº 133630. ( en 06 folios).
El Informe 006 -2014 GRH/D, de fecha 04 de abril 2014; acta de acuerdo de Directorio.
El Oficio Nº 004- 2014 –GRH/ CPPPATAL. Oficio Nº 232-2014 –GRH-HCO/GGR, remito información solicitada.
El Informe Nº 1466-2014-GRH-ORAJ, de fecha 15 de abril 2014, opinión legal para la suscripción del convenio por encargo a un Organismo Internacional.
Que, se debe poner en conocimiento del Consejo Regional, que el monto a pagar a la OEI – Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura es del 0.8 % del Valor Total del Proyecto (anexo 02 del Oficio Nº 232-2014-GRHCO-GGR, de fecha 16 de Abril del 2014);
Que, mediante el oficio Nº 216 2014-GRH/GGR, de fecha 08 de abril 2014, solicita aprobación del convenio Interinstitucional Específico de encargo entre el Gobierno Regional Huánuco y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura –OEI, Para el desarrollo del proceso de selección para la Ejecución del Proyecto: “Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los Servicios de Salud del Hospital Regional Hermilio Valdizán Nivel III-1” Con Código SNIP Nº 133630.
En el mencionado informe manifiesta textualmente en el párrafo cuarto que existe beneficios sociales en la convocatoria del proceso de selección y adjudicación relativo a la asistencia técnica y administrativa para la implementación del Proyecto de “Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los Servicios de Salud del Hospital Regional Hermilio Valdizán Nivel III-1” Con Código SNIP Nº 133630, teniendo en consideración que dicho organismo internacional acredita expertiz que garantiza transparencia y cumplimiento del marco jurídico en el sistema de contratación del Hospital Regional Hermilio Valdizán de Huánuco, nivel III-1; asimismo, se obtendrá eficiencia en el desarrollo del mismo. Por otra parte dicho organismo internacional a la fecha viene suscribiendo convenio específicos y realizando acciones de contratación en el sector público peruano en los niveles de gobierno nacional, Regional y Local, habiendo contribuido al desarrollo de importantes inversiones en el país. En el quinto párrafo indica, que para dicho propósito el Gobierno Regional Huánuco cuenta con: a) Decisión del Ejecutivo y del directorio de Gerentes Regionales, para iniciar el Proceso de Ejecución en el año 2014 de la obra y adjudicación relativo a la asistencia técnica y administrativa para la implementación del proyecto de “Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los Servicios de Salud del Hospital Regional Hermilio Valdizán Nivel III-1” Con Código SNIP Nº 133630. b) Disponibilidad presupuestal y financiera otorgada por la Sub Gerencia de Presupuesto y Tributación de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. c) Informe Técnico de la OPI, de la declaratoria de viabilidad del Proyecto y registro en el Banco de Proyectos del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP. d) Estructura de presupuesto de Obra del Proyecto “Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los Servicios de Salud del Hospital Regional Hermilio Valdizán Nivel III-1” Con Código SNIP Nº 133630.
Que, según el Informe Nº 080 -2014 –GRH/ORA de fecha 04 de abril de 2014 sobre opinión Técnica para sustentación de convenio, en aplicación del artículo 89 inciso b del reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado Aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184.2008 .EF y su modificatoria aprobado mediante Decreto Supremo Nº 138-2012 EF- sobre las ventajas y beneficios de la concertación del convenio al respecto precisa lo siguiente:
a. En un proceso de selección de Licitación Pública para la Ejecución de una Obra el plazo desde la convocatoria hasta la suscripción del contrato es de 40 días útiles mínimos; pero si un participante solicita elevación de observaciones a las bases o un postor impugne los resultados de la decisión adoptada por el Comité Especial al otorgamiento de la buena pro, ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE); se ampliaría el plazo por 30 días útiles, más el plazo inicial establecido en el cronograma; asciende un total de 70 días útiles para formalizar el contrato respectivo. Que en días calendarios significaría 120 días aproximadamente.
b. Por lo que encargar el proceso de selección a la OEI demandaría sólo un plazo de 30 días calendario. Siendo una ventaja significativa que permitirá, suscribir el contrato en dicho plazo.
c. Permitirá dinamizar el gasto público eficientemente en los plazos establecidos en el expediente técnico para la ejecución de la obra.
d. Se logrará beneficios sociales con la convocatoria del Proceso de Selección y adjudicación Relativo a la asistencia Técnica y Administrativa.
e. El organismo Internacional acredita expertiz que garantiza transparencia y cumplimiento del marco jurídico en el sistema de contratación pública.
Que, del mismo modo y siendo la Oficina Regional de Asesoría Jurídica a través del Director Regional de Asesoría Jurídica emite el Informe Nº 1330-2014 -GRH/ORAJ de fecha 04 de abril 2014. Sustentación Legal para realizar las coordinaciones técnicas con la OEI, a fin de elaborar el convenio específico de cooperación interinstitucional. El Gobierno Regional Huánuco en virtud a la ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867 y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 047-2013 –CR-GRH, asimismo en el artículo 21 inciso K refiere que el presidente Regional, tiene las atribuciones para celebrar y suscribir en representación del Gobierno Regional contratos, convenios y acuerdos relacionados con la ejecución o concesión de obras, proyectos de inversión, prestación de servicios y demás acciones de desarrollo conforme a la ley de la materia y sólo respecto a aquellos bienes y/o activos cuya titularidad corresponda al Gobierno Regional. Es una entidad que se encuentra sujeto a las disposiciones del Sistema Nacional de Inversión Pública. El referido convenio se encuentra enmarcado dentro del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado al referirse al encargo a Organismos Internacionales, en caso de los Gobiernos Regionales;
Que, asimismo se precisa en el artículo 6º de la Ley de Contrataciones del Estado, así como en el artículo 86 de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 184 -2008 EF. Y el artículo 89 de su Reglamento modificado por el Decreto Supremo Nº 138-2012 EF, se regula la posibilidad que las entidades públicas “ECARQUEN” la realización de Procesos de Selección a organismos internacionales si bien el artículo 6º de la Ley establece que a través de convenios las entidades pueden encargar la realización de sus contrataciones, también indica que tal encargo debe llevarse a cabo conforme a las disposiciones del Reglamento, el cual, en el primer párrafo de su artículo 86, establece que el encargo se circunscribe, únicamente, al proceso de selección, manteniendo en la esfera interna de las entidades en cargantes la realización de las etapas de actos preparatorios y ejecución contractual;
Que, de acuerdo al artículo 89º del mismo cuerpo Legal, en caso de los Gobiernos Regionales y Locales los convenios se aprueban mediante el acuerdo de Consejo Regional o Municipal respectivamente. De conformidad con el artículo 21 de la Ley orgánica de Gobiernos Regionales que establece específicamente en el inciso J. el de suscribir convenios o contratos con la cooperación técnica Internacional con el apoyo del Consejo Nacional de Descentralización y de otras entidades públicas y privadas en el marco de su competencia;
Que, la Dirección Regional de Asesoría Jurídica OPINA, que de acuerdo a la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, modificado por las Leyes Nº 28032 y 28187; resulta ser PROCEDENTE, la suscripción del Convenio Interinstitucional específico de encargo entre el Gobierno Regional Huánuco y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura –OEI; para el desarrollo del proceso de selección para la ejecución del Proyecto “Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los Servicios de Salud del Hospital Regional Hermilio Valdizán Nivel III-1” Con Código SNIP Nº 133630;
Que, mediante el Informe Nº 1466 -2014 –GRH/ORAJ. De fecha 15 de abril 2014, opinión legal para la suscripción del Convenio por encargo a un Organismo Internacional. Según el artículo 6º de la Ley de contrataciones del estado Decreto Legislativo Nº 1017, aprobado por Decreto Supremo Nº 184 2008 EF. Establece mediante convenio las entidades podrán encargar a otros del Sector Público y/o privado, nacional o internacional, la realización de sus procesos de contratación incluyendo los actos preparatorios que sean necesarios, conforme a los procedimientos y formalidades que se establezcan en el reglamento”;
Que, en relación con lo expuesto en el párrafo precedente, el artículo 86º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, indica que” Por razones económicas o de especialidad en el objeto de la convocatoria una entidad podrá encargar a otra entidad pública o privada nacional o internacional u Organismos Internacionales, mediante convenio interinstitucional la realización del Proceso de Selección que aquella requiera para la contratación de bienes, servicios y obras previo informe técnico legal que sustente la necesidad y viabilidad del encargo;
Que, la Organización de Estados Iberoamericanos es un Organismo Internacional de carácter intergubernamental para la educación la ciencia y la cultura que trabaja para la cooperación entre los países Iberoamericanos en el contexto del desarrollo integral la democracia y la integración regional. La OEI. La OEI nació en 1949 bajo la denominación de oficina de educación Iberoamericana y con el Carácter de Agencia Internacional como consecuencia del Primer Congreso Iberoamericano de Educación, celebrado en Madrid, el Perú participó en el acto de creación en 1949. En 1978 se firmó el acuerdo de sede entre el estado Peruano y la OEI. La OEI tiene como misión promover mejores condiciones de vida mediante el apoyo a proyectos y programas desarrollados por entidades de los países miembros en relación con la educación, la ciencia y la tecnología, cultura e integración regional, ello a través de su programación y de los convenios de cooperación y asistencia técnica, asimismo ofrece a los países miembros proyectos de actualización e innovación, transferencia de conocimientos y experiencias y apoyo en la definición de políticas públicas y brinda asistencia técnica y administrativa en la ejecución de proyectos para el desarrollo. La OEI ha trabajado en el Perú en tres líneas fundamentales: a) Cooperación; b) Formación ; y c) Concertación y desarrollo.
En este marco de actuaciones se materializa en proyectos de desarrollo, campañas de sensibilización, concursos y actividades diversos en los ámbitos de la educación, la cultura y la ciencia, orientados a impulsar las políticas públicas en el país. En estrecha coordinación con el Ministerio de Educación y el Ministerio de Cultura;
Que, el Estado Peruano en todos sus niveles de Gobierno tanto Nacional, Regional y Local Regulan de manera Integral y coherente los bienes de su competencia;
Que, revisados los documentos de la materia expuesta, esta comisión Considerando de interés Público Regional y además en su función de velar, fomentar el desarrollo económico y social de la región;
a) Teniendo la Opinión Legal de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica OPINA que a efectos de encargar a un organismo internacional mediante convenio interinstitucional de encargo, resulta PROCEDENTE se apruebe mediante Acuerdo de Consejo Regional el convenio Interinstitucional Específico de Encargo entre el Gobierno Regional Huánuco y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura –OEI para el desarrollo del Proceso de selección para la Ejecución del Proyecto “ MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL HOSPITAL REGIONAL HERMILIO VALDIZAN DE HUANUCO NIVEL III-1”. Asimismo contando con los requisitos Ley de contrataciones del estado y su Reglamento Ley Nº 29873 de acuerdo al informe favorable de la oficina de Planeamiento las consideraciones expuestas.
b) Disponibilidad presupuestal y financiera otorgada por la Sub Gerencia de Presupuesto y Tributación de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.
c) Informe Técnico de la OPI, de la declaratoria de viabilidad del Proyecto y registro en el Banco de Proyectos del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP.
d) Estructura de presupuesto de Obra del Proyecto “Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los Servicios de Salud del Hospital Regional Hermilio Valdizán Nivel III-1” Con Código SNIP Nº 133630.
Que, asimismo de acuerdo al Artículo 89º del mismo cuerpo legal, en caso de los Gobiernos Regionales y Locales, los convenios se aprueban mediante Acuerdo de Consejo Regional o Municipal respectivamente de conformidad con el Articulo 21 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales que establece específicamente en el inciso j) el de Suscribir Convenios o Contratos con la Cooperación Técnica Internacional, con el apoyo del Consejo Nacional de Descentralización y de otras entidades públicas y privadas, en el marco de su competencia;
Que, en la Sesión Extraordinaria de Consejo Regional, realizado en la Provincia de Huánuco el día 21 de abril del 2014, fue debatido el dictamen puesto en agenda presentado por el Presidente de la Comisión de Asuntos Legales relacionado al APROBACION DE CONVENIO INTERINSTITUCIONAL ESPECIFICO DE ENCARGO ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL HUANUCO Y LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS IBEROAMERICANOS PARA LA EDUCACION LA CIENCIA Y LA CULTURA- OEI, PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA EJECUCION DEL PROYECTO “Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los Servicios de Salud del Hospital Regional Hermilio Valdizán de Huánuco Nivel III-1” Con Código SNIP Nº 133630, después de un debate. El Consejero Delegado manifiesta sírvanse levantar la mano señores Consejeros los que están A Favor del Convenio antes descrito, siendo los siguientes Consejeros: 1.- Víctor Omar Debernardi Arimuya, 2.- José Luis Gonzales Chumbe, 3.- Eladío Mautino Acosta 4.- Edgar Céspedes Salas, 5.- Wilder Miguel Cervantes Pimentel, 6.- Celia Gutiérrez Franco, 7.- Wilder Herrera Santisteban, 8.- David Villacorta Octavio siendo ocho (08) votos, A FAVOR. Los Consejeros que están en contra del convenio: 1.- Edgard Alvarez Apac, 2.- Percy Rogelio Zevallos Fretel y 3.- Cesar Wilfredo Soto Alvarado, siendo tres (03) votos, EN CONTRA; por lo tanto se aprobó por MAYORIA. El presente acuerdo con la dispensa de lectura del Acta correspondiente;
Que, de conformidad del artículo 39º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 29053 establece: “Que es atribución del Presidente Regional ejecutar los acuerdos del Consejo Regional”;
Estando a lo expuesto conforme a las atribuciones y de acuerdo a los Considerandos expuestos y estando en cumplimiento de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nos 27902, 28013, 28961, 28968 y 29503, Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional Huánuco, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 001-2003-GRH y su modificatoria con Ordenanza Regional Nº 052-2008-CR-GRH, El Pleno del Consejo Regional con el voto por MAYORIA del pleno, aprobó el siguiente;
ACUERDA:
Artículo Primero.- APROBAR, la suscripción del CONVENIO INTERINSTITUCIONAL ESPECÍFICO DE ENCARGO ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO Y LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS IBEROAMERICANOS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA – OEI, PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL HOSPITAL REGIONAL HERMILIO VALDIZAN DE HUANUCO NIVEL III-1” con Código. SNIP Nº 133630.cuyo Costo a pagar será del 0.8 % del valor total del proyecto a favor de la OEI.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Huánuco, realizar los trámites administrativos y asimismo la publicación del presente acuerdo regional en el diario oficial El Peruano y en el de mayor circulación de la Región Huánuco.
Artículo Tercero.- DISPENSAR, el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta.
Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR, el presente Acuerdo Presidencia Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Infraestructura, Dirección Regional de Administración, Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional Huánuco, Contraloría General de la República, Interesados y demás Órganos Estructurados del Gobierno Regional Huánuco.
Artículo Quinto.- PUBLICAR, el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Huánuco para conocimiento y fines.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JOSÉ LUIS GONZALES CHUMBE
Consejero Delegado
Consejo Regional