RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 513-2014/MINSA
Acreditan al Instituto de Ojos-OFTALMO SALUD, como establecimiento de Salud Donador Trasplantador de Córneas
20140709Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 07/07/2014 |
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Fecha de Publicación : | 09/07/2014 |
Entrada en vigencia : | 10/07/2014 |
Página El Peruano: | 527246 |
Estado : |
Lima, 7 de julio del 2014
Visto el Expediente Nº 13-129593-001, que contiene el Informe Nº 005-2014- ONDT/MINSA, de la Organización Nacional de Donación y Trasplantes;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28189, Ley General de Donación y Trasplante de Órganos y/o Tejidos Humanos regula las actividades y procedimientos relacionados con la obtención y utilización de órganos y/o tejidos humanos, para fines de donación y trasplante, y su seguimiento;
Que, el artículo 40º del Reglamento de la Ley N° 28189, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2005-SA, establece que la extracción y/o trasplante de órganos o tejidos de donantes vivos o cadavéricos, sólo se realizarán en establecimientos de salud que dispongan de una organización y régimen de funcionamiento interior que permita asegurar la ejecución de tales operaciones en forma eficiente y satisfactoria;
Que, la Segunda Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, modifica los artículos 54° y 57° del Reglamento de la Ley 28189, Ley General de Donación y Trasplante de Órganos y/o Tejidos Humanos, citado precedentemente en la que se precisa que la Organización Nacional de Donación y Trasplantes –ONDT, es la responsable de las acciones de rectoría, promoción y coordinación de los aspectos relacionados a la donación y trasplante de órganos y tejidos en el territorio nacional. Asimismo, señala como uno de los objetivos de la ONDT, el estandarizar el proceso de donación y trasplante mediante la acreditación de establecimientos de salud públicos y privados, dedicados a la actividad de donación y trasplante;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 999-2007/ MINSA, de fecha 29 de noviembre de 2007, se aprobó la NTS Nº 061-MINSA/DGSP.V.01 “Norma Técnica de Salud para la Acreditación de Establecimientos de Salud Donadores – Trasplantadores”, modificada por Resolución Ministerial N° 289-2012/MINSA, de fecha 11 de abril de 2012, que tiene como objetivo establecer las normas para la acreditación de los Establecimientos de Salud Donadores – Trasplantadores;
Que, el primer párrafo del numeral 6.5 de la mencionada Norma Técnica de Salud señala que las solicitudes de acreditación de los establecimientos de salud y de los laboratorios de histocompatibilidad se formularán ante la ONDT;
Que, asimismo, el sétimo párrafo del precitado numeral contempla que las acreditaciones se concederán por un período de tres años, renovables por períodos de igual duración, previa solicitud del centro, y caducarán, sin necesidad de previa declaración al efecto, transcurrido dicho período de tres años desde la fecha de su concesión, en ausencia de solicitud de renovación;
Que, mediante Carta s/n de fecha 31 de marzo de 2014, el Gerente General del Instituto de Ojos – OFTALMO SALUD, solicitó a la Organización Nacional de Donación y Trasplante – ONDT, acredite al Instituto de Ojos – OFTALMO SALUD, como Establecimiento de Salud Donador Trasplantador de Córneas, por un periodo de tres (3) años;
Que, a través del Informe de visto, el Director Ejecutivo de la ONDT precisa que la referida solicitud ha sido aprobada por su Consejo Directivo mediante Acta de fecha 22 de mayo de 2014, y en cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 999- 2007/MINSA y su modificatoria, corresponde acreditar a la referida institución como Establecimiento de Salud Donador – Trasplantador de Córneas;
Estando a lo informado por la Organización Nacional de Donación y Trasplantes;
Con las visaciones del Director Ejecutivo de la Organización Nacional de Donación y Trasplantes, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y,
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Acreditar al Instituto de Ojos – OFTALMO SALUD, como Establecimiento de Salud Donador Trasplantador de Salud Donador Trasplantador de Corneas, por un periodo de tres (3) años.
Artículo 2°.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/portal/transparencia/normas.asp.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud