R 27-2014-SMV/10-2R_27_2014_SMV/10-2

RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL DE SUPERVISIÓN DE ENTIDADES Nº 027-2014-SMV/10.2

Disponen inscripción de fondos mutuos de inversión en valores denominados “Scotia Fondos de Fondos Acciones Global FMIV”, “Scotia Fondo Acciones Latam FMIV” y “Scotia Fondo Deuda Latam FMIV”; así como prospectos simplificados en el Registro Público del Mercado de Valores

 

[+] Datos Generales
20140526Legislacion
Fecha de Promulgación :09/05/2014
Fecha de Publicación :26/05/2014
Entrada en vigencia :27/05/2014
Página El Peruano:523915
Estado :

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Lima, 9 de mayo de 2014

EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE ENTIDADES

VISTOS:

El Expediente Nº 2014003912 iniciado por Scotia Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A., así como el Informe Nº 322-2014-SMV/10.2 del 09 de mayo de 2014 de la Intendencia General de Supervisión de Entidades de la Superintendencia del Mercado de Valores;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución CONASEV Nº 159-98-EF/94.10 del 24 de noviembre de 1998, se autorizó el funcionamiento de Sudameris Perú S.A. Sociedad Administradora de Fondos para administrar fondos mutuos de inversión en valores y con fecha 31 de diciembre de 1999 esta sociedad absorbió a Wiese Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inversión en Valores S.A., modificando su denominación a Wiese Sudameris Fondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos, hoy denominada Scotia Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A.;

Que, mediante Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades Nº 191-2012-SMV/10.2, de fecha 20 de diciembre de 2012, se dispuso, entre otros, la aprobación de las modificaciones al reglamento de participación aplicable a los fondos mutuos de inversión en valores mencionados en el párrafo anterior;

Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 37º del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución CONASEV Nº 068-2010-EF/94.01.1 y sus modificatorias, mediante escritos presentados hasta el 08 de mayo de 2014, Scotia Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A., solicitó la inscripción de los fondos mutuos de inversión en valores denominados “Scotia Fondos de Fondos Acciones Global FMIV”, ”Scotia Fondo Acciones Latam FMIV” y “Scotia Fondo Deuda Latam FMIV”, así como sus respectivos prospectos simplificados, en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores;

Que, asimismo, dentro del trámite de inscripción de los fondos mutuos señalados en el párrafo precedente, Scotia Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A. ha solicitado la inscripción de la versión del reglamento de participación aplicable a los fondos mutuos bajo su administración, que incluye modificaciones por adecuación según lo establecido por el artículo 9 de la Resolución SMV Nº 008-2013-SMV/01 y actualizaciones contempladas en el artículo 56 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras;

Que, de la evaluación de la información y documentación presentada se ha verificado que Scotia Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A. ha cumplido con lo dispuesto en los artículos 37º, 38º, 39º y 40 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, así como con lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente Nº 091-2012-SMV/02 y su modificatoria, para la inscripción de los fondos mutuos, así como para la modificación por adecuación del reglamento de participación; tal como se desarrolla en el Informe Nº 322-2014-SMV/10.2; y,

Estando a lo dispuesto por el artículo 1º, inciso b) del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Ley Nº 26126 y sus normas modificatorias; así como el artículo 38º, numerales 6) y 7) del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF y su modificatoria.

RESUELVE:

Artículo 1º.- Disponer la inscripción de los fondos mutuos de inversión en valores denominados “Scotia Fondos de Fondos Acciones Global FMIV”, ”Scotia Fondo Acciones Latam FMIV” y “Scotia Fondo Deuda Latam FMIV”, así como los prospectos simplificados correspondientes, en el Registro Público del Mercado de Valores.

KEYWORDS:

Artículo 2º.- Inscribir las modificaciones al reglamento participación a ser utilizado en la gestión de los fondos mutuos de inversión en valores al que se refiere el artículo precedente y los fondos mutuos gestionados por Scotia Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A., en el Registro Público de Mercado de Valores.

KEYWORDS:

Artículo 3º.- La publicidad que realice Scotia Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A. para promocionar a los fondos mutuos a que se refiere el artículo 1º de la presente resolución no debe inducir a error o confusión y se debe realizar conforme a las normas correspondientes del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, y demás normas que le resulten aplicables.

KEYWORDS:

Artículo 4º.- La inscripción a la que se refiere el artículo 1º de la presente resolución no implica que la Superintendencia del Mercado de Valores recomiende la suscripción de cuotas de los citados fondos mutuos de inversión en valores u opine favorablemente sobre su rentabilidad o calidad.

KEYWORDS:

Artículo 5º.- Scotia Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A. deberá remitir a la SMV la versión actualizada de los prospectos simplificados, incluyendo la fecha de entrada en vigencia de los prospectos aprobados, así como la actualización de la referencia a la resolución que aprueba los fondos, en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles de la notificación de la presente resolución.

KEYWORDS:

Artículo 6º.- La presente resolución deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano de forma previa a la colocación de los valores.

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Artículo 7º.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe).

KEYWORDS:

Artículo 8º.- Transcribir la presente resolución a Scotia Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A. y al Banco Scotiabank S.A.A., en su condición de custodio.

KEYWORDS:
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Regístrese, comuníquese y publíquese.

ARMANDO MANCO MANCO

Intendente General

Intendencia General de Supervisión de Entidades


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