RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 137-2014-MTC/02
Declaran tácitamente derogada la R.M. N° 240-2008-MTC/02 que aprobó el Manual para la Conservación de Caminos de Bajo Volumen de Tránsito, la R.M. N° 303-2008-MTC/02queaprobó el Manual para el Diseño de Carreteras No Pavimentadas de Bajo Volumen de Tránsito y la R.M. N° 305-2008-MTC/02 que aprobó el Manual para el Diseño de Carreteras Pavimentadas de Bajo Volumen de Tránsito
20140327Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 21/03/2014 |
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Fecha de Publicación : | 27/03/2014 |
Entrada en vigencia : | 28/03/2014 |
Página El Peruano: | 519648 |
Estado : |
Lima, 21 de marzo de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 034-2008-MTC, ha señalado en el Numeral 4.1 de su artículo 4°, que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, es la autoridad competente para dictar las normas correspondientes a la gestión de la infraestructura vial, fiscalizar su cumplimiento e interpretar las normas técnicas contenidas en dicho reglamento. Asimismo; el artículo 19°, en concordancia con la Primera Disposición Complementaria Final de la misma norma, señala que este Ministerio, a través de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, elabora, actualiza y aprueba los manuales para la gestión de la infraestructura vial;
Que, en la relación de manuales previstos en el artículo 20º del mencionado reglamento, se encuentran, entre otros, el: i) Manual de Mantenimiento o Conservación Vial, y ii) Manual de Diseño Geométrico;
Que, en cumplimiento de tales disposiciones, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles ha aprobado, mediante la Resolución Directoral N° 30-2013-MTC/14 de fecha 18 de Diciembre del 2013, el Manual de Carreteras-Mantenimiento o Conservación Vial. Dicha resolución fue publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el día 08 de Enero del 2014, y entró en vigencia el día siguiente (09 de enero de 2014);
Que, la citada resolución ha señalado en su parte considerativa, que antes de la emisión del Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones había aprobado, respecto de la actividad de mantenimiento o conservación vial, las siguientes normas: i) el Manual Técnico de Mantenimiento Periódico para la Red Vial Departamental No Pavimentada y el Manual Técnico de Mantenimiento Rutinario para la Red Departamental No Pavimentada, mediante Resolución Directoral N° 015-2006-MTC/14 de fecha 22 de Marzo del 2006, ii) las Especificaciones Técnicas Generales para la Conservación de Carreteras, por Resolución Directoral N° 051-2007-MTC/14 de fecha 27 de Agosto del 2007, y iii) el Manual para la Conservación de Caminos de Bajo Volumen de Tránsito, el cual fue inicialmente aprobado por Resolución Directoral N° 003-2007-MTC/14 y, posteriormente, modificado y aprobado, nuevamente, por Resolución Ministerial N° 240-2008-MTC/02 de fecha 12 de Marzo del 2008;
Que, el Manual de Carreteras-Mantenimiento o Conservación Vial, aprobado por la Resolución Directoral N° 30-2013-MTC/14, comprende todos los conceptos, procedimientos y documentos técnicos de las normas citadas en el considerando anterior; razón por la cual, una vez aprobado dicho manual, las mismas pierden vigencia;
Que, por otro lado, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles aprobó, mediante por Resolución Directoral N° 31-2013-MTC/14 de fecha 18 de Diciembre del 2013, el Manual de Carreteras-Diseño Geométrico DG-2013. Dicha resolución fue publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el día 16 de Enero del 2014;
Que la citada resolución ha señalado, en su parte considerativa, que antes de la emisión del Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones había aprobado, respecto de las características de las carreteras, las siguientes normas: i) el Manual de Diseño Geométrico de Carreteras-DG-2001, mediante la Resolución Directoral N° 143-2001- MTC/15.17 de fecha 12 de Marzo del 2001 y su modificatoria, la Resolución Directoral N° 037-2008-MTC/14 de fecha 22 de Septiembre del 2008, ii) el Manual para el Diseño de Carreteras No Pavimentadas de Bajo Volumen de Tránsito, mediante Resolución Ministerial N° 303-2008-MTC/02 de fecha 04 de Abril del 2008, y iii) el Manual para el Diseño de Carreteras Pavimentadas de Bajo Volumen de Tránsito, por Resolución Ministerial N° 305-2008-MTC/02 de fecha 04 de Abril del 2008;
Que, el Manual de Carreteras-Diseño Geométrico de Carreteras DG 2013, aprobado por la Resolución Directoral N° 31-2013-MTC/14, comprende todos los conceptos, procedimientos y documentos técnicos de las normas citadas en el considerando anterior; razón por la cual, una vez aprobado dicho manual, las mismas pierden vigencia;
Que, estando a lo expuesto, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, mediante Informe N° 001-2014-MTC/14.04 de fecha 17 de Enero del 2014 y el Memorándum N° 139-2014-MTC/14 de fecha 17 de Enero del 2014, ha solicitado a la Alta Dirección del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dictar el acto administrativo correspondiente;
Que, el artículo I del Título Preliminar del Código Civil, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 295, prescribe que “la derogación se produce por declaración expresa, por incompatibilidad entre la nueva ley y la anterior o cuando la materia de ésta es íntegramente regulada por aquella”;
Que, por necesidad de generar certeza y seguridad jurídica en los operadores de la gestión de infraestructura vial, es recomendable declarar que (i) la Resolución Ministerial Nº 240-2008-MTC/02, (ii) la Resolución Ministerial Nº 303-2008-MTC/02 y (iii) la Resolución Ministerial Nº 305-2008-MTC/02 han quedado tácitamente derogadas;
De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, y la Ley N° 29370;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar que ha quedado tácitamente derogada, la Resolución Ministerial N° 240-2008-MTC/02 que aprobó el Manual para la Conservación de Caminos de Bajo Volumen de Tránsito; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2º.- Declarar que han quedado tácitamente derogadas, i) la Resolución Ministerial N° 303-2008-MTC/02 que aprobó el Manual para el Diseño de Carreteras No Pavimentadas de Bajo Volumen de Tránsito, y ii) la Resolución Ministerial N° 305-2008-MTC/02, que aprobó el Manual para el Diseño de Carreteras Pavimentadas de Bajo Volumen de Tránsito; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones