RESOLUCIÓN Nº CU-259-2013-UNSAAC
Autorizan la emisión de duplicado de diploma de título profesional de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco
20131030Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 05/09/2013 |
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Fecha de Publicación : | 30/10/2013 |
Entrada en vigencia : | 31/10/2013 |
Página El Peruano: | 506068 |
Estado : |
UNIVERSIDAD NACIONAL DE
SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO
Cusco, 5 de setiembre de 2013
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO
VISTO, el Expediente signado con Nº 326678, presentado por el señor Tomas Lenin Alvarez Sarmiento, solicitando duplicado de Diploma que le confirió el Título Profesional de Contador Público, por motivo de pérdida; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28626, faculta a las Universidades Públicas y Privadas del País, expedir duplicado de diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, por motivo de pérdida, deterioro y mutilación;
Que, en este sentido la Institución regula el otorgamiento de duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales mediante Directiva, aprobada por Resolución Nº CU-224-2006-UNSAAC de 09 de noviembre de 2006;
Que, mediante el expediente del Visto, el administrado solicita la emisión de duplicado de Diploma que le confirió el Título Profesional de Contador Público, por motivo de pérdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos establecidos en el Art. 4º de la Directiva para el otorgamiento de Duplicado de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC, esto es: 1) Recibo de Caja por Derechos de Duplicado de Diploma; 2) Constancia de denuncia policial; 3) Constancia expedida por el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; 4) Copia Certificada por el Secretario General de la UNSAAC de la Resolución del Consejo Universitario que confiere el Título Profesional de Contador Público; 5) Publicación en un diario de mayor circulación de la ciudad, del aviso de la pérdida del diploma; 6) Dos Fotografías tamaño pasaporte; 7) Recibo de Caja por Derechos de Rotulado de Diploma y; 8) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad;
Que, conforme a dicha petición, a través del Informe Nº 031-2013-GT la responsable de Rotulado de Diplomas de Grados y Títulos de la Oficina de Secretaria General de la UNSAAC, informa que revisando la Base de Datos de Grados y Títulos de la Institución, Don: Tomas Lenin Alvarez Sarmiento, ha optado el Título Profesional de Contador Público, conforme obra en el Libro de Registro de Grados y Títulos Nº 11-B, inscrito en el folio Nº 963 y con Resolución Nº CU-0887-2009-GT, de fecha 06 de marzo de 2009;
Que, obra en el expediente la conformidad otorgada por la Comisión de Grados y Títulos del Consejo Universitario, de fecha 20 de agosto de 2013;
Que, en Sesión Ordinaria del Consejo Universitario llevada a efecto el día 03 de setiembre de 2013, se puso a consideración del pleno la petición presentada por Don: Tomas Lenin Alvarez Sarmiento, solicitando duplicado de Diploma que le confiere el Título Profesional de Contador Público, de la Facultad de Ciencias Contables y Financieras, siendo aprobado por unanimidad;
Estando a lo solicitado, Ley 29951 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario;
RESUELVE:
Primero.- DECLARAR PROCEDENTE la petición presentada por el señor TOMAS LENIN ALVAREZ SARMIENTO, sobre otorgamiento de duplicado de Diploma que le confirió el Título Profesional de Contador Público, de la Facultad de Ciencias Contables y Financieras.
Segundo.- AUTORIZAR a la Oficina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA, POR MOTIVO DE PÉRDIDA a favor de Don: TOMAS LENIN ALVAREZ SARMIENTO, confiriéndole el Título Profesional de Contador Público, de la Facultad de Ciencias Contables y Financieras, en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Tercero.- DEJAR ESTABLECIDO que en el diploma a que se refiere el numeral segundo de la presente resolución, se deberá consignar en el margen izquierdo el sello de DUPLICADO.
Cuarto.- DISPONER que la Oficina de Secretaría General a través del Equipo de Grados y Títulos, remita a la Asamblea Nacional de Rectores un ejemplar de la presente resolución para el registro respectivo.
Quinto.-DISPONER que el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda con la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad.
La Oficina de Secretaría General y el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y archívese.
GERMÁN ZECENARRO MADUEÑO
Rector