RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 233-2013-MINAM
Disponen la publicación para fines de Consulta Pública de Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el nuevo Reglamento de Acceso a Recursos Genéticos
20130814Legislacion |
Fecha de Promulgación : | 12/08/2013 |
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Fecha de Publicación : | 14/08/2013 |
Entrada en vigencia : | 15/08/2013 |
Página El Peruano: | 501090 |
Estado : |
Lima, 12 de agosto de 2013
Visto, el Memorando N° 377-2013-DVMDERN/MINAM del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; así como el Informe N° 158-2013- MINAM-DGDB de la Dirección General de Diversidad Biológica, y demás antecedentes; y,
CONSIDERANDO:
Que, con Resolución Legislativa N° 26181, de fecha 30 de abril de 1993, se aprobó el Convenio sobre Diversidad Biológica, adoptado en Río de Janeiro el 5 de junio de 1992 y suscrito el 12 de junio de 1992, el cual tiene como objetivos la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos, mediante, entre otras cosas, un acceso adecuado a esos recursos y una transferencia apropiada de las tecnologías pertinentes, teniendo en cuenta todos los derechos sobre esos recursos y a esas tecnologías, así como mediante una financiación apropiada;
Que, la Comisión del Acuerdo de Cartagena, el 2 de julio de 1996, adoptó la Decisión N° 391 de la Comunidad Andina de Naciones, referida al Régimen Común sobre Acceso a los Recursos Genéticos, que tiene como objeto regular el acceso a los recursos genéticos de los Países Miembros y sus productos derivados;
Que, el artículo 29° de la Ley N° 26839, Ley sobre la Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica, dispone que mediante norma legal expresa, se establece el procedimiento de acceso a los recursos genéticos o sus productos derivados;
Que, de conformidad con el literal a) del numeral 3.2 del artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, la citada entidad tiene como objetivo específico asegurar el cumplimiento del mandato constitucional sobre la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales, la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas y el desarrollo sostenible de la Amazonía, para lo cual puede aprobar las disposiciones normativas de su competencia;
Que, siendo el Ministerio del Ambiente el ente rector en materia de Recursos Genéticos, mediante Decreto Supremo N° 003-2009-MINAM, se elevó a rango de decreto supremo la Resolución Ministerial N° 087-2008-MINAM, ratificándose la aprobación del Reglamento de Acceso a Recursos Genéticos a que se refiere la citada Resolución Ministerial;
Que, para la efectiva implementación del Reglamento de Acceso a Recursos Genéticos por parte de las autoridades competentes, así como por los interesados en acceder a los recursos genéticos y sus productos derivados, se ha evaluado y analizado la necesidad de aprobar un nuevo reglamento, el cual previo a su formal aprobación, debe ser sometido a consulta pública, con la finalidad de contar con las sugerencias y/o comentarios de los interesados, conforme lo establece el artículo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; por lo que, corresponde emitir la presente resolución;
Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Secretaría General, de la Dirección General de Diversidad Biológica y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente; y, del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la publicación, para fines de Consulta Pública, del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el nuevo Reglamento de Acceso a Recursos Genéticos, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Dicha publicación se realizará en el Portal Web institucional del Ministerio del Ambiente (http://www.minam.gob.pe/consultas-publicas), a fin de conocer las sugerencias y/o comentarios de los interesados, por un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2º.- Las sugerencias y/o comentarios sobre el proyecto normativo señalado en el artículo 1° de la presente resolución, deberán ser remitidas, por escrito, al Ministerio del Ambiente, cuya Sede Central se encuentra ubicada en la Avenida Javier Prado Oeste N° 1440, distrito de San Isidro - departamento de Lima, y/o a la dirección electrónica rrgg@minam.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA
Ministro del Ambiente