RES 662-0000-UNICA-2003
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Universidades: Incumplimiento de deberes de función
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RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 662-R-UNICA-2003

UNIVERSIDAD NACIONAL
"SAN LUIS GONZAGA" DE ICA


     Ica, 30 de junio del 2003

     EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL "SAN LUIS GONZAGA" DE ICA

     VISTA:

     La solicitud presentada por don FORTUNATO SÁNCHEZ RAMÍREZ interponiendo Recurso de Apelación contra la Resolución Nº 01-CASPD-UNICA-2002

     CONSIDERANDO:

     Que, la Comisión Académica Superior de Procesos Disciplinarios se instauró por R.R. Nº 037-R-UNICA-2002 del 22 de enero del 2002;

     Que, mediante Resolución Rectoral Nº 735-R-UNICA-2002 del 19 de agosto del 2002 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 6 de setiembre del 2002, se aperturó Proceso Administrativo Disciplinario a las ex Autoridades de la Comisión Reorganizadora de la U.N.ICA período FEB.99-NOV.00: LUIS LEGUA AGUIRRE, FORTUNATO SÁNCHEZ RAMÍREZ, CARLOS HURTADO SANZ, CARMEN LAOS PRADA, VIRGILIO SÁNCHEZ GONZALES, PEDRO MARCELINO VELÁSQUEZ RUBIO, PEDRO ZELADA TASAYCO, RICARDO ESPINO CABALLERO, ROBERTO SEMINARIO RAYGADA, PEDRO CHACALTANA CARLOS, HUGO VÁSQUEZ ESCATE, JUAN NIMIO ANTEZANA GALLEGOS, JORGE ORDÓÑEZ ÁLVAREZ, ARTEMIO CHANG CANALES, DANIEL NORIEGA FALCÓN, SERVIO TULIO ESPINOZA ESPINOZA y JUSTO OCHOA BENAVENTE;

     Que, la Comisión Académica Superior de Procesos Disciplinarios emitió la Resolución Nº 01-CASPD-UNICA-2002 de fecha 21 de octubre del 2002, en su Art. 1º establece imponer a las ex Autoridades de la Comisión Reorganizadora de la Universidad Nacional "San Luis Gonzaga" de Ica: LUIS LEGUA AGUIRRE, FORTUNATO SÁNCHEZ RAMÍREZ, ROBERTO SEMINARIO RAYGADA, ARTEMIO CHANG CANALES, RICARDO ESPINO CABALLERO, HUGO VÁSQUEZ ESCATE, JUAN NIMIO ANTEZANA GALLEGOS, JORGE ORDÓÑEZ ÁLVAREZ, DANIEL NORIEGA FALCÓN, SERVIO TULIO ESPINOZA ESPINOZA, JUSTO OCHOA BENAVENTE y CARMEN LAOS PRADA, la sanción de una AMONESTACIÓN ESCRITA para cada uno de ellos por haber incumplido en su caso, con sus deberes de función, previsto en el Art. 51º Inc. b) de la Ley Universitaria Nº 23733 y el Art. 177º Inc. b) del Estatuto Universitario, al infringir el Art. 199º, 28º y 33º del Estatuto Universitario y el literal h) del Art. 206º del R.O.F. aprobado por Resolución Nº 26295 y el literal h) del Art. 196º del R.O.F. aprobado por R.R. Nº 724-PCR-UNICA, y de conformidad con la parte considerativa de la presente Resolución;

     Que, en Sesión de Consejo Universitario de fecha 25 de junio del 2003 se acordó confirmar la Resolución Nº 01-CASPD-UNICA-2002;

     Estando a lo acordado en la Sesión del Consejo Universitario y en uso de las atribuciones conferidas al señor Rector por Ley Nº 23733, y el Estatuto Universitario;

     SE RESUELVE:

     Artículo 1º.- Confirmar la Resolución Nº 01-CASPDUNICA-2002 que le impone a don FORTUNATO SÁNCHEZ RAMÍREZ la sanción disciplinaria de AMONESTACIÓN ESCRITA por haber incumplido en su caso, con sus deberes de función, previsto en el Art. 51º Inc. b) de la Ley Universitaria Nº 23733 y el Art. 177º Inc. b) del Estatuto Universitario, al infringir el Art. 199º, 28º y 33º del Estatuto Universitario y el literal h) del Art. 206º del R.O.F. aprobado por Resolución Nº 26295 y el literal h) del Art. 196º del R.O.F. aprobado por R.R. Nº 724-PCRUNICA, y de conformidad con la parte considerativa de la presente Resolución;

     Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución a la Comisión Académica Superior de Procesos Disciplinarios y a las demás dependencias competentes.

     Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese.

     RAFAEL CAPARÓ HIDALGO
     Rector



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