RES 589-2002-JNE
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Candidatura a cargo de autoridad regional: Período mínimo de residencia en la región como requisito
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RESOLUCION Nº 589-2002-JNE

     Expediente Nº 1111-2002-JNE

     Lima, 20 de setiembre de 2002

     VISTA:

     En audiencia pública de fecha 16 de setiembre de 2002, la apelación interpuesta por el personero legal titular de la organización política regional Movimiento Independiente la Voz de la Frontera, señor Manuel Quintana Infantes, contra la Resolución Nº 237-2002-JEE-TUMBES de fecha 07 de setiembre de 2002 expedida por el Jurado Electoral Especial de Tumbes que declara fundada la tacha interpuesta contra la candidatura del señor Miguel Segundo Ciccia Vásquez a la Presidencia del Gobierno Regional de Tumbes por la organización nombrada;

     CONSIDERANDO:

     Que mediante Resolución Nº 237-2002-JEE-TUMBES de fecha 07 de setiembre de 2002 el Jurado Electoral Especial de Tumbes declaró fundada la tacha interpuesta por el ciudadano Crispín Rodríguez Oyola al haberse acreditado con los documentos presentados que el candidato tachado no cumple con el requisito establecido en el numeral 1) del artículo 13º de la Ley de Elecciones Regionales Nº 27683, ya que para ser candidato a los cargos de autoridad regional se requiere tener residencia efectiva en la región en la que postula con un mínimo de tres años;

     Que producida la tacha con los medios probatorios que la sustentan, corresponde al candidato tachado acreditar su condición de residente en la región a la que postula; sin embargo, los documentos ofrecidos por el candidato recurrente no son suficientes para acreditar su residencia efectiva por un mínimo de tres años en el departamento de Tumbes, no desvirtuando las pruebas ofrecidas en su contra;

     Por estas consideraciones, y por los propios fundamentos de la apelada, el Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones;

     RESUELVE:

     Artículo Primero.- Declarar infundada la apelación interpuesta por el señor Manuel Quintana Infantes; en consecuencia, CONFIRMAR en todos sus extremos la Resolución Nº 237-2002-JEE-TUMBES de fecha 07 de setiembre de 2002 que declara fundada la tacha interpuesta contra la candidatura del señor Miguel Segundo Ciccia Vásquez a la Presidencia del Gobierno Regional de Tumbes por el Movimiento Independiente la Voz de la Frontera.

     Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Jurado Electoral Especial de Tumbes y de las partes el contenido de la presente Resolución, devolviéndose los autos al Jurado de origen para el trámite correspondiente.

     Regístrese, comuníquese y publíquese.

     SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA

     BOLÍVAR ARTEAGA

     SOTO VALLENAS

     VELA MARQUILLÓ

     ROMERO ZAVALA

     BALLÓN-LANDA CÓRDOVA,

     Secretario General.


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